TEXTO PAGINA: 9
Pág. 264871 NORMAS LEGALES Lima, viernes 19 de marzo de 2004 mismo que tiene por finalidad coordinar el proceso de aplicación de la política nacional de salud, promovien- do su implementación concertada, descentralizada y coordinando los planes y programas de todas las institu- ciones del sector a efecto de lograr el cuidado integral de la salud de todos los peruanos, y avanzar a la segu- ridad social universal en salud; Que, el Artículo 2º de la citada ley establece que el Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud - SNCDS, está conformado por el Ministerio de Salud como órgano rector del sector salud, el Seguro Social de Salud, los servicios de salud de las munici- palidades, las Sanidades de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, los servicios de salud del sector pri- vado, las universidades y la sociedad civil organizada; Que, el Artículo 4º de la mencionada ley establece que el Consejo Nacional de Salud es el órgano consul- tivo del Ministerio de Salud y tiene además la misión de concertación y coordinación nacional con el Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud - SNDCS. Asimismo, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 5º de la referida norma legal, dicho Consejo se encuentra integrado entre otros, por un representante de las Sanidades de las Fuerzas Armadas; Que, conforme lo dispuesto por el Artículo 6º de la referida ley, el Consejo Nacional de Salud constituye los comités nacionales de servicios de salud; infor- mación y planificación coordinadas; medicamentos; ar- ticulación docencia - atención de salud - investigación, y otros que estime pertinentes de acuerdo a sus fines; Que, a la fecha no se ha designado oficialmente a los representantes de las Sanidades de las Fuerzas Armadas ante los comités nacionales de salud, por lo cual, de con- formidad con la Ley Nº 27813, resulta necesario designar a los representantes titulares y alternos de las Sanidades de las Instituciones Armadas ante dichos comités; Que, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 27594 "Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públi- cos", la designación de los representantes de las Sanidades de las Fuerzas Armadas ante los comités nacionales de salud debe efectuarse mediante Resolu- ción Ministerial del sector; De acuerdo a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a los Representantes Titulares y Alternos de las Sanidades de las Fuerzas Armadas ante los comités nacionales de salud regulados por Ley Nº 27813, al siguiente personal de Oficiales y Empleado Civil según se indica a continuación: Ejército del Perú Comité de Bioética. Tte. Crl. San. Odont. Víctor LEVANO TORRES Titular Tte. Crl. San. Med. Luis ACOSTA SÁNCHEZ Alterno Comité de Emergencias y Desastres. Crl. San. Med. Juan CHUQUICHAYCO ALFARO Titular My. San. Med. Edgar CANO POLO Alterno Comité de Financiamiento. Crl. San. Med. Wilfredo PAREDES TORRES Titular My. Int. Jorge GONZALES HUARANGA Alterno Comité de Normas. Tnt Crl. San. Odont. Larseni MUÑOZ CASTILLO Titular Tnt Crnl. San. Med. Félix CAYCHO URRUTIA Alterno Comité de Salud Mental. Tte. Crl. San. Med. Juan ZAPATA QUINTANA Titular Tte. Crl. San. Med. Alfredo BARNABY RODRIGUEZ Alterno Comité de Universalización de la Seguridad Social en Salud. Tte. Crl. San Med. Edgard LEON ORIHUELA Titular My. San Med. Angel NIÑO DE GUZMAN SALGADO Alterno Marina de Guerra del Perú Comité de Enfermedades No trasmisibles y Trasplantes. C de N SN Renán RAMÍREZ BOJORQUEZ Titular C de F SN Federico OSORES DONAYRE Alterno Comité de Enfermedades Trasmisibles. C de F SN Víctor AVALO CHAVEZ Titular C de F SN Carlos PRADA MEDINA AlternoComité de Promoción de Salud. C de N SN Miguel FERNÁNDEZ FAJRI Titular C de F SN Orlando MARTICORENA FLORES Alterno Comité de Salud Ambiental. C de N SN Luis MUÑOZ GARAY Titular C de F SN Mario ORTIZ MONDRAGÓN Alterno Comité de Salud Ocupacional. C de N SN José SOTO MASIAS Titular C de F SN Ricardo ORDAYA LUEY Alterno Fuerza Aérea del Perú Comité de Articulación, Docencia, Atención de Salud e Investigación. Crl. FAP Médico General Julio DIAZ HERNÁNDEZ Titular Tte. FAP Psicóloga Mariela CERNA SAENZ Alterno Comité de Información y Planificación Coordinada. Cmdte. FAP Cirujano General Manuel CHICHIZOLA MERINO Titular EC. FAP Médico General Edward CRUZ SÁNCHEZ Alterno Comité de Servicios de Salud. My. FAP Otorrinolaringólogo César BUSTAMANTE MEJIA Titular My. FAP Enferm. Broncopulmonares Fernando RUIZ VALENCIA Alterno Comité de Medicamentos. Cap. FAP Médico General Jorge TUPAYACHI MOSQUIERA Titular Cap. FAP Químico Farmac. Claudia OLAECHEA CHANOVE Alterno Comité de Inversiones de Salud. Cmdte. FAP Médico General Nicolás CHEHADE TORRES Titular Cmdte. FAP Dermatólogo Lisandro OBREGÓN SEVILLANO Alterno Artículo 2º.- Hacer de conocimiento del Ministerio de Salud la presente Resolución Ministerial, para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 05478 Crean Comisión de Evaluación del Esta- do de los Bienes de las Fuerzas Arma- das para el Año Fiscal 2004 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 374-2004-DE/SG Lima, 15 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, el numeral 29.1 del Artículo 29º de la Ley Nº 28128 "Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004", autoriza al Ministerio de Defensa y al Ministerio del Interior a disponer a título oneroso y conforme a la normati- vidad vigente de los bienes muebles e inmuebles de su pro- piedad que resulten excedentes de acuerdo con la opinión de la Comisión de Evaluación del Estado de los Bienes de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, las mismas que deberán constituirse en los Ministerios de De- fensa y del Interior con participación de las Fuerzas Arma- das y Policía Nacional del Perú, respectivamente; Que, el numeral 29.2 del Artículo en mención establece que los recursos provenientes de la disposi- ción de dichos bienes, serán considerados en la Fuen- te de Financiamiento "Recursos Directamente Recau- dados" y se destinarán, íntegramente, al mantenimien- to, reconstrucción, repotenciación y transformación del material, equipos y armamento de las Fuerzas Arma- das y Policía Nacional del Perú, respectivamente; Que, dicho artículo establece además que los Ministerios de Defensa y del Interior informarán trimestralmente a las Comisiones de Presupuesto y de Cuenta General de la República y de Defensa Nacio- nal, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas del Congreso de la Repúbli- ca sobre la aplicación de lo normado; Estando a lo propuesto por el Viceministro de Asun- tos Logísticos y de Personal y a lo opinado por la Ofici- na de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa;