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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G31/G39/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 9 de mayo de 2004 d) Arrendamiento a plazo fijo de ambientes y espacios disponibles, fuera de la jornada escolar. e) Arrendamiento de canchas deportivas, piscinas y auditorio, fuera de la jornada escolar. f) Arrendamiento, usufructo y uso por parte de terce- ros, de tierras de cultivo cuando éstas no sean requeridas para la práctica educativa. g) Prestación de Servicios a terceros a través de activi- dades técnicas según la disponibilidad de recursos y equi-pos con que se cuente. h) Convenios con entidades públicas y privadas, que permita ingresos por Recursos Directamente Recaudados. i) Otros incluidos en el Clasificador de Ingresos del Sec- tor Público. 5.4 El Director de la Institución Educativa Pública infor- mará mensualmente al responsable de su Unidad de Cos-teo y éstos a su vez al Comité de Programación de Plan y Presupuesto de la Unidad Ejecutora sobre la captación y destino de sus ingresos. 5.5 El Consejo Educativo Institucional creado al am- paro de la Directiva Nº 088-2003-VMGI, es la encargadade controlar y administrar el uso de los Recursos Direc-tamente Recaudados generados por las Instituciones Educativas Públicas, el cual está integrado por el Direc- tor de la Institución Educativa Pública, el subdirector, re-presentantes de los docentes, de los estudiantes, de losex alumnos, de los padres de familia en los casos perti-nentes, y del personal administrativo. El Director convo-cará al Consejo Educativo Institucional a reuniones tri- mestrales, y otras de carácter extraordinario, cuando lo estime conveniente, para lo cual se comunicará con ladebida anticipación. 5. 6 Para el caso de las Instituciones Educativas Uni- docentes y Multigrados, el Consejo Educativo Institucionalse conformará por el Director, un representante de los do- centes, un representante de los padres de familia, una au- toridad comunal y un representante de los pobladores ele-gido por la propia comunidad. 5.7 El Director de la Institución Educativa Pública, infor- mará al responsable de la Unidad de Costeo al que perte-nece, los montos captados, quien consolidará e informará al Comité de Programación de Plan y Presupuesto de la Unidad Ejecutora correspondiente, para la proyección deingresos y gastos. 5.8 Para el arrendamiento de ambientes, espacios dis- ponibles, canchas deportivas, patios , piscinas, auditorios,entre otros, así como el arrendamiento, usufructo y uso de tierras de cultivo, el Director de la Institución Educativa Pú- blica debe tener en cuenta bajo responsabilidad lo siguien-te: a) Que estas actividades no se realicen en horas de clases y que no interfieran o pongan en peligro el normal desarrollo de las actividades escolares. b) Que el contrato que se suscribe debe especificar las responsabilidades del contratante, con respecto al cuida-do, mantenimiento, conservación y reparación en caso dedeterioro. c) Que cuando se trata de tierras de cultivo, sólo puede realizarse el arrendamiento, usufructo y uso de aquellos terrenos cuya utilización no está prevista en el ProyectoCurricular del Centro Educativo. 5.9 El plazo de arrendamiento, usufructo y uso a que hace referencia el numeral 5.8 en ningún caso será su- perior a un año, pudiendo proceder la prórroga, previa evaluación del Consejo Educativo Institucional; ponien-do en conocimiento del responsable de la Unidad de Cos-teo y de la Oficina de Administración de la Unidad Eje-cutora. 5.10 Las Instituciones Educativas Públicas que ge- neren Recursos Directamente Recaudados, necesaria- mente deberán tramitar su “Registro Único de Contri-buyente” ante las Oficinas de la Superintendencia deAdministración Tributaria - SUNAT de su jurisdicción. VI - PROGRAMACIÓN DE LOS INGRESOS 6.1 En la fase de la Programación de los Ingresos, se establecen los criterios básicos para la captación de losIngresos de cada ejercicio fiscal. Igualmente en dicha pro-gramación se determina el monto de los Ingresos que se estima captar. 6.1.2 La Proyección de los Ingresos Directamente Re- caudados, deberá efectuarse sobre la base de la ejecu-ción financiera de ingresos, informada al 31 de diciem- bre del año anterior, así como el comportamiento de los ingresos registrados en lo que va del presente año y laproyección de la percepción o captación al cierre del mis-mo año, debiendo clasificarlos por su naturaleza de ori-gen según el clasificador de ingresos (ver 5.2) con lafinalidad de efectuar la proyección del gasto, el mismo que deberá ser informado oportunamente a su represen- tante de su Unidad de Costeo. 6.1.3 La Proy ección de los Recursos Directamente Recaudados deberá ser a nivel de partidas especificasde acuerdo al maestro clasificador de ingresos. 6.1.4 La Unidad Ejecutora a través de sus unidades de costeo, destinará el uso de Recursos Directamente Recaudados preferentemente a cubrir, la adquisición dematerial educativo, mantenimiento de mobiliario e infra-estructura, laboratorios y equipos y otros que permitanel cumplimiento de metas. VII - GASTOS (EJECUCIÓN) 7.1.1 Los gastos se programan en forma Trimestral en función a los montos recaudados por las Institucio-nes Educativas Públicas que forman parte de las Unida-des de Costeo, para lo cual se tomará en cuenta lo si- guiente: a) El Director de la Institución Educativa Pública, debe priorizar sus requerimientos de gastos en función a lasmetas y Objetivos Institucionales establecidos para elaño Fiscal. b) Las proyecciones de ingresos por rubro que se espera captar u obtener durante el período. 7.1.2 Los Directores de las Instituciones Educativas Públicas, a través del responsable de la unidad de cos-teo, deben presentar al Comité de Programación de Plan y Presupuesto de la Unidad Ejecutora, la información re- lativa a la Programación de Gastos en los plazos esta-blecidos en las Directivas pertinentes, sujetándose a losmontos establecidos en la previsión de ingresos infor-mados. 7.1.3Los Calendarios de Compromisos son aproba- dos por la Dirección Nacional del Presupuesto Público. Las propuestas o solicitudes de calendarios de compromisosdeben ser remitidos a la Dirección Nacional del PresupuestoPúblico, únicamente a través de la Oficina de Presupues- to o la que haga sus veces en la Unidad Ejecutora corres-pondiente. El responsable de la Unidad Ejecutora consoli- da y canaliza las solicitudes de calendario, al pliego. 7.1.5 Las Direcciones de las Instituciones Educati- vas Públicas a través de sus Unidades de Costeo, sólopodrán realizar actos administrativos o de administra-ción que generan gasto siempre y cuando cuenten conla disponibilidad presupuestal y el respectivo Calenda- rio de Compromisos aprobados en la Fuente de Finan- ciamiento de Recursos Directamente Recaudados. VIII - NORMAS ESPECÍFICAS8.1 DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 8.1.1 El responsable de la Unidad de Costeo y los Directores de las Instituciones Educativas Públicas, se-gún corresponda, son los responsables de llevar el re-gistro actualizado de la programación y captación efec- tiva de los recursos directamente recaudados. 8.1.2 El Tesorero de la Institución Educativa Pública o quien haga sus veces, es la única persona autorizadapara la recepción de los ingresos, debiendo extender yfirmar los recibos, boletas o facturas, las cuales debenestar correctamente numeradas en forma correlativa de acuerdo a las normas vigentes. Si la Institución Educati- va Pública no cuenta con tesorero el Consejo EducativoInstitucional decidirá entre sus miembros quien será elresponsable de realizar esta labor.