TEXTO PAGINA: 10
PÆg. 281040 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de noviembre de 2004 Que, mediante el documento del Visto, se solicita al Ministerio de Agricultura, que autorice la participación de sus representantes en dicha reunión; Que, en consecuencia, se ha visto por conveniente autorizar el viaje del ingeniero William Arteaga Donayre, Director de la Oficina General de Planificación Agraria del Ministerio de Agricultura, del economista Julio PazCafferata y el ingeniero Javier Galván Costa, Asesores de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura; de los economistas César Armando Romero y Paula Rosa Ca-rrión Tello, profesionales de la Oficina de Estrategia y Políticas de la Oficina General de Planificación Agraria del Ministerio de Agricultura, para que participen en losdistintos grupos de trabajo en la Sexta Ronda de Nego- ciaciones del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de Norteamérica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización deViajes de Servidores y Funcionarios Públicos, y su Regla- mento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero William Arteaga Donayre, Director de la Oficina General de Pla- nificación Agraria del Ministerio de Agricultura, del eco- nomista Julio Paz Cafferata, y el ingeniero Javier GalvánCosta, Asesores de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura; de los economistas César Armando Romero y Paula Rosa Carrión Tello, profesionales de la Oficinade Estrategia y Políticas de la Oficina General de Plani- ficación Agraria del Ministerio de Agricultura, a la ciudad de Tucson, Arizona, Estados Unidos, del 29 de noviem-bre al 4 de diciembre de 2004, para que participen como Representantes del Ministerio de Agricultura en los dis- tintos grupos de trabajo en la Sexta Ronda de Negocia-ciones del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de Norteamérica. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados a la Cadena Funcional Programática 001 04 006 0005 1.00110 3.00010 Meta00001 Coordinación de Políticas Gubernamentales en General, Recursos Ordinarios del Presupuesto para el 2004, del Pliego 013 Ministerio de Agricultura, de acuerdo al si-guiente detalle: Ing. William Arteaga DonayrePasajes US$ 1,351.13 Viáticos US$ 1,320,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 28,24 Econ. Julio Paz CafferataPasajes US$ 1,351.13 Viáticos US$ 1,320,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 28,24 Ing. Javier Galván CostaPasajes US$ 1,351.13 Viáticos US$ 1,320,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 28,24 Econ. César Armando RomeroPasajes US$ 1,570.09 Viáticos US$ 1,320,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 28,24 Econ. Paula Rosa Carrión TelloPasajes US$ 1,279.73 Viáticos US$ 1,320,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 28,24 Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna cla- se o denominación.Artículo 4º.- Dentro de los (15) días calendario siguien- tes de efectuado el viaje, los referidos funcionarios debe- rán presentar ante el Ministro de Agricultura un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resulta-dos obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 21471 Establecen requisitos fitosanitarios específicos para la importación de esquejes con raíz de alcachofa proce- dente de Chile SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 641-2004-AG-SENASA-DGSV Lima, 25 de noviembre de 2004 VISTO: El Informe Nº 005-2004-AG-SENASA-DGSV/UARP, “Es- tudio de Análisis del Riesgo de Plagas para la importación de esquejes (rizomas) con raíz de alcachofa (Cynara scoly-mus) procedentes del Chile a Perú” y, CONSIDERANDO:Que, por Ley Nº 27322 “Ley Marco de Sanidad Agra- ria”, se establece que la importación de plantas, pro-ductos vegetales y otros artículos reglamentados capa- ces de introducir o propagar plagas, deberán sujetarse a las disposiciones que establezca el Servicio Nacionalde Sanidad Agraria - SENASA, como Autoridad Compe- tente; Que, de conformidad con el Artículo 36º del Decreto Supremo Nº 048-2001-AG, del 29 de julio de 2001, Regla-mento General de la Ley Marco de Sanidad Agraria, los requisitos fitosanitarios aplicables a la importación de plan- tas, productos vegetales y otros artículos reglamentados,deberán ser aprobados mediante Resolución del Órgano de Línea correspondiente; Que, a solicitud de los interesados en la importación de esquejes (rizomas) con raíz de alcachofa ( Cynara scoly- mus) procedente de Chile, con el propósito de mejorar el cultivo en el país con fines de agroexportación y contando con la información técnica enviada por el Servicio Agrícolay Ganadero de Chile, la Unidad de Análisis del Riesgo de Plagas inició el respectivo estudio, con la finalidad de esta- blecer los requisitos fitosanitarios de importación del men-cionado producto; Que, como resultado de dicho estudio y habiéndose realizado una verificación en origen, se han establecido los requisitos fitosanitarios necesarios para garantizar un niveladecuado de protección de riesgos en el ingreso de pla- gas cuarentenarias al país; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902, la Ley Nº 27322, el Decreto Supremo Nº 048-2001-AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 024-95-AG; y con la visación del Director Ge- neral de Asesoría Jurídica;