Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2005 (11/04/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

Pag. 290654

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 11 de MORDAZA de 2005

to; Ley Nº 28425 - Ley de Racionalizacion de los Gastos Publicos y Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2005, al MORDAZA de lo dispuesto por el Art. 11º, Numeral 11.2, in fine del Reglamento Interno de Consejo Regional; se pueden realizar las modificaciones presupuestarias encargando al Presidente Regional y el Consejero Regional por la provincia que corresponda, previa autorizacion tecnica del organo competente; con cargo a dar cuenta al Pleno del Consejo Regional en siguiente Sesion de Consejo Regional; Que, estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902 y Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 001-2003-CR/RC; ACORDO: Primero.- DELEGAR al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para que en coordinacion con el(la) Consejero(a) Regional de la provincia que corresponda, previa opinion tecnica del organo competente, autoricen las Modificaciones Presupuestarias que el caso amerite, sin afectar el techo presupuestal asignado a cada provincia, con cargo a dar cuenta al Pleno del Consejo en siguiente Sesion de Consejo Regional. Segundo.- ENCARGAR al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional realice las acciones necesarias, para dar cumplimiento al presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GASTELUMENDI Presidente 07019

publicado en el Diario Oficial El Peruano el 7 de diciembre del mismo ano, decretando en su Articulo Primero que durante el ano 2005, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) sera de Tres mil Trescientos Nuevos Soles (S/. 3,300.00); Que, de conformidad al Art. 6º, incisos a) y b) de la Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005 y sus modificaciones constituyen los creditos presupuestarios maximos para la ejecucion de las prestaciones de competencias institucionales; Que, la ejecucion del gasto se realiza en concordancia con los objetivos y metas del Presupuesto, en el MORDAZA del Plan Operativo Institucional; asi tambien, "los actos administrativos y de administracion, los contratos y/o convenios, asi como cualquier reglamentacion u otra actuacion que las entidades autoricen con cargo a su respectivo presupuesto deben supeditarse, sin excepciones, a los creditos presupuestarios autorizados estando prohibido que dichos actos se condicionen a creditos presupuestarios adicionales a los establecidos en los respectivos presupuestos institucionales"; Que, dentro de este contexto normativo, es necesario autorizar a la oficina competente del Gobierno Regional de MORDAZA para que elabore la propuesta de modificacion presupuestaria correspondiente, para atender el pago de la diferencial de las dietas de los Consejeros Regionales producto del MORDAZA valor de la UIT, impuesto por el Decreto Supremo Nº 177-2004-EF, afectandose a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, de conformidad con el Art. 39º de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo, sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interes publico, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto a sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902 y Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 001-2003CR/RC; ACORDO: Primero.- APROBAR el monto de la dieta mensual que debe percibir cada uno de los Consejeros Regionales del Gobierno Regional de MORDAZA para el Ano Fiscal 2005, en el equivalente a Una y Media (1.5) Unidad Impositiva Tributaria vigente a la fecha del presente Acuerdo de Consejo Regional; y cuyo valor actual ha sido fijado por el Decreto Supremo Nº 177-2004-EF. Segundo.- DISPONER que la Direccion Regional de Administracion del Gobierno Regional MORDAZA, efectue ante la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial de esta misma entidad, la correspondiente propuesta de modificacion presupuestaria para la atencion del pago de la dieta a la que se refiere el Articulo primero. Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y a la Direccion Regional de Administracion del Gobierno Regional de MORDAZA, el fiel cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GASTELUMENDI Presidente 07020

Aprueban monto de dieta mensual que percibiran Consejeros Regionales para el Ano Fiscal 2005
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 013-2005-GR.CAJ-CR
MORDAZA, 14 de marzo de 2005 El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en su Sesion Ordinaria de Consejo Regional de fechas 22 y 23 de febrero del ano 2005; VISTA la Mocion de Orden del Dia, presentada por once Consejeros Regionales, referente a fijar las dietas de los Consejeros Regionales; con el MORDAZA mayoritario del Pleno; dispensa del Dictamen correspondiente; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 2º de la ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales, concordante con el Art. 191º de la Constitucion Politica del Estado Peruano, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion, precisa que "Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un Pliego Presupuestal"; Que, los incisos a) y f) del Art. 15º de la precitada Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; asi como fijar la remuneracion mensual del Presidente y Vicepresidente Regional y las dietas de los Consejeros Regionales; Que, de conformidad con la MORDAZA XV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario, la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) es un valor de referencia que puede ser utilizado en las normas tributarias y otras obligaciones formales, disponiendose que su valor sera determinado, mediante Decreto Supremo, considerando los supuestos macroeconomicos; Que, al MORDAZA de lo dispuesto por la MORDAZA XV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario, se ha dictado el Decreto Supremo Nº 177-2004-EF de fecha 6 de diciembre de 2004 y

Disponen priorizar el asfaltado de la Carretera MORDAZA - Celendin - Balzas
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 014-2005-GR.CAJ-CR
MORDAZA, 14 de marzo de 2005 El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en su Sesion Ordinaria de Consejo Regional de fechas 18 y 26 de enero del ano 2005; VISTO el Proyecto de Acuerdo Regional, presentado por el Consejero Regional por la provincia de Celendin Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, referente al Asfaltado de la Carretera MORDAZA - Celendin - Balzas; con el MORDAZA mayoritario del Pleno; dispensa del Dictamen correspondiente; y,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.