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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G36/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 14 de agosto de 2005 y de Tratamiento de Residuos Sólidos de Productos Hidrobiológicos en Seúl, Planta Industrial de Congelados en Don Ghal City, Planta Industrial en Pohang City, Comunidades Pesqueras en Sorak y Mercado Pesquero de Seúl; Que, a este efecto, es necesario precisar que los gastos que demande el referido viaje serán cubiertos por la Empresa Coreana Grupo "SEO HAN COLD STORAGE CO. LTD." e incluirá pasajes y gastos de estadía, razón por la que en estos rubros el viaje no demandará gasto alguno al Gobierno Regional de Piura; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 08 de fecha 9 de agosto del 2005, el Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902; ACUERDA:Artículo Primero.- Autorizar, el viaje en Comisión de Servicio al señor Presidente del Gobierno Regional de Piura, doctor César Trelles Lara, a Corea del Sur, durante los días 15 al 29 del mes de agosto del 2005, para participar de la Invitación realizada por la Empresa Coreana Grupo "SEO HAN COLD STORAGE CO. LTD." Artículo Segundo.- La participación del Señor Presidente del Gobierno Regional Piura Dr. César Trelles Lara, como invitado de la Empresa Coreana Grupo "SEO HAN COLD STORAGE CO. LTD." de Seúl - Corea, no irrogará gastos por concepto de pasajes aéreos Lima- Corea del Sur- Lima, hospedaje, alimentación y transporte local, que serán cubiertos por la entidad auspiciante de la invitación; a excepción de los gastos nacionales (Pasaje Piura - Lima - Piura y viáticos correspondientes) que serán cubiertos con cargo al Presupuesto del Gobierno Regional Piura. Artículo Tercero.- Los gastos por el pago de las tarifas por uso de aeropuertos así como otros gastos por efecto de la comisión autorizada por el presente Acuerdo Regional y que no son cubiertos por la Empresa auspiciante de la invitación, serán asumidos por el Gobierno Regional de Piura, hasta por el importe de un mil quinientos dólares americanos (US$. 1,500.00), sobre los cuales se deberá efectuar la rendición de gastos, acorde a la normatividad legal vigente. Artículo Cuarto.- El Titular del Gobierno Regional Piura, al retornar de su viaje, presentará un Informe sobre las acciones realizadas durante su estancia en Corea del Sur al Consejo Regional Piura. Artículo Quinto.- Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO MENDOZA SEMINARIO Presidente (e) del Consejo Regional Piura 14168 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G43/G6F/G72/G65/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G75/G72/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G2D/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 462-2005/GOBIERNO REGIONAL PIURA-PR Piura, 10 de agosto de 2005 VISTO: La Carta de la Empresa SEOHAN COLD STORAGE CO., LTD. del 1 de agosto del 2005; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de la Empresa SEOHAN COLD STORAGE CO., LTD. el Presidente del Grupo SEO HAN, invita al Ing. Marco Tulio Vargas Trelles, Director Regional de Producción - Piura, para que visite las instalacionesde sus Plantas en Seúl - República de Corea, del 15 al 29 de agosto del año en curso; Que, el viaje del Director Regional antes mencionado no irrogará gasto alguno al Gobierno Regional Piura, por lo que no se contraviene el Art. 7º Inc. c) de la Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, el cual establece como medida de racionalidad en el gasto público, el ahorrar en viajes fuera del país en Comisión de Servicios que irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27619 regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irroguen gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público, señalando en su Artículo 3º que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje. Asimismo, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 ha prohibido para el año fiscal 2005 los viajes al exterior que irroguen gastos al Tesoro Público, de funcionarios, servidores públicos o representantes del Poder Ejecutivo, referidos en el primer y segundo párrafo del Art. 1º de la Ley Nº 27619; sin embargo, dichos dispositivos legales no son aplicables al presente caso, toda vez que el viaje al exterior que realizará el Director Regional de Producción - Piura no irrogará gastos al Tesoro Público, por lo que la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, sólo es con fines informativos; Con las visaciones de las Oficinas Regionales de Asesoría Jurídica y de Administración, y de la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Piura; En uso de las atribuciones conferidas al Despacho por la Constitución Política del Estado, Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria la Ley Nº 27902, Ley Nº 28427 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005 y Decreto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorícese al Ing. Marco Tulio Vargas Trelles, Director Regional de Producción - Piura, a viajar en Comisión de Servicios a Seúl, República de Corea, viaje que No irrogará gasto alguno al Gobierno Regional de Piura. Artículo Segundo.- Disponer la notificación de la presente Resolución al interesado, Dirección Regional de Producción de Piura, y demás estamentos administrativos pertinentes del Gobierno Regional de Piura. Regístrese y comuníquese.CÉSAR TRELLES LARA Presidente Gobierno Regional de Piura 14170 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G69/G6E/G2D /G63/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G65/G78/G20/G74/G72/G61/G62/G61/G6A/G61/G64/G6F/G72/G65/G73 /G64/G69/G73/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G4C/G65/G79/G20/G4E/GBA/G20/G32/G37/G38/G30/G33/G20/G79/G20/G6C/G61 /G70/G72/G69/G6D/G65/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G74/G6F/G72/G69/G61 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 472-2005/GOB. REG. PIURA-PR Piura, 11 de agosto de 2005 VISTOS, la Resolución Ejecutiva Regional Nº 252- 2005-GOB-REG. PIURA-PR de fecha cinco de mayo del 2005, que conforma la Comisión de Trabajo encargada de revisar, analizar y gestionar la viabilidad que tiene relación con la reincorporación dispuesta en la Ley Nº 27803, la misma que hasta la fecha no entrega sus conclusiones; las resoluciones judiciales que admiten medidas cautelares, actas judiciales de reincorporación de ex trabajadores, Oficio Nº 363- 2005-EF/76.10 de fecha 17-6-05 y el Acuerdo del Directorio de Gerencias Regionales de fecha once de agosto del 2005; y,