Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2004 (18/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, sabado 18 de setiembre de 2004
ACUERDO NACIONAL OBJETIVOS

NORMAS LEGALES
POLITICAS DE ESTADO

Pag. 276615
PROYECTOS DE LEY 24.- Ley de Formacion y Promocion Laboral 25.- Ley de Fortalecimiento de la Familia

14º ACCESO AL EMPLEO PLENO, MORDAZA Y PRODUCTIVO 16º FORTALECIMIENTO DE LA FAMILIA, PROTECCION Y PROMOCION DE LA NINEZ, LA ADOLESCENCIA Y LA JUVENTUD 18º BUSQUEDA DE LA COMPETITIVIDAD, PRODUCTIVIDAD Y FORMALIZACION DE LA ACTIVIDAD ECONOMICA

COMPETITIVIDAD DEL MORDAZA 19º DESARROLLO SOSTENIBLE Y GESTION AMBIENTAL 21º DESARROLLO EN INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA 23º POLITICA DE DESARROLLO AGRARIO Y RURAL

26.- Leyes de Promocion de la Inversion Privada, Nacional y Extranjera 27.- Modificaciones a la Ley del Canon 28.- Modificaciones a la Ley General de Mineria 29.- Leyes sobre promocion del turismo 30.- Modificaciones a la Ley de Regalias Mineras 31.- Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental 32.- Ley de Destugurizacion y Renovacion MORDAZA 33.- Ley de Aguas 34.- Ley Integral de Desarrollo Agrario

Articulo 2º.- La aprobacion de la Agenda Legislativa del periodo anual de sesiones no limita el derecho de iniciativa legislativa ni impide que se dictaminen y debatan otros temas o proyectos no contenidos en ella. No interfiere con el derecho del Poder Ejecutivo de presentar proyectos de ley con caracter de urgencia. Comuniquese, publiquese y archivese. Dada en MORDAZA, en el Palacio del Congreso de la Republica, a los diecisiete dias del mes de setiembre de dos mil cuatro. MORDAZA FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la Republica NATALE AMPRIMO PLA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica 16922

Declaran nulidad de buena pro de MORDAZA de licitacion publica convocado para contratar suministro de materiales para equipos de oficina, en lo relativo a items 6, 7 y 13
RESOLUCION Nº 013-2004-2005-P/CR MORDAZA, 17 de setiembre de 2004 Vista la propuesta de la Direccion General de Administracion en base al Informe Nº 034-2004/DL-DGA de la Direccion de Logistica en la cual se solicita se declare la nulidad de oficio del MORDAZA Licitacion Publica Internacional Nº 0001-2004-CR "Suministro de Materiales para los equipos de oficina", con respecto a los items 6, 7 y 13; y, CONSIDERANDO: Que habiendose producido una observacion en el acto publico de otorgamiento de la Buena Pro, por parte de otros postores, respecto que dichos productos eran de produccion extranjera, se solicito informacion a la empresa fabricante / importadora de los items adjudicados, Artesco S.A., la misma que mediante Carta Nº 319/04-GG del 23 de junio de 2004, manifesto que el bien Corrector Liquido Artesco (Item Nº 7) y Grapas Artesco (Item Nº 13) son originarios de Taiwan y China, respectivamente; y mediante Carta Nº 348/04-G.G. del 2 de MORDAZA de 2004, confirma que los bienes clips de Metal estandar (Caja de 100 unidades) (Item Nº 6), son elaborados en Taiwan; Que se curso comunicacion a los postores adjudicatarios de los items correspondientes, los que reconocieron, cada uno a su vez, que efectivamente no les correspondia dicha bonificacion del 20%, y que la informacion consignada en su propuesta obedecio a un error material; Que de acuerdo con lo informado, en el otorgamiento de la Buena Pro de la Licitacion Publica Internacional Nº 0001-2004-CR "Suministro de Materiales para los equipos de Oficina" los postores Consorcio Mantinni S.R.L. / Guticelli S.R.L. y Continental S.A.C., resultaron beneficiarios de los items 6 y 13, y 7, respectivamente, debido a que se

les otorgo una bonificacion adicional del 20% por produccion nacional, sobre la base de la informacion presentada por los respectivos postores en su propuesta, en el sentido que los items adjudicados eran de produccion nacional; Que estos hechos motivaron que el Comite Especial aplique de manera equivocada a los referidos postores la bonificacion prevista por la Ley Nº 27633 "Ley que modifica la Ley Nº 27143, Ley de Promocion Temporal del Desarrollo Productivo Nacional", contraviniendo la misma y configurandose una de las causales de nulidad previstas en el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que al haberse configurado la nulidad del otorgamiento de la Buena Pro de la Licitacion Publica Internacional Nº 0001-2004-CR "Suministro de Materiales para los equipos de oficina" en lo concerniente a los items 6, 7 y 13, el Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica y Procuraduria mediante el Informe Nº 049 (07)-2004-OAJP/CR senala la necesidad de declarar la nulidad de oficio del otorgamiento de la buena pro del MORDAZA en mencion en lo concerniente a los aludidos items, correspondiendo al Congreso de la Republica, a traves de su Presidente, emitir la respectiva Resolucion; Que adicionalmente y sin perjuicio de la declaracion de nulidad, el articulo 210º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, consigna la obligacion de la Entidad de informar al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del CONSUCODE los hechos materia de esta nulidad, al haberse originado la misma por la MORDAZA de informacion falsa o inexacta, configurando ello una situacion sancionable de conformidad con el inciso f) del articulo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el articulo 26º de su Reglamento y de conformidad con el Acuerdo de Mesa Directiva Nº 319-2003-2004/MESA-CR del 19 de MORDAZA de 2004; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la nulidad de la buena pro del MORDAZA de Licitacion Publica Internacional Nº 00012004-CR "Suministro de Materiales para los equipos de oficina" en lo concerniente a los items 6, 7 y 13 y retrotraer

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