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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (01/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 6

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G35/G33/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 1 de diciembre de 2005 AG, ampliando el número de días de viaje, el pago de la penalidad por el cambio de fecha de viaje, y los viáticos correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2005, Ley Nº 28425- Ley de Racionalización de los Gastos Públicos y el Decreto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar con eficacia anticipada la fecha de viaje de la economista María Elena Rojas Junes y de la señorita Paula Rosa Carrión Tello, profesionales de la Oficina de Estrategia y Políticas de la Oficina General dePlanificación Agraria del Ministerio de Agricultura, autorizado por Resolución Suprema Nº 063-2005-AG, hasta el 24 de noviembre de 2005. Artículo 2º.- Como consecuencia de la ampliación establecida en el artículo 1º de la presente Resolución Suprema, los viáticos otorgados se incrementan enUS$ 440.00 (Cuatrocientos Cuarenta y 00/100 Dólares Americanos) para cada uno, y el pago de la penalidad por el cambio de fecha de viaje en US$ 150.00 (CientoCincuenta y 00/100 Dólares Americanos) por cada uno, los que serán asumidos por el Pliego 013 Ministerio de Agricultura, Administración Central. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura 20402 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G53/G75/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C /G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G2D /G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G41/GF1/G6F/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0890-2005-AG Lima, 29 de noviembre de 2005VISTO: El Oficio Nº 3684-2005-AG-OGA-1984-OT, mediante el cual la Oficina General de Administración indica que se ha recepcionado la suma de S/. 1’454,559.00proveniente de INDECI, en el marco del Convenio de Transferencia Financiera Nº 030-2005-INDECI-MINAG, que permitirá implementar el “Programa de Prevención yRehabilitación 2005”, y que deberá ser previamente incorporado en el Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura-Administración Central parael Año Fiscal 2005, en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28427 se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, y por Resolución Ministerial Nº 1077-2004-AG, se aprobó el Presupuesto del Pliego 013: Ministerio de Agricultura,para dicho Ejercicio; Que, el inciso a) del numeral 42.1, del Artículo 42º de la Ley Nº 28411-Ley General del Sistema Nacional dePresupuesto, establece que las incorporaciones de mayores fondos públicos provenientes de “las Fuentes de Financiamiento distintas a las de Recursos Ordinariosy Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito que se produzcan durante el año fiscal”, son aprobados mediante Resolución del Titular de la Entidad;Que, el Artículo 1º de la Ley Nº 28500 modifica el Artículo 75º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto-Ley Nº 28411, la cual señala que son consideradas también transferencias financieras las querealizan, entre otros, el Instituto Nacional de Defensa Civil-INDECI, en el marco de sus funciones y fines establecidos por su norma de creación o regulación; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 388-2005- INDECI de fecha 26 de octubre de 2005, se aprobó la Transferencia Financiera de Recursos a favor delMinisterio de Agricultura, con cargo a los recursos provenientes del crédito extraordinario, permanente y revolvente otorgado por el Banco de la Nación a favor deINDECI, hasta por la suma de S/. 1’454,559.00; Que, para la ejecución del “Programa de Prevención y Rehabilitación 2005”, se suscribió el Convenio deTransferencia Financiera Nº 030-2005-INDECI-MINAG, entre el Instituto Nacional de Defensa Civil-INDECI y el Ministerio de Agricultura - MINAG; Que, en consecuencia es necesario autorizar la incorporación de los recursos antes citados, en el Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 001:Ministerio de Agricultura-Administración Central, del Pliego 013: Ministerio de Agricultura para el Año Fiscal 2005; De conformidad con la Ley Nº 28411-Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y la Ley Nº 28500 que modifica el Artículo 75º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto - Ley Nº 28411; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto Institucional del Pliego 013: Ministerio de Agricultura para el Año Fiscal 2005, hasta por la suma deUN MILLON CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE Y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1 454 559,00), de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS (En Nuevos Soles) Fuente de : 13 Donaciones y Transferencias Financiamiento 3.0.0 TRANSFERENCIAS 3.1.0 TRANSFERENCIAS 3.1.2 I NTERNAS: DEL SECTOR PÚBLICO 3.1.2.042 Tr ansferencias Financieras INDECI - Crédito Revolvente 1 454 559,00 TOTAL INGRESOS 1 454 559,00 EGRESOS (En N uevos Soles) SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO : 013 M inisterio de Agricultura UNIDAD EJECUTORA : 001 Min isterio de Agricultura - Adm. Central FUNCIÓN : 0 4 Agraria PROGRAMA : 009 Pr omoción de la Producción Agraria SUBPROGRAMA : 0050 Prom oción y Asistencia Comunitaria PROYECTO : 00526Rehabilitación y Reconstrucción- Fenómeno El Niño 6. GASTOS DE CAPITAL 5. Inversiones 1 454 559,00 TOTAL EGRESOS 1 454 559,00 Artículo 2º.- La Oficina General de Planificación Agraria del Pliego 013: Ministerio de Agricultura instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, comoconsecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Copia de la presente Resolución se presenta dentro de los (5) cinco días de aprobada a losOrganismos señalados en el Artículo 23º numeral 23.2 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura 20330