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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (14/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 14

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G30/G35/G32/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 14 de junio de 2004 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Ing. César Polo Robi- lliard, Viceministro de Minas, a la ciudad de Santiago, Re-pública de Chile, del 15 al 17 de junio de 2004, para losfines a que se refiere la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el PliegoPresupuestal del Ministerio de Energía y Minas, de acuer-do al siguiente detalle: Pasaje US$ 558,65 Viáticos US$ 800,00 Tarifa Corpac US$ 28,24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario autorizadosegún el artículo 1º de la presente Resolución, deberá pre-sentar un informe detallado a su institución describiendolas acciones realizadas durante el viaje. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduane- ros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 11243 JUSTICIA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G66/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G2C/G65/G6C/G20/G70/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 268-2004-JUS Lima, 11 de junio de 2004Visto el Oficio Nº 442-2004-JUS/PPMJ, de fecha 19 de febrero del 2004, de la Procuraduría Pública a cargo de losAsuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, RegistroNº 0251 y demás actuados; CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio Nº 108-2004-SUNARP-Z.R.NºIX/ OL, de fecha 17 de febrero del 2004, la Jefatura de la Oficina Legal de la Zona Registral Nº IX- Sede Lima, remite a la Procuraduría Pública encargada de los Asuntos Judicialesdel Ministerio de Justicia, la documentación sobre indiciosde comisión de delito, a efecto que se expida la ResoluciónMinisterial que autorice iniciar las acciones penales contralas personas que resulten responsables por la supuesta comisión del delito contra la Fe Pública en la modalidad de falsificación de documentos, previsto y penado en los artí-culos 427º de nuestro ordenamiento penal sustantivo; Que, mediante los memorandos Nºs. 024, 015, 014, 013, 012, 011 y 010-2004-SUNARP-Z.R.NºIX-GBM, de fechas7 y 5 de enero del 2004, respectivamente, y memorandos Nºs. 1175, 1173 y 1172-2003-SUNARP-Z.R.NºIX-GBM, de fechas 19 y 17 de diciembre del 2003, respectivamente, laGerencia de Bienes Muebles de la Zona Registral IX- SedeLima, da cuenta sobre la solicitud de inscripción de los Tí-tulos Nºs. 196575, 160850, 225831, 202558, 150415,150411, 208004, 221998, 221999 y expediente Nº122844,presentados ante el Registro de Propiedad Vehicular, en los que conforme se aprecia de los antecedentes, se ad-junta documentación supuestamente falsificada; Que, siguiendo el principio de celeridad y de confor- midad con el artículo 149º de la Ley Nº 27444, Ley del Pro-cedimiento Administrativo General, procede acumular di- chos expedientes, en tanto guardan conexión entre sí; Que, en ese sentido, y en estricta atención a lo solicitado por la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia, en suOficio Nº 442-2004-JUS/PPMJ, de fechas 19 de febrero del2004, y en virtud a los hechos que se desprenden de los me-morandos precedentes, y con el objeto de reunir las pruebas de la presunta comisión del delito contra la Fe Pública y las circunstancias en que se habría realizado, corresponde recu-rrir a la vía judicial para establecer la distinta participación quehayan tenido los autores y otros en la ejecución del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensadel Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que enrepresentación y defensa de los intereses del Estado, inter- ponga las acciones judiciales correspondientes contra los que resulten responsables conforme a los fundamentos expues-tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público mencionado,para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 11187 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 269-2004-JUS Lima, 11 de junio de 2004 Visto el Oficio Nº 448-2004-JUS/PPMJ, de fecha 20 de febrero del 2004, de la Procuraduría Pública a cargo de losAsuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, RegistroNº 0226 y demás actuados; CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio Nº088-2004-COFOPRI GL, de fecha 16 de febrero del 2004, la Gerencia de Asesoría Legalde la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal, remite a la Procuraduría Pública encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, la documentación sobreindicios de comisión de delito y responsabilidad civil, a efectoque se expida la Resolución Ministerial que autorice iniciarlas acciones penales y civiles, contra las personas que resul-ten responsables por la supuesta comisión del delito contra el Patrimonio en la modalidad de Estafa y contra la Administra- ción Pública- por Funcionarios Públicos en la modalidad deColusión, previsto y penado en los artículos 196º y 384º delCódigo Penal; asimismo por Indemnización por Daños y Per-juicios, previsto en el artículo 1321º del Código Civil; Que, mediante el Informe del Consultor Legal, de fecha 16 de febrero del 2004 e Informe Especial Nº 08-2003-02- 4246, de fecha 18 de noviembre del 2003, se da cuenta so-bre la presunta responsabilidad penal y civil, derivada por lano ejecución de servicios de reparación y mantenimiento devehículos por parte de los proveedores, Multiservicios "SanSebastián", "Abastecimientos y Servicios Llanos E.I.R.L." y "E & D Representaciones y Servicios SAC", hasta por S/ .6,930.73 (SEIS MIL NO VECIENTOS TREINTA y 73/100 Nuevos Soles), pagados por la COFOPRI; Que, en ese sentido, y en estricta atención a lo solicita- do por la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia,en su Oficio Nº 448-2004-JUS-PPMJ, de fecha 20 de fe- brero del 2004, y en virtud a los hechos que se despren- den del Informe Especial Nº08-2003-02-4246; y,