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Pág. 264867 NORMAS LEGALES Lima, viernes 19 de marzo de 2004 otorgue al señor Congresista Ronnie Jurado Adriazola, la suma de US$ 660,00 (Seiscientos sesenta y 00/100 Dóla- res Americanos) por viáticos, un pasaje aéreo por el mon- to de US$ 684,83 (Seiscientos ochenta y cuatro y 83/100 Dólares Americanos) y la cantidad de US$ 28,00 (Veinte y ocho y 00/100 Dólares Americanos), por Impuesto de Sa- lida al Exterior. Tercero.- Otorgar la licencia respectiva al señor Con- gresista Ronnie Jurado Adriazola, según lo acordado por el Consejo Directivo del Congreso de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. HENRY PEASE GARCÍA Presidente 05640 PODER EJECUTIVO P C M Refrendan el "Plan Nacional de Capaci- tación y Asistencia Técnica en Gestión Pública para el Fortalecimiento de los Gobiernos Regionales y Locales" DECRETO SUPREMO Nº 021-2004-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 188º de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una política permanente del Estado de carácter obligatorio, a cuyo efecto el proceso de la descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencias de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, tanto la etapa preparatoria como la primera etapa del proceso de la descentralización definidas por la Segunda Dis- posición Transitoria de la Ley de Bases de la Descentraliza- ción, Ley Nº 27783 y su norma modificatoria Ley Nº 27950, refieren la permanente y continua capacitación y asistencia técnica dirigida a los Gobiernos Regionales y Locales; Que, el Consejo Nacional de Descentralización, de con- formidad con los artículos 22º y 23º de la acotada Ley de Bases, tiene a su cargo la dirección y conducción del pro- ceso de la descentralización en el país, en calidad de or- ganismo independiente y descentralizado, con autonomía técnica, administrativa y económica en el ejercicio de sus funciones, asignándole el inciso b) del artículo 24º la fun- ción de capacitar y preparar en gestión y gerencia pública a los niveles de gobierno regional y local; Que, el artículo 86º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus normas modificatorias, dispone que el Consejo Nacional de Descentralización for- mulará y aprobará un Plan de Capacitación en Gestión Pública que deberá ser refrendado por el Consejo de Mi-nistros mediante Decreto Supremo, con la finalidad de mejorar la capacidad de gestión de los Gobiernos Regio- nales y acelerar el proceso ordenado de transferencias; Que, en el marco enunciado en el considerando anterior, el artículo 88º de la citada Ley Orgánica de Gobiernos Regio- nales dispone que el Consejo Nacional de Descentralización homogenizará los contenidos de los programas de capacita- ción y optimizará la utilización de los recursos actualmente destinados para tal fin, debiendo, entre otras acciones, for- mular un Plan de Asistencia Técnica a los Gobiernos Regio- nales que deberá ser aprobado por Decreto Supremo; Que, con el objeto de continuar dando cumplimiento al mandato de la Segunda Disposición Transitoria de la Ley de Bases de la Descentralización, el Consejo Nacional de Descentralización ha formulado un plan integral de capaci- tación y asistencia técnica que comprende tanto a los Go- biernos Regionales como a los Gobiernos Locales, privile- giando en el caso de estos últimos, los alcances de la Ley Nº 27792, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Consejo Nacional de Descentralización, orga- nismo independiente y descentralizado de carácter inter- gubernamental, en cumplimiento de la ley ha remitido al Consejo de Ministros el "Plan Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica en Gestión Pública para el Fortaleci- miento de los Gobiernos Regionales y Locales" aprobado con el voto unánime de los Miembros de su Consejo Direc- tivo en Sesión Ordinaria de fecha 13 de octubre de 2003; y, En uso de las atribuciones conferidas por los numera- les 1), 3) y 24) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, modificada por la Ley Nº 27950, en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nºs. 27902 y 28013, y en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipa- lidades; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Refrendan el "Plan Nacional de Capa- citación y Asistencia Técnica en Gestión Pública para el Fortalecimiento de los Gobiernos Regionales y Lo- cales" Refréndase el "Plan Nacional de Capacitación y Asis- tencia Técnica en Gestión Pública para el Fortalecimiento de los Gobiernos Regionales y Locales", formulado y apro- bado por el Consejo Nacional de Descentralización, el que rige a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo y cuyo texto en Anexo forma parte integrante del mismo. Artículo 2º.- Finalidad del "Plan Nacional de Capa- citación y Asistencia Técnica en Gestión Pública para el Fortalecimiento de los Gobiernos Regionales y Lo- cales" El "Plan Nacional de Capacitación y Asistencia Técni- ca en Gestión Pública para el Fortalecimiento de los Go- biernos Regionales y Locales" tiene por propósito, en el marco de la homogeneidad de los contenidos de los pro- gramas de capacitación y de la optimización de los recur- sos destinados para tal fin, el mejorar la capacidad de ges- tión de los Gobiernos Regionales y Locales, de manera tal, que el proceso de la descentralización continúe ejecu- tándose en forma progresiva y ordenada, conforme lo dis- pone el artículo 188º de la Constitución Política del Perú. AVISO CONSEJO NACIONAL