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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 2004 (09/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 8

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G31/G39/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 9 de mayo de 2004 cuentas bancarias de la Unidad de Costeo....(Indicar de- nominación) perteneciente a la Unidad Ejecutora .......(In-dicar denominación). Artículo segundo.- Como consecuencia de lo señala- do en el artículo precedente, el cuadro de funcionarios res-ponsables del manejo de las cuentas bancarias de la an- tes mencionada Unidad de Costeo vigente a partir de la fecha indicada en el artículo precedente es como sigue: De los Titulares: Apellidos Nombres Cargo a) b) De los Suplentes: a)b) Regístrese y comuníquese. (Firma y sello del Titular del Pliego o del Funcionario facultado) 08785 ENERGÍA Y MINAS /G52/G65/G6E/G75/G65/G76/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G61/G20/G45/G49/G4E/G47/G45/G2D /G53/G41/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G69/G72/G20/G65/G73/G74/G75/G64/G69/G6F/G73/G20/G72/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G64/G6F/G73/G63/G6F/G6E/G20/G6C/G61/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G65/G72/G2D/G67/GED/G61/G20/G65/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G66/G75/G74/G75/G72/G61/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G20/G48/G69/G64/G72/G6F/G2D /G65/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G20/G43/G68/G61/G67/G6C/G6C/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 195-2004-MEM/DM Lima, 3 de mayo de 2004 VISTA: La solicitud de transferencia y de renovación de concesión temporal, de fecha 19 de noviembre de 2003, ampliada con fecha 19 de marzo de 2004, para realizar estudios relacionados con la actividad de generación deenergía eléctrica, presentada por ECHEANDIA INGE-NIEROS S.A., en adelante "EINGESA", persona jurídicainscrita en el Asiento 1-A de la Ficha Nº 137861 del Regis-tro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 035-2002- EM/VME, publicada el 22 de enero de 2002, se otorgó afavor de EINGESA la concesión temporal por un plazo dedos (2) años para realizar estudios relacionados con la ac-tividad de generación de energía eléctrica en la futura Cen- tral Hidroeléctrica Chaglla, ubicada en el distrito de Chag- lla, provincia de Pachitea, departamento de Huánuco, cu-yas coordenadas UTM figuran en el Expediente Nº21118301; Que, mediante solicitud de fecha 19 de noviembre de 2003, ampliada con fecha 19 de marzo de 2004, EINGESA solicitó la renovación de la concesión temporal de la que es titular para concluir los estudios, así como la transferen-cia de la concesión temporal a favor de EMPRESA DE GE-NERACIÓN HUALLAGA S.A., persona jurídica inscrita enel rubro A00001 de la Partida Electrónica Nº 11565106 delRegistro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao; Que, como sustento, EINGESA manifestó que median- te Escritura Pública de fecha 18 de octubre de 2003, ex-tendida ante el Notario Público de Lima, Dr. Alejandro Ra-mírez Carranza, cuya copia obra en el Expediente, se for-malizó el Convenio de Cesión de Derechos de uso de aguas del río Huallaga con fines hidroenergéticos y de la conce- sión temporal para realizar estudios del proyecto CentralHidroeléctrica Chaglla, en concordancia con lo cual EIN-GESA ha presentado copias de las Resoluciones Admi-nistrativas Nº 010-2003-CTAR-DRA-HCO/ATDR-AH, y Nº146-2003-GR-DRA-HCO/ATDR-AH, del 5 de marzo de2003 y 11 de noviembre de 2003, respectivamente, emiti- das por la Administración Técnica del Distrito de Riego delAlto Huallaga de la Dirección Regional Agraria Huánuco,en virtud de las cuales se amplió el plazo para desarrollarel estudio del proyecto Chaglla y se otorgó autorizaciónpara la cesión de derechos y obligaciones a favor de la EMPRESA DE GENERACIÓN HUALLAGA S.A.; Que, la cesión de derechos referida en el considerando que antecede, cumple con el requisito de validez contem-plado en el numeral 4 del artículo 140º del Código Civil,concordado con el artículo 1207º del mismo Código, con-forme al cual, la cesión de derechos debe constar por es- crito, bajo sanción de nulidad; Que, de acuerdo con el Informe de Fiscalización Nº 048- 2003-10-06 del OSINERG, remitido a la Dirección Generalde Electricidad mediante el Oficio Nº 4699-2003-OSINERG-GFE de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica de OSI-NERG, de fecha 11 de noviembre de 2003, está acreditado que la concesionaria ha culminado con desarrollar los Es- tudios de Prefactibilidad y Factibilidad, y viene desarrollan-do el Estudio de la Ingeniería Básica con relación al pro-yecto de la futura Central Hidroeléctrica Chaglla; Que, la solicitud cumple con los requisitos señalados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas (TUPA), aprobado por De- creto Supremo Nº 025-2002-EM; Estando a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléc-tricas, y el artículo 1207º del Código Civil; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Renovar la concesión temporal otorgada a favor de ECHEANDIA INGENIEROS S.A.- EINGESA me- diante la Resolución Ministerial Nº 035-2002-EM/VME, para concluir los estudios relacionados con la actividad de ge-neración de energía eléctrica en la futura Central Hidro-eléctrica Chaglla, aprovechando el recurso hídrico del ríoHuallaga, por un plazo adicional de un (1) año, el mismoque vencerá el 22 de enero de 2005. Artículo 2º.- Aprobar la transferencia a favor de EM- PRESA DE GENERACIÓN HUALLAGA S.A de la conce-sión temporal otorgada originariamente a favor de ECHEAN-DÍA INGENIEROS S.A. mediante Resolución Ministerial Nº035-2002-EM/VME, por las razones y fundamentos lega-les expuestos en la parte considerativa de la presente Re- solución. Artículo 3º.- Tener como titular de la concesión tempo- ral materia de la presente Resolución, a EMPRESA DEGENERACIÓN HUALLAGA S.A., quien asume todos losderechos y obligaciones inherentes a la concesión tempo-ral, en particular el cumplimiento de los estudios a desa- rrollar, dentro del plazo renovado por el artículo 1º de la presente Resolución, que vencerá el 22 de enero de 2005,conforme a la Ley de Concesiones Eléctricas, su Regla-mento, y demás normas legales y técnicas aplicables. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36º del Regla- mento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano" por una solavez, a costo del titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 08583 /G49/G6D/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G75/G6D/G62/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G6D/G62/G61/G6C/G73/G65/G73/G2C /G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G68/G69/G64/G72/G6F/G65/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G74/G72/GE1/G6E/G73/G69/G74/G6F/G20/G61 /G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G66/G69/G6E/G69/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G71/G75/G65/G20/G65/G73/G20/G74/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G45/G47/G45/G43/G45/G4E/G20/G53/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 201-2004-MEM/DM Lima, 3 de mayo de 2004