Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2004 (18/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 18 de setiembre de 2004

las caracteristicas y el valor que se detallan en los anexos 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07 y 08, que en treinta (30) fojas forman parte de la presente Resolucion; que efectuara el Ministerio de Energia y Minas a favor de las entidades educativas que a continuacion se detallan:
Nº Nombre 01 Colegio Agropecuario MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02 Centro Educativo Nº 64429 03 Jardin de Ninos Estatal Nº 282 04 Centro Educativo MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA 05 Centro Educativo E.E. Nº 24222-M/MX-P 06 Centro Educativo E.E.M. Nº 30535 07 Centro Educativo Nº 100-Callao 08 Centro Educativo MORDAZA Matellini MORDAZA Provincia Satipo Satipo Satipo MORDAZA Sancos Coracora Jauja Callao MORDAZA Departamento Anexo MORDAZA 01 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02 03 04 05 06 07 08

Que, a los citados ex funcionarios publicos se les imputa haber incurrido en falta grave de caracter disciplinario, prevista en los incisos a) y d) del Art. 21º, e Incs. d) y h) del Art. 28º, del Decreto Legislativo Nº 276 "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa"; e infringido el Art. 15º, de la Ley Nº 27879, "Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2003; igualmente los incisos a) y d) del Art. 28º del referido Decreto Legislativo, respectivamente; Que, el Ing. Werenshon MORDAZA MORDAZA MORDAZA habria incurrido en la presunta comision de Delitos Contra la Administracion Publica (Delitos Cometidos por Funcionarios Publicos) tipificados en los Arts. 384º y 387º del Codigo Penal como delitos de Colusion y de Peculado; Estando a lo acordado; y, De conformidad con lo establecido en los articulos 150º, 151º, 163º, 166º y 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior se ha pronunciado, por Unanimidad, por la instauracion de MORDAZA Administrativo Disciplinario a los ex funcionarios publicos mencionados; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario al Ing. Werenshon MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Prefecto de La MORDAZA, y a la Sra. MORDAZA BAQUERIZO MORDAZA, ex Directora General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior, por las causales expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los ex funcionarios publicos procesados tienen derecho a presentar sus descargos por escrito y las pruebas que estimen conveniente para su defensa, ante la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior, dentro del plazo que establece la Ley, a partir del dia siguiente de recepcion de la notificacion en forma personal o del dia siguiente de publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Remitir todos los actuados a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior para que, dentro del plazo de Ley, concluya el MORDAZA instaurado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro del Interior 16840

Articulo 2º.- Precisar que los gastos que irrogue la formalizacion de la donacion a que se refiere el articulo precedente, correran por cuenta de los donatarios. Articulo 3º.- Transcribir en el plazo MORDAZA de 20 dias la presente Resolucion a la Superintendencia de Bienes Nacionales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 16846

INTERIOR
Inician procedimiento disciplinario a ex Prefecto de La MORDAZA y a ex Directora General de Gobierno Interior
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1748-2004-IN MORDAZA, 7 de setiembre del 2004 Visto, el Acta de Pronunciamiento Nº 001-2004-COESPROADMI de 21JUN04, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (COESPROADMI), designada con la R.M. Nº 0900-2004-IN-0901 de 20MAY04, relacionada con la Instauracion del MORDAZA Administrativo Disciplinario al Ing. Werenshon MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Prefecto de La MORDAZA, y a la Sra. MORDAZA BAQUERIZO MORDAZA, ex Directora General de Gobierno Interior; CONSIDERANDO: Que, en el Informe Nº 003-2004-2-0282-IN/OCI.OAI.INV. de 15ABR2003, formulado por la Oficina de Auditoria Interna del Organo de Control Institucional del Ministerio del Interior, como consecuencia del I Examen Especial sobre la presunta donacion irregular de dinero efectuada por la Direccion Regional de Pesqueria de La MORDAZA a la Prefectura de ese departamento, se establece que el Ing. Werenshon MORDAZA MORDAZA MORDAZA recibio el importe de US$ 19,855.15; mediante "Acta de Entrega de Donacion" de 4ENE2003, como "beneficiario de donacion", suma que seria utilizada supuestamente en actividades relacionadas con el Convenio "Pescado Barato", suscribiendola conjuntamente con funcionarios de la referida Direccion Regional; habiendo utilizado de la cantidad recibida aproximadamente US$ 14,000.00, no obstante no estar facultado ni autorizado expresamente para ello; Que, la Sra. MORDAZA BAQUERIZO MORDAZA emitio la R.D. Nº 120-2003-IN-1508 de 24ENE2003, que autorizo al Ing. Werenshon MORDAZA MORDAZA MORDAZA a suscribir, en representacion de la DGGI, un Convenio con la Direccion Regional de Pesqueria de La MORDAZA para materializar y ejecutar el Proyecto Social "Pescado Barato" y habilitar un Libro de Donaciones para registrar la cantidad de recursos hidrobiologicos donados por la referida Direccion Regional de Pesqueria, sin tener facultad para ello;

JUSTICIA
Modifican conformacion de la Comision de Conmutacion de la Pena a que se refiere el D.S. Nº 004-2001-JUS
DECRETO SUPREMO Nº 011-2004-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2001-JUS, de fecha 16 de febrero de 2001, se constituyo la Comision de Conmutacion de la Pena, encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la Republica, la concesion de dicha gracia; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 170-2001-JUS, de fecha 25 de MORDAZA de 2001, se aprobo el Reglamento Interno de la Comision de Conmutacion de la Pena, de acuerdo a lo senalado en el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 004-2001-JUS; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, en el Decreto Legislativo Nº 560 y el Decreto Ley Nº 25993; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Modifiquese el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 0042001-JUS, el cual quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 2º.- La Comision de Conmutacion de la Pena tendra caracter multisectorial y estara integrada por cinco miembros:

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