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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G37/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 20 de mayo de 2004 MUNICIPALIDAD DE LURÍN /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G73/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G70/G6C/G61/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G6F/G73/G65/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6C/G65/G73/G2C/G20/G63/G65/G6E/G2D/G74/G72/G6F/G73/G20/G75/G72/G62/G61/G6E/G6F/G73/G20/G79/G20/G75/G72/G62/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G6F/G70/G75/G6C/G61/G2D/G72/G65/G73/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G62/GE1/G73/G69/G63/G6F/G73 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 085/ML Lurín, 18 de mayo del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍN POR CUANTO: El Concejo de Lurín, en Sesión Extraordinaria de fecha 17 de mayo del 2004, de conformidad con el artículo 20ºde la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; CONSIDERANDO: Que, el saneamiento de las posesiones informales, cen- tros urbanos informales y urbanizaciones populares, se venpostergados básicamente por trabas de carácter legal y depropiedad, las cuales son difíciles de salvar en un corto plazo,existiendo poblados que llevan hasta 25 años sin serviciosbásicos, lo que afecta la salud y bienestar de los pobladores yel medio ambiente de nuestro distrito; por lo que es conve-niente establecer el procedimiento para la visación de planos; Estando a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Munici- pales Nº 27972 y contando con el voto unánime del Con-cejo Municipal y con la dispensa del trámite de aprobaciónde actas se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Objetivos: 2.1 Facilitar la obtención de la visación de planos a los administrados sean posesiones informales, centros urba-nos informales y urbanizaciones populares, para la ejecu-ción de proyectos de servicios básicos tales como electri-ficación e instalación de redes de agua y desagüe. 2.2 Contribuir con el desarrollo y progreso del distrito, es- tableciendo facilidades en el trámite administrativo para la eje-cución de proyectos que beneficiarán, darán mayor bienestar y mejorarán la calidad de vida de la población de Lurín. Artículo Segundo.- Base Legal - Constitución Política del Perú. - Ley Orgánica de Municipalidades – Nº 27972.- Ley del Procedimiento Administrativo General – Nº 27444. Artículo Tercero.- Ámbito de Aplicación. La presente Ordenanza es de aplicación en posesiones informales, centros urbanos informales y urbanizaciones po-pulares ubicados en la jurisdicción del distrito de Lurín, siem-pre y cuando tengan en trámite la formalización de su propie-dad o su habilitación urbana ante las entidades competentesy no los hayan llegado a concluir; y que no cuenten con algúnservicio básico de agua, desagüe o electrificación. Esta Ordenanza no es aplicable para aquellas perso- nas naturales o jurídicas que se dediquen a realizar habili-taciones urbanas con fines comerciales.Asimismo, la visación de los planos no otorga derechos de pro-piedad ni significa reconocimiento ni otorgamiento de habilitaciónurbana por parte de la Municipalidad a favor del administrado. Artículo Cuarto.- Definiciones: Para efectos de la presente Ordenanza se entiende por: a) Posesiones Informales: a los asentamientos humanos, pueblos jóvenes, centros poblados, pueblos tradicionales y todaotra forma de posesión, ocupación o titularidad informal de pre-dios con fines urbanos, cualquiera sea su denominación. b) Centros Urbanos Informales: a las zonas urbanas no formalizadas ocupadas, considerándose como tales aquellosconjuntos de manzanas determinadas y vías trazadas, que seanresultado de un proceso de habilitación urbana, que cuentencon construcciones parcialmente consolidadas y cuyos lotesde vivienda han sido individual y directamente adquiridos porcada uno de los integrantes del Centro Urbano Informal. c) Urbanizaciones Populares: a aquellas desarrolladas so- bre predios matrices con títulos de propiedad otorgados a favorde Asociaciones Pro Vivienda, Cooperativas de Vivienda, Aso-ciaciones de Vivienda, Juntas de Propietarios, Juntas de Com-pradores o cualquier otra forma asociativa con fines de vivienda. Artículo Quinto.- Las posesiones informales, los cen- tros urbanos informales y las urbanizaciones populares,deberán continuar sus trámites de formalización o habilita-ción urbana, sin perjuicio del trámite que pueda seguir alamparo de la presente Ordenanza de manera simultánea. Artículo Sétimo.- DEL ADMINISTRADO 5.1 Las posesiones informales, los centros urbanos in- formales y las urbanizaciones populares, se comprometena utilizar los planos visados exclusivamente ante las entida-des prestadoras de servicios básicos (SEDAPAL y Luz delSur) para la elaboración y aprobación de sus proyectos.Artículo Octavo.- Establecer que las posesiones in- formales, los centros urbanos informales y las urbaniza-ciones populares, deberán iniciar por separado sus trámi-tes ante cada una de las entidades prestadoras de servi-cios básicos (SEDAPAL y Luz del Sur). Artículo Noveno.- Para ser beneficiario de esta Orde- nanza, las posesiones informales, centros urbanos infor-Artículo Sexto.- Del procedimiento: Nº DENOMINACIÓN REQUISITOS DERECHO CALIFICACIÓN DEL TRÁMITE Dependencia AUTORIDAD Resuelve Recurso DEL POR Auto- EVALUA CIÓN PREVIA que Inicia el que de Impugnación PROCEDIMIENTO TRÁMITES máti-SILENC. TRÁMITE APRUEBA ADMINIS- co ADMINST. No TRATIVOS Posi- Nega- Regu- tivo tivo lado Subgerencia de Catastro, Control Urbano y Transporte Visación de Planos 1. Solicitud Reconsideración: para posesiones 2. Plano de Lotización, 15 Subgerente informales, centros de ubicación y Días Subgerencia de Subgerente de urbanos informales perimétrico fir mados T rámite Desarrollo y urbanizaciones por un Ing. o Arq. Documentario y Urbano Apelación: Gerente populares para la Colegiado (3 juegos). Archivo de Desarrollo Urbano elaboración de 3. Memoria descriptiva proyectos de firmada por un Ing.servicios básicos o Arq. Colegiado (3 juegos).4. Pago por derechosde trámite. S/. 60.00 – 1.875%de la U.I.T.(hasta100 lotes)S/. 100 – 3.125% NOTA: los plazos de la U.I.T.(más de para interponer y 100 lotes) resolver en instan- 5. Pago por inspección S/. 50.00 cia será de 15 y 30 ocular. días hábiles, 6. Personería Jurídica respectivamente. y/o reconocimientomunicipal de lasposesiones informales,centros urbanosinformales yurbanizaciones populares