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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2004 (23/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 27

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G32/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 23 de marzo de 2004 109,800.00 (ciento nueve mil ochocientos y 00/100 Nue- vos soles). - 12,850 (Doce mil ochocientos cincuenta) kilogramos de Cereal Instantáneo por un valor referencial de S/.58,981.50 (cincuenta y ocho mil novecientos ochenta y unoy 50/100 Nuevos soles). Las adquisiciones serán financiadas con recursos de la Partida de Transferencias del Tesoro Público para el Pro-grama del Vaso de Leche. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Comité Especial de Licitación designado mediante Resolución de Alcal- día Nº 060-2004-MDR; responsable de la conducción del proceso de adquisición de insumos para el Progra-ma del Vaso de Leche; la realización del proceso deadquisición de los productos citados conforme al pro-cedimiento señalado en el Artículo 105º del D.S. Nº 013-2001-PCM. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría Gene- ral la publicación del presente Acuerdo así como la comuni-cación y remisión de copias del Acuerdo e Informe Técni-co-legal a la Contraloría General de la República dentrodel plazo de Ley. Dado en el local del Concejo a los nueve días del mes de marzo del año dos mil cuatro. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS LOBATON DONAYRE Alcalde 05793 /G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G50/G72/G69/G6D/G65/G72/G61/G20/G52/G65/G6E/G64/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G43/G75/G65/G6E/G2D /G74/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ACUERDO DE CONCEJO Nº 029-2004-MDR EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL RÍMAC POR CUANTO: VISTO; En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17.3.04, la Carta Nº 017-2004-VHNSC-MDR de fecha15.3.04 del Presidente de la Comisión de Participación Ve-cinal, respecto al proyecto de acuerdo de concejo sobrerendición de cuentas; y, CONSIDERANDO. Que, la Constitución Política del Perú establece en su artículo 2º numeral 4, que toda persona tiene dere-cho a la libertad de información, opinión, expresión y difusión de pensamiento mediante la palabra oral o es- crita o la imagen, por cualquier medio de comunicaciónsocial sin previa autorización ni censura ni impedimen-to alguno, bajo las responsabilidades de ley que todapersona tiene; Que, el mismo artículo de referencia en su numeral 5 primer párrafo, menciona que toda persona tiene de- recho a solicitar sin expresión de causa la informaciónque requiera y a recibirla de cualquier entidad pública,en el plazo legal, con el costo que suponga este pedi-do. Se exceptuarán las informaciones que afectan laintimidad personal y las que expresamente se exclu- yan por ley o por razones de seguridad nacional; Que, asimismo, en el numeral 17 del mismo artículo 2º se establece los derechos a participar, en formaindividual o asociada, en la vida política, económica,social y cultural de la nación. Los ciudadanos tienen,conforme a ley, los derechos de elección, remoción o revocación de autoridades, de iniciativa legislativa y de referéndum; Que, el artículo 31º de la Carta Magna establece las facultades que tienen los ciudadanos como dere-chos de control y demanda de Rendición de Cuentas,concordante con el artículo 3º de inciso c) de la Ley Nº 26300, Ley de los Derechos de Participación y ControlCiudadanos; asimismo, en su CAPÍTULO IV, artículos31º al 36º, establece los mecanismos de interpelaciónde autoridades; Que, se desprende de los artículos 111º al 121º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el marco conceptual que fundamenta los Derechos de Control y Par-ticipación Vecinal y los mecanismos de participación delos vecinos en el Gobierno Local; Que, de la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, se desprende que la Modernización en la Ges- tión del Estado aspira a que el espíritu de las leyes debe buscar los principios permanentes, dinámicos, irreversibles,democráticos, integrales, subsidiarios y graduales, con laabsoluta transparencia buscando el mejoramiento que as-pire a superiores niveles de eficiencia en el aparato esta-tal; Que, la RENDICIÓN DE CUENTAS, es una práctica que permite a las autoridades hacer transparente la ges-tión de gobierno y nos permite a los(as) ciudadanos-(as) ejercer nuestros derechos de participación y con-trol, siendo éstos de diversas modalidades, adecuán-dose a la realidad de cada localidad y a lo dispuesto en la ley; Que, son los ciudadanos los que detentan el poder y es a través de las elecciones que eligen y otorgan un manda-to a personas que se convierten en autoridades, que admi-nistrarán, gobernarán y gestionarán la cosa pública; Que, la Democracia como régimen, exige una perma- nente relación de confianza y transparencia entre los vecinos y las autoridades; y la Democracia comoprocedimiento debe buscar generar espacios para ha-cer un balance de la gestión encomendada a las autori-dades de turno; Estando a las facultades reconocidas en la Ley Orgá- nica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con el voto unánime de los señores Regidores y con la dispensade aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- Convocar a la primera RENDICIÓN DE CUENTAS en el distrito del Rímac. Artículo Segundo.- La RENDICIÓN DE CUENTAS se realizará en una zona del distrito, donde se convocará atodos(as) los vecinos(as) y a todas las organizaciones so-ciales sin excepción, debiendo utilizar para ello los medios de prensa y propaganda de la Institución Municipal e insti- tuciones cooperantes que articulen dicha transmisión decomunicación y difusión para determinado fin. Artículo Tercero.- La RENDICIÓN DE CUENTAS en el distrito del Rímac, se realizará el día 27 de marzo del2004 desde las 15 horas hasta las 18 horas. Artículo Cuarto.- La conducción del acto denominado: RENDICIÓN DE CUENTAS estará a cargo de la Defenso-ría del Pueblo, para lo cual el Alcalde designará a los res-ponsables que coordinen con las instituciones cooperan-tes a fin de concordar con el espíritu de la ley. Artículo Quinto.- La temática a tratar en la RENDI- CIÓN DE CUENTAS, serán los temas acordados por las personas designadas a la coordinación con las Institucio-nes cooperantes. Artículo Sexto.- Concluida la Rendición de Cuentas, se dará a conocer al vecindario las principales conclusio-nes del evento, así como la relación de los principales pro- yectos y actividades a realizarse los próximos trimestres. Artículo Séptimo.- Encargar el cumplimiento del pre- sente Acuerdo a la Gerencia Municipal y a la Dirección deParticipación Vecinal. Dado en el Local del Concejo Municipal a los diecisiete días del mes de marzo del dos mil cuatro. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS LOBATON DONAYRE Alcalde 05794