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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (11/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 23

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G36/G35/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 11 de abril de 2005 vigencia de la presente ordenanza. Podrá ser otorgada hasta por un (1) año pudiendo ser renovado. Será otorga- da solamente para los siguientes giros: a) Bodegas sin venta de licor. b) Librerías, bazares.c) Fotocopiadoras, tipeos e impresiones. d) Sangucherías. Las Autorizaciones Temporales descritas en el presen- te artículo, dada su excepcionalidad, podrán ser cance-ladas en cualquier momento por la Municipalidad. Artículo 3º.- Las autorizaciones temporales son de ca- rácter personal e intransferible y serán otorgadas por laGerencia de Desarrollo Urbano. Para solicitar nuevamente autorización temporal o para su renovación, se deberá contar con informe técnico favo- rable de la División de Obras Privadas, dando cuenta queel local no perjudica el entorno urbano e informe técnico dela División de Licencias y Anuncios. El trámite para la obtención de autorización temporal se encuentra sujeto a silencio administrativo negativo Artículo 4º .- Para obtener autorización temporal, se deberán presentar los siguientes requisitos: 1. Solicitud dirigida al Alcalde. 2. Informe de Inspección Técnica de Seguridad favo- rable. 3. Copia del título de propiedad, contrato de alquiler o cesión de uso. 4. Copia simple de escritura de Constitución de Empre- sa, de ser el caso. 5. Copia del D.N.I. 6. Declaración Jurada de Autoavalúo (P. U. Comercial) de ser el caso. 7. Copia de la autorización temporal anterior de ser el caso. 8. Pago por derecho de trámite. El cambio y/o ampliación de giro dará lugar a la cancelación automática de la autorización otorgada, pudiendo imponerselas sanciones administrativas que correspondan. Sólo podráotorgarse una autorización temporal por cada inmueble. Artículo 5º.- No podrán otorgarse autorizaciones tem- porales de ningún tipo, a locales ubicados dentro de lazona tradicional del distrito comprendida en el artículo 20º de la Ordenanza Nº 154-MPL. Artículo 6º.- Los locales tendrán en cuenta las siguientes restricciones: 1. No causar molestias que afecten al vecindario. 2. Contar con los servicios higiénicos suficientes, de acuerdo a la amplitud del local. 3. No registrar antecedentes de queja vecinal en el giro solicitado, ni el solicitante haber sido sancionado por estemotivo. 4. No ocupar el área de retiro delantero.5. El área a ser utilizada no deberá exceder de 60 m2.6. El ambiente a ser utilizado deberá contar con acceso propio. 7. No alterar el ornato, ni atentar contra la moral y las buenas costumbres Artículo 7º.- En ejercicio de su facultad de fiscalización, la Municipalidad realizará inspecciones periódicas con la finalidad de verificar su continuidad y permanencia en el giro autorizado. Para efectos de la presente Ordenanza, el informe de Conformidad de Establecimiento, no indicará los ante-cedentes del inmueble. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Incorpórese al Texto Único de Procedimien- tos Administrativos de la Municipalidad de Pueblo Libre,aprobado mediante Ordenanza Nº 142-MPL, el procedi- miento descrito en la presente ordenanza, de acuerdo al anexo que forma parte de ésta. Segunda.- Modifíquese la Ordenanza Nº 83-MPL y la Ordenanza Nº 89-MPL en lo que resulte pertinente. Tercera.- Encárguese a la Gerencia de Desarrollo Ur- bano, el cumplimiento de la presente. POR LO TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde Anexo de la Ordenanza Nº 172-MPL MODIFICACIÓN DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTO S ADMINISTRATIVOS (TUPA 2004) MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE CALIFICACIÓN DEPENDENCIA AUTORIDAD Nº DENOMINACIÓN DEL REQUISITOS DERE CHO AUTO- EVALUACI ÓN DONDE SE QUE APRUEBA RECURSOS ORD. P ROCEDIMIENTO DE PAGO MÁTI- POSI- NEGA- INICIA EL TRÁMITE ADMINISTRATIVOS % de la UIT C O TIVO TIVO EL TRÁMITE DIVISIÓN DE LICENCIAS Y ANUNCIOS 20 Autorización Temporal de 1) Solicitud dirigida al Alcalde. 3.2258 X Unidad de Gerente Reco nsideración: Comercio Vecinal 2) Informe de Inspección Técnica de Seguridad favorable. Administración de Desarrollo Gerente de Desarrollo Tipo 1 (válida por 01 año) 3) Copia del Título de Propiedad, contrato de Documentaria Urbano Urbano Tipo 2 (válida por 06 meses) alquiler o cesión de uso. y Archivo Tipo 3 (válida por 01 año) 4) Copia simple de escritura de Constitución de Empresa Apelación: de ser el caso. Alcalde Base Legal: 5) Copia de DNI.Ordenanza 172-MPL 6) Declaración Jurada de Autoavalúo (PU Comercial) de ser el caso. 7) Copia de autorización temporal anterior de ser el caso. 8) Recibo de pago por derechos de trámite 06998 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAZ /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G66/G75/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G79/G20/GF3/G72/G67/G61/G6E/G6F /G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G68/G6F/G6A/G75/G65/G6C/G61/G73/G20/G64/G65/G61/G76/G65/G6E/G61/G20/G65/G6E/G72/G69/G71/G75/G65/G63/G69/G64/G61/G20/G63/G6F/G6E/G20/G71/G75/G69/G6E/G75/G61/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G2D /G72/G65/G20/G65/G6C/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G20/G4E/GBA/G20/G31/G36/G36/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G47/G50/G48 ACUERDO DE CONCEJO Nº 024-2005-GPH Huaraz, 22 de marzo de 2005EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO PROVIN- CIAL DE HUARAZ; por cuanto en su Sesión Ordinaria de Concejo Nº 005-2005-GPH, de fecha 3 de marzo del año en curso, el Pleno analizó el Informe Legal Nº 123-05-GPH-GAJ, presentado por el Gerente de Asesoría Legal,mediante el cual emite opinión referente al Oficio Nº E 063-2005/GTN/MON presentado por la Subgerente de Monito-reo CONSUCODE, referente al Acuerdo de Concejo Nº 166-2004-GPH; y, CONSIDERANDO:Que, conforme lo señala el artículo 194º de la Consti- tución Política del Estado concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, las entidades ediles son órganos de go-bierno local que emanan de la voluntad popular, tienenautonomía económica, política y administrativa en los asun-tos de su competencia; Que, en su Sesión Ordinaria de Concejo Nº 005-2005- GPH, el Pleno analizó el Informe Legal Nº 123-05-GPH-GAJ,