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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (05/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 8

TEXTO PAGINA: 5

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G31/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 5 de abril de 2005 co, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para queinterponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil contra los citados ciuda-danos; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre yrepresentación de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra BENANCIO PASCUAL ALVA CALVO, GELLY KRIS VEGA MENDOZA,YURI ANAYA PAYHUA, MARIA ANTONIA RODRIGUEZ CRUZ, JOHNNY ALEX OLIVARES CALVO, RICARDO TAIPE OBANDO, VIRGINIA SEGURA VEGA, WALTERTAZIANO SEGURA HORNA, MAXIMIA LIZARBE DE CONDORI, CESAR AUGUSTO CASTILLO MALCA, HERBERT GUMERCINDO MENESES CORDOVA,BERNARDINA RITA HUACAN DE HUERTA, MARIA LUISA RODRIGUEZ CRUZ, NICOLAS ELIAS ROBLES FUENTES, VICTOR IVAN BARRIONUEVOREYES, SUSANA CORZO HUEZA, GREGORIO MILLA HUAMAN, DARIO PORFIRIO MUÑOZ ALVAREZ, BEATRIZ NOIMI REYES DE HUIZA,MAGDALENA CARLOS JARA, SATURNINA TEOFILA CORZO MONTAÑEZ, ENRIQUETA ELIDA SAENZ MEJIA, MILA MARINA RIVERA AGURTO, EDWINERNESTO OVIDIO GUERRERO PEDREROS, NAEL DANTE VILLAVERDE MORENO, VILMA SONIA CACEDA CUBA, ANA NORMA SARABIA CABANA,MARIA ESTHER ALZAMORA CAPRISTANO, HEVERT RONALD MENESES CABALLERO, AUREA AIDA BARRIONUEVO REYES, TEOFILO CONDORIILIZARBE, EDILBERTO CHAVEZ CULQUICONDOR, YUDY PAUL ZÚÑIGA ROJAS, CARLOS VELASQUEZ NUÑEZ, ELIZABETH JUANA CORDOVA CHAUCA,DELIA YOLANDA FIGUEROA DE LEVANO, NORBERT RENE PELAEZ FIGUEROA, ALFREDO OLIVER SUAREZ LA ROSA SANCHEZ, MARICELA DELROCIO NACARINO JÁUREGUI, RAUL YURY FIGUEROA CUADROS, ROCIO ROSENDA ROMERO TREJO, SOLEDAD PATRICIA MENDOZA MILLA, ROELCLIPTON LOPEZ ITA, MARIA CATALINA ITA MEJIA, JOSE ALFREDO ALEJOS ALVAREZ, ROSANY LENY PINTADO PIÑIN, ARTEMIO ALEJANDRO HUIZACRISPIN y JESUSA MANUELA MELGAREJO HUESA, por la comisión de presunto delito contra la fe pública, en la modalidad de falsedad ideológica, enagravio del Estado y del Registro Nacional de Identifica- ción y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 06598 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 427-2005-JEF/RENIEC Lima, 22 de marzo de 2005Visto, el Oficio Nº 12612-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC, los Informes Nºs. 472, 474, 509, 513, 525-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC y el Informe Nº 272- 2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 14 de marzo del 2005;CONSIDERANDO: Que, la Estación de Trabajo de Habilitaciones y Cancelaciones de la Subgerencia de Depuración Regis- tral y Archivo Central del Registro Nacional de Identifi-cación y Estado Civil, en su permanente labor fiscaliza- dora, así como del proceso de depuración, inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que losciudadanos JUAN JOSE SETO ABANTO, MARIA ELENA VILLALVA FUENTES o GIULIANA ELENA VILLALVA FUENTES, ROCIO LUCERO YAMAGUCHIALOR DE HUAYCOCHEA o ROCIO LUCERO YAMAGUCHI ALOR, CESAR RODAS JERI y VIOLETA SOLEDAD REYES SALDAÑA, en atención al principiode veracidad de las declaraciones para el procedimiento registral, obtuvieron inscripción en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, valiéndose paratal efecto de declaraciones falsas, las mismas que fue- ron insertadas en documento público y registradas en el Sistema del Archivo Nacional de Identificación, cuya or-ganización y mantenimiento es encargada por Ley al RENIEC; Que, la Subgerencia de Depuración Registral y Archivo Central, luego de verificar la declaración dada por cada ciudadano, concluye que las mismas adolecen de falsedad, hecho que motivó se excluya del registrolas inscripciones obtenidas de modo irregular mediante Resolución Nº 234-2004-GP/SGDAC-RENIEC, en estricto cumplimiento a lo señalado en el artículo 67ºinciso 7 del Decreto Ley Nº 14207; Que, aun cuando si bien se ha procedido administrati- vamente, los hechos antes descritos constituyen indiciorazonable de la comisión de presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideológica, previs- to y sancionado en el artículo 428º del Código Penalvigente, dado el hecho que se hizo insertar datos falsos en documento público; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y en atención al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación yEstado Civil contra JUAN JOSE SETO ABANTO, MARIA ELENA VILLALVA FUENTES o GIULIANA ELENA VILLALVA FUENTES, ROCIO LUCEROYAMAGUCHI ALOR DE HUAYCOCHEA o ROCIO LUCERO YAMAGUCHI ALOR, CESAR RODAS JERI y VIOLETA SOLEDAD REYES SALDAÑA; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y re-presentación de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra JUAN JOSE SETO ABANTO, MARIA ELENA VILLALVA FUENTES oGIULIANA ELENA VILLALVA FUENTES, ROCIO LUCE- RO YAMAGUCHI ALOR DE HUAYCOCHEA o ROCIO LUCERO YAMAGUCHI ALOR, CESAR RODAS JERI yVIOLETA SOLEDAD REYES SALDAÑA, por presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideológica, en agravio del Estado y del Registro Nacio-nal de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 06599