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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (13/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 13

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G30/G33/G39/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 13 de junio de 2004 DEFENSA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G45/G50 /G63/G6F/G6D/G6F/G20/G4F/G62/G73/G65/G72/G76/G61/G64/G6F/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G44/GE9/G63/G69/G6D/G61/G20/G53/G65/G2D /G67/G75/G6E/G64/G61/G20/G43/G6F/G6D/G70/G65/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G54/G72/G6F/G70/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G4D/G6F/G6E/G74/G61/GF1/G61/G2C/G20/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E/G20/G41/G72/G2D/G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 684-2004-DE/EP Lima, 11 de junio de 2004 Visto la Hoja de Recomendación Nº 036 DAI-JEMGE/ 24.06 del 18 de mayo del 2004, de la Jefatura de EstadoMayor General del Ejército; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº DE/EP/CP- JAPE 1-1/, del 15 Nov. 2002, se nombra en Misión Diplo-mática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exterioresal Crl. Art. TAMAYO AMPUERO Sandor, como AgregadoMilitar a la Embajada del Perú en la República Argentina, apartir del 1 de enero 2003; Que, el señor General de Ejército Comandante Gene- ral del Ejército, mediante Hoja de Recomendación Nº 036DAI-JEMGE/24.06 del 18 de mayo 2004, de la Jefatura deEstado Mayor General del Ejército, designa al Crl. Art. TA-MAYO AMPUERO Sandor, Agregado Militar a la Embajadadel Perú en la República Argentina, para que represente alEjército del Perú como Observador en la Décima SegundaCompetencia Internacional de Tropas en Montaña, organi-zada por el Ejército Argentino, a realizarse en Barilochedel 11 al 18 de agosto 2004; Que, la designación del Crl. Art. TAMAYO AMPUERO Sandor, Agregado Militar a la Embajada del Perú en la Re- pública Argentina, como observador en dicho evento, no irrogará gasto alguno al Tesoro Público; Que, el Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM de fecha 5 de junio 2002, establece que los viajes alextranjero que no ocasionen ningún tipo de gastos al Esta-do, serán autorizados mediante Resolución del Titular delSector correspondiente; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la participación del Crl. Art. TA- MAYO AMPUERO Sandor, Agregado Militar a la Embajadadel Perú en la República Argentina, para que represente alEjército del Perú como Observador en la Décima SegundaCompetencia Internacional de Tropas de Montaña, organi-zada por el Ejército Argentino, a realizarse en Bariloche -Argentina del 11 al 18 de agosto 2004. Artículo 2º.- El cumplimiento de la presente resolución no irrogará gastos al Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 11145 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G6F/G72/G69/G65/G6E/G74/G61/G2D /G64/G6F/G73/G20/G61/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G6E/G61/G2D/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G6D/G75/G6C/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G76/G75/G65/G6C/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61 /G4D/G61/G72/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G47/G75/G65/G72/G72/G61/G2C/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G2D /G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 687-2004-DE/MGP Lima, 11 de junio de 2004 Visto el Oficio G.1000-1035 del Comandante General de la Marina, de fecha 29 de abril de 2004, mediante elcual solicita la exoneración del proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva, para la contratación de ser-vicios para desarrollar el Curso de Entrenamiento en Si- muladores de Vuelo de las Aeronaves MI-8T, por la causal Servicios que No Admiten Sustitutos; CONSIDERANDO: Que, del Informe Técnico Nº 01-2004-COMAVINAV de fecha 4 de marzo de 2004 del Comandante del Escuadrón Aeronaval de Transporte, se precisa que es necesaria lacontratación de los servicios especializados para efectuar el Curso de Entrenamiento Inicial para Pilotos e Ingenieros de Vuelo (mecánicos) en los Simuladores de Vuelo de lasAeronaves MI-8T en el Centro de Entrenamiento de la Com- pañía SPARC de San Petersburgo - Rusia; Que, del citado Informe Técnico se desprende que el Centro de Entrenamiento de la Compañía SPARC es el único disponible en el mercado, siendo éste además un centro de entrenamiento especializado para tripulantes deHelicópteros MI-8T que opera desde 1931 con el objetivo de proporcionar servicios de entrenamiento de simulación de aeronaves tanto para el campo civil como militar, reco-nocido por el fabricante, cuenta con los simuladores más modernos en su tipo que permite a las tripulaciones lo- grar el estándar de entrenamiento deseado y la eficienciaen la solución de las emergencias tanto en tierra como en vuelo; Que, el Curso de Entrenamiento Inicial del MI-8T tiene una duración de ONCE (11) días, para CUATRO (4) Oficia- les Pilotos y UN (1) Técnico Ingeniero de Vuelo por el im- porte total de VEINTE MIL DOSCIENTOS OCHENTA YSEIS CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 20,286.00); Que, del Informe Legal Nº 01-2004 de fecha 4 de marzo de 2004 efectuado por el Asesor Jurídico de la Comandan-cia General de Operaciones del Pacífico que forma parte de la presente Resolución, entre otros aspectos se com- prueba que la solicitud de exoneración del proceso de se-lección de Adjudicación Directa Selectiva por la causal "Servicios que No admiten Sustitutos" se encuentra en- marcada dentro de los alcances de inciso (f), artículo 19ºdel Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con el Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PCM de fecha 12 de febrero de 2001, con-cordante con el artículo 116º del Reglamento de la precita- da norma aprobada con el Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM de fecha 12 de febrero de 2001; Que, el inciso (f) del artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,dispone que están exoneradas del Proceso de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones cuyos Bie-nes o Servicios No Admiten Sustitutos; Que, para tal efecto el artículo 20º del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, dispone que las contrataciones a que se refiere el artículo 19º, se realizarán mediante el proceso de Adjudi- cación de Menor Cuantía, y se aprobarán mediante Reso-lución del Titular del Pliego de la Entidad; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 105º y 106º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, los cuales establecen que de producirse los supuestos señalados en el artículo 19º de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, las contrata- ciones y adquisiciones se efectuarán mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, para tal efecto la auto-ridad competente para aprobar la exoneración designará a la dependencia u órgano encargado de llevar a cabo el mencionado proceso, de acuerdo al monto involucrado, sucomplejidad, envergadura o sofisticación; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar a la Marina de Guerra del Perú del proceso de selección de Adjudicación Directa Selecti-va para la contratación de servicios orientados a desarro- llar el Curso de Entrenamiento en Simuladores de Vuelo de