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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G34/G31/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 26 de julio de 2004 cances del Art. 17º, encargándose a la Gerencia Municipal la ejecución de dichos acuerdos, el acuerdo de concejoserá publicado en los medios de comunicación. Artículo 19º.- Concluido el taller distrital, las mesas de trabajo se constituirán automáticamente en los comités deevaluación de presupuestos zonales, que ejercerá accio- nes de vigilancia en el cumplimiento de los acuerdos y la evaluación periódica de los avances en la ejecución de losproyectos del Presupuesto Participativo. Estos comitésestarán conformados por 3 delegados titulares (2 territo-riales y 2 sectorial) y 2 suplentes para cada zona, asisten-tes al taller deliberativo distrital y sus atribuciones finaliza- rán al concluir la ejecución de los Proyectos correspon- dientes en cada zona. TÍTULO IV DE LAS INSCRIPCIONES Artículo 20º.- Pueden inscribirse en el libro de registro de participantes para el Presupuesto Participativo Distrital- RPPPD- las organizaciones de la sociedad civil distritalpresentando los siguientes requisitos; - Solicitud dirigida al Alcalde. - Copia simple de Resolución de Alcaldía de Registro de Reconocimiento en el RUOS y ficha de inscripción enlos Registros Públicos de Piura (si lo tuviera). - Copia del Acta de designación y/o elección del repre- sentante de la Organización Social. - Fotocopia simple del documento de identidad del re- presentante legal. - Declaración jurada de veracidad de los documentos presentados. Artículo 21º.- Los agentes participantes no organiza- dos a la fecha de la publicación de la presente ordenanza podrán participar en el proceso participativo de la siguien- te manera: - Adhiriéndose a una organización civil ya constituida. - Conformar una organización civil demostrando unarepresentatividad del 30% del sector o jurisdicción al cual representa. Artículo 22º.- La convocatoria del presente Proceso de Presupuesto Participativo se realizará el día 19 de julio al 24de julio para lo cual se realizará el Taller Distrital denominado: ”VALIDACIÓN DE LA MISIÓN DEL PLAN DE DESARRO- LLO ONCRETADO Y PRESUPUESTO PARTICIPATIVO”. Artículo 23º.- En los talleres del Proceso de Presu- puesto Participativo se observarán las siguientes etapas: a.- Capacitación de los agentes participantes respecto de las herramientas de participación ciudadana, Ética, ges- tión presupuestal y gestión pública. b.- Información a la población de las fases del proceso participativo, cronograma de trabajo de los talleres distrita-les y zonales, información de los criterios de asignación derecursos. Artículo 24º.- En el marco del presente proceso parti- cipativo, se realizarán las siguientes acciones: - Taller de capacitación a los agentes participantes. - Taller de identificación de proyectos y criterios de prio- rización. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- El procedimiento para la inscripción a parti- cipar en este proceso el presupuesto participativo es com- pletamente gratuito. Segunda .- El Alcalde mediante Decreto de Alcaldía dic- tará las normas complementarias necesarias para el me-jor cumplimiento de la presente ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. PEDRO ALEJANDRO HOYOS LEÓN Alcalde 13921 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE RESOLUCIONES EN LA SEPARATA DE JURISPRUDENCIA Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Minería y otros organismos públicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. Las resoluciones a publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2. Las resoluciones deberán presentarse debidamente refrendadas en original y acompañadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicación de éstas y se autorice el cobro de la tarifa correspondiente según sea el caso. 3. Las resoluciones de jurisprudencia se remitirán además en disquete o al siguiente correo electrónico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. 4. No se aceptarán oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompañados por la versión electrónica. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU