Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2004 (13/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 13 de junio de 2004

Articulo 4º.- Los funcionarios cuyo viaje se autoriza por el presente dispositivo, dentro de los quince (15) dias posteriores a su retorno al MORDAZA, deberan presentar un informe sobre los resultados de su participacion al Ministro de Agricultura. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 11235

Lista de Productos Farmaceuticos y Biologicos de Uso Veterinario registrados en el mes de MORDAZA de 2004
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 018-2004-AG-SENASA-DGSA MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Decretos Supremos Nº 016-2002-AG y Nº 015-98-AG, se oficializa la inscripcion y comercializa-

cion de productos de uso veterinario, los cuales estaran sujetos unicamente a lo dispuesto por las citadas disposiciones, disponiendose la publicacion periodica de los productos registrados; Que, conforme a lo senalado por el Articulo 18º del Decreto Supremo Nº 24-95-AG, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, la Direccion General de Sanidad Animal tiene, entre otras funciones, la de establecer mecanismos de control, registro y fiscalizacion respecto de insumos de uso animal, asi como biologicos y farmacos, igualmente conducir el registro de las empresas productoras y/o comercializadoras de estos insumos; Que, con Memorandum Nº 500-2004-AG-SENASADGSA-DIP, de fecha 19 de marzo de 2004, la Direccion de Insumos Pecuarios de la Direccion General de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, ha remitido el listado de Productos Veterinarios registrados durante el mes de MORDAZA de 2004, a efectos de dar cumplimiento a lo que dispone el Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 015-98-AG; Estando a la delegacion de facultades conferidas a la Direccion General de Sanidad Animal, mediante Resolucion Jefatural Nº 167-96-AG-SENASA; de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 015-98-AG, y el Articulo 18º del Decreto Supremo Nº 2495-AG; y con la visacion del Director General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, de la Lista de Productos Farmaceuticos y Biologicos de Uso Veterinario, registrados en el mes de MORDAZA de 2004 en la Direccion de Insumos Pecuarios de la Direccion General de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, que se detalla seguidamente:

R

EP

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LICA DEL P ER

U

DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a dos (2) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias ademas, deben ser remitidas en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 5.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

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