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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (14/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 52

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G36/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 14 de agosto de 2005 el cual establece Categorías para los trámites de obtención de la Declaratoria de Fábrica, conforme a la Ley Nº 27157 y sus Normas complementarias, pero este procedimiento se refiere a los proyectos presentados por los propietarios a través de profesionales particulares; no es considerado el procedimiento de elaboración del Expediente Técnico de Declaratoria de Fábrica por parte de la Oficina Técnica de Promoción de la Vivienda, el cual tiene por objetivo entre otros, brindar las facilidades para acceder a la formalización de las edificaciones realizadas de manera irregular en el distrito; Que, de acuerdo con el Artículo 4º, en los ítems 5 y 6, de la Ordenanza Municipal Nº 099-MVES, se recomienda crear los mecanismos de gestión, ágiles y asequibles que apliquen y recojan los principios de la Simplificación Administrativa, la eliminación de barreras burocráticas y la modernización de los servicios prestados a la población local, con la finalidad de facilitar el proceso de formalización de las viviendas; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972: SE DECRETA:Artículo 1º.- Incluir en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Villa El Salvador, el procedimiento Declaratoria de Fábrica al amparo de la Ordenanza Municipal Nº 099-MVES, de conformidad con lo aprobado en dicha norma, y de conformidad al siguiente detalle:propia Ley Orgánica de Municipalidades en su artículo II del Título Preliminar; Que, en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala en su Artículo 20º, inciso 1, que es función del Alcalde y del Concejo velar por el cumplimiento de la Legalidad y de la defensa municipal y el bienestar de los vecinos; Que, de acuerdo a la Ordenanza Municipal Nº 099- MVES del 7.12.2004, se crea el Programa Municipal de Vivienda que promueve la construcción formal de viviendas, con intervención de la Municipalidad como agente promotor de los mecanismos técnicos-financieros existentes en el Programa Techo Propio y facilitador en el proceso de postulación al Bono Familiar Habitación; el Programa estará orientado a la organización de la demanda, generación de ahorro y asistencia técnica en el desarrollo de proyectos de Vivienda Nueva, Construcción en sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda; Que, según la evaluación realizada de manera conjunta por la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Villa El Salvador en los documentos vistos, se ha identificado que es necesario incluir en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la institución el Procedimiento: Declaratoria de Fábrica al amparo de la Ordenanza Nº 099-MVES, con la finalidad de permitir su aplicación y brindar el servicio a los vecinos del distrito, lo cual redundara en un incremento de la formalidad en las edificaciones realizadas; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 039-2002- MVES de fecha 3.8.2002, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la municipalidad, Nº DENOMINACIÓN REQUISITOS DERECHO A CALIFICACIÓN INICIO AUTORIDAD RESUELVE DEL PAGAR % AUTOM SAP SIN Nº DE QUE REC. ADM. PROCEDIMIENTO UIT REG. TRÁMITE APRUEBA 1 DECLARATORIA DE FÁBRICA - Solicitud s/ formato AL AMPARO DE LA ORDENAZA - Copia DNINº 099-MVES - Copia de Certificado de: Parámetro U.T.D. GERENCIA GERENCIA - Copia de Documento de Propiedad DESARROLLO MUNICIPAL - Pago por Derecho Administrat. 0.033 0 0 30 URBANO Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Oficina Técnica de Promoción de la Vivienda con su personal, la atención de los documentos que ingresen respecto del nuevo trámite aprobado. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Administración y Finanzas tomar las previsiones del caso, a fin de facilitar el ingreso y trámite de los expedientes en las áreas correspondientes ydisponer los recursos que fueran necesarios para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAIME A. ZEA USCA Alcalde 14186 y los resultados del Concurso Público de Méritos mencionado, los mismos ya han sido publicados en la página Web institucional; donde se declara ganador al Dr. MIGUEL ROMULO MUÑOZ ARCE, recomendándose su correspondiente designación, para lo cual se debe emitir el acto de la administración pertinente; Estando a lo informado, conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en sus Arts. 6º y 17º, en concordancia con el Art. 7º de la Ley Nº 26979, de la Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar al Dr. MIGUEL ROMULO MUÑOZ ARCE como Ejecutor Coactivo, en la Plaza Nº 51, Código P5.40.312.1 de esta Municipalidad. Artículo 2º.- Encargar el cumplimiento de la presente a la Gerencia de Administración y Finanzas, a través del Subgerente de Personal de esta Municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JAIME A. ZEA USCA Alcalde 14187/G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G6F/G72/G20/G43/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 578-2005-ALC-MVES Villa El Salvador, 27 de julio de 2005 Visto: El Informe Nº 01-2005/C/MVES, del 26.6.2005, suscrito por el Gerente Municipal, en su calidad de Presidente de la Comisión encargada del Concurso Público de Méritos Nº 001-2005; CONSIDERANDO:Que, con Resolución de Alcaldía Nº 310-2005-ALC/ MVES del 25.4.2005, se conformo la Comisión encargada de llevar adelante el Proceso del Concurso Público de Méritos Nº 001-2005 con la finalidad de cubrir la plaza de un (1) Ejecutor Coactivo y un (1) Auxiliar Coactivo para esta Municipalidad; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 038-2005/ MVES del 31.5.2005, se aprobaron las Bases Administrativas que rigieron el Concurso Público de Méritos antes citado, para efectos de cubrir solo la Plaza del Ejecutor Coactivo de esta Municipalidad; Que, mediante el documento señalado en la parte introductoria, se hace de conocimiento las pautas seguidas