Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2005 (01/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 1 de diciembre de 2005

Incorporan recursos en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, en favor de los Gobiernos Regionales
DECRETO SUPREMO Nº 159-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, determinados Pliegos Presupuestarios han depositado en la cuenta del Tesoro Publico los reembolsos del Seguro Social de Salud - EsSalud, que las Unidades Ejecutoras de la Administracion Publica han pagado directamente a sus trabajadores por incapacidad temporal, maternidad y lactancia, en aplicacion del procedimiento establecido por el Decreto Supremo Nº 009-2003-EF; Que, en consecuencia es necesario incorporar en el Presupuesto del Sector Publico, aprobado por la Ley Nº 28427, via Decreto Supremo, los recursos provenientes de reembolsos del Seguro Social de Salud - EsSalud, con cargo a los importes conciliados por la Direccion Nacional del Tesoro Publico; y, De conformidad con lo establecido en el articulo 5º del Decreto de Urgencia Nº 027-2005; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Autorizase a incorporar en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, la suma de SIETE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 499 257,00) de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 16 Recursos Ordinarios para los Gobiernos Regionales EGRESOS Seccion MORDAZA : Pliegos : Categoria de Gasto 5 : Grupo Generico de Gasto 1 : Sociales Instancias Descentralizadas Gobiernos Regionales Gastos Corrientes Personal y Obligaciones 7 499 257,00 (En Nuevos Soles)

los que se refiere el articulo 1º del presente Decreto Supremo, a nivel de funcion, programa, subprograma, actividad, proyecto y grupo generico de gasto, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion se remite dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el articulo 23º numeral 23.2 de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28411. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de la modificacion presupuestaria autorizada por el presente Decreto Supremo. Asimismo, la mencionada Oficina solicitara a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Actividades, Proyectos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Articulo 3º.- Destino de los recursos Los recursos incorporados por el presente Decreto Supremo, estan destinados unica y exclusivamente para atender el pago de las remuneraciones del personal reemplazante que, de acuerdo a ley, MORDAZA sido contratado para cubrir la ausencia temporal del correspondiente personal titular de la Unidad Ejecutora, bajo responsabilidad del Director General de administracion o quien haga sus veces. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de noviembre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 20428

Aprueban Operacion de Endeudamiento Externo con el KfW
DECRETO SUPREMO Nº 160-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

(En nuevos soles)
PLIEGOS 440. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AMAZONAS 441. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MORDAZA 442. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MORDAZA 444. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MORDAZA 446. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MORDAZA 447. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA 449. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE ICA 450. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MORDAZA 451. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LA MORDAZA 452. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MORDAZA 454. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MORDAZA DE MORDAZA 455. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MORDAZA 457. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MORDAZA 458. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MORDAZA MONTO 476.531,00 411.035,00 584.121,00 224.990,00 620.955,00 184.293,00 74.492,00 795.280,00 305.311,00 627.218,00 86.639,00 244.916,00 1.287.096,00 119.876,00

CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 20º de la Ley Nº 28423, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar o garantizar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 2 650 000 000,00 (DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara una operacion de endeudamiento externo con el Kreditanstalt fur Wiederaufbau -KfW-, hasta por un monto en dolares de los Estados Unidos de MORDAZA equivalente a Euros 12 000 000,00 (DOCE MILLONES Y 00/100 EUROS), para cofinanciar el "Prestamo de Ajuste Estructural Programatico de Descentralizacion y Competitividad II" (Programa de Apoyo al MORDAZA de la Descentralizacion), que sera ejecutada por el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico; Que, el "Prestamo de Ajuste Estructural Programatico de Descentralizacion y Competitividad II" (Programa de Apoyo al MORDAZA de la Descentralizacion) se efectuara con cargo al Subprograma "Apoyo a la Balanza de Pagos" referido en el literal c) del articulo 20º de la Ley Nº 28423; Que, la indicada operacion de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley Nº 28423 y la Ley Nº 28563; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas;

459. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE SAN MORDAZA 1.004.739,00 460. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE TACNA 462. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI TOTAL 162.861,00 288.904,00 7.499.257,00

Articulo 2º.- Procedimientos para la desagregacion de los Recursos 2.1 Autorizase a los Titulares de Pliego a aprobar, mediante resolucion, la desagregacion de los recursos a

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