Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2005 (01/12/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, jueves 1 de diciembre de 2005 Pasajes: MORDAZA - Brasilia - MORDAZA US$ 1,100.00 x 3 Oficiales Viaticos: US$ 200.00 x 7 dias x 3 Oficiales Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 28.24 x 3 Oficiales

NORMAS LEGALES

Pag. 305307

MILLONES SETECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 239 700 000,00), de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA
SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD GOBIERNO CENTRAL Ministerio de Economia y Finanzas Administracion General Administracion y Planeamiento Planeamiento Gubernamental Planeamiento Presupuestario, Financiero y Contable 00010 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico 009 001 03 006 0019 : : : : : :

Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la comision, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- El citado Personal debera dar cumplimiento a lo dispuesto en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y la Cuarta Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004. Articulo 5º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 20410

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO 5. GASTO CORRIENTE 0 Reserva de Contingencia 239 700 000,00 TOTAL : --------------239 700 000,00 ============

A LA: FUENTE DE FINANCIAMIENTO SECCION PRIMERA GOBIERNO CENTRAL SECCION MORDAZA INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS TOTAL :

00 :

Recursos Ordinarios

170 081 960,00

69 618 040,00 239 700 000,00 ============

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversos Pliegos
DECRETO SUPREMO Nº 158-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es necesario dar atencion a diversos conceptos de gastos vinculados a la prestacion de los servicios publicos a cargo de los Pliegos Presupuestarios Poder Judicial, Ministerio Publico, Ministerio de Agricultura, Ministerio de Salud, Ministerio de Relaciones Exteriores, Biblioteca Nacional del Peru, Instituto Peruano del Deporte, Agencia Peruana de Cooperacion Internacional, Instituto Nacional de Cultura, Ministerio del Interior, Ministerio de Defensa, Ministerio de Energia y Minas, Instituto Nacional de Desarrollo, Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Instituto Nacional de Recursos Naturales y Gobiernos Regionales; Que, el Pliego Presupuestario Ministerio de Economia y Finanzas tiene previsto recursos en la Reserva de Contingencia que pueden ser orientados a atender las demandas de gasto prioritarias a cargo de las entidades senaladas en el considerando precedente; por lo que es necesario autorizar una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico, aprobado por la Ley Nº 28427; De conformidad con lo establecido por el articulo 45º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizan Transferencia de Partidas Autorizase una Transferencia de Par tidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, hasta por la suma DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE

Los Pliegos y Grupos Genericos de Gasto habilitados en la Seccion Primera y Seccion MORDAZA del presente articulo, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, son detallados en los Anexos Nºs. 1 y 2 de la presente norma. Articulo 2º.- Obligacion de desagregacion Los Titulares de Pliego aprueban mediante Resolucion la desagregacion de los recursos habilitados, dentro de los cinco (5) dias de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion se remite dentro de los cinco (5) dias habiles de aprobada a los Organismos senalados en el Articulo 23º numeral 23.2 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Articulo 3º.- Codificaciones La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos comprendidos en el presente dispositivo, solicitan a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, de ser necesario, las codificaciones que se requieran para la adecuada aplicacion de esta norma. Articulo 4º.- Notas Modificacion Presupuestaria La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego instruye a la(s) Unidad(es) Ejecutora(s) bajo su ambito para que elabore(n) las correspondientes "Notas de Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto por la presente norma. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de noviembre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.