Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2005 (01/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, jueves 1 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento externo, en aplicacion del literal l) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28423, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, y por la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion y condiciones de la operacion de endeudamiento externo Apruebase la operacion de endeudamiento externo a ser acordada entre la Republica del Peru y el Kreditanstalt fur Wiederaufbau -KfW- hasta por un monto en dolares de los Estados Unidos de MORDAZA equivalente a Euros 12 000 000,00 (DOCE MILLONES Y 00/100 EUROS) para cofinanciar el "Prestamo de Ajuste Estructural Programatico de Descentralizacion y Competitividad II" (Programa de Apoyo al MORDAZA de la Descentralizacion). La cancelacion de dicha operacion de endeudamiento externo se efectuara en dolares de los Estados Unidos de MORDAZA en trece (13) cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales venciendo la primera cuota a los setenta y dos (72) meses de la firma del contrato de prestamo respectivo. La operacion de endeudamiento externo devengara una tasa de interes fija anual a ser determinada por el KfW en la fecha de la firma del contrato de prestamo respectivo, en base a los tipos de interes vigentes en los mercados de capital de los Estados Unidos de MORDAZA para los prestamos a largo plazo mas un margen a ser determinado por el KfW de acuerdo con su politica de tasas de interes. El referido endeudamiento externo estara sujeto a una comision de compromiso respecto de los saldos no desembolsados del prestamo y por semestres vencidos de 0,85% anual, asi como a una comision de gestion de 1% sobre el monto del prestamo. Articulo 2º.- Unidad ejecutora La Unidad Ejecutora del "Prestamo de Ajuste Estructural Programatico de Descentralizacion y Competitividad II" (Programa de Apoyo al MORDAZA de la Descentralizacion) sera el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico. Articulo 3º.- Suscripcion de documentos Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir, en representacion de la Republica del Peru, el contrato de prestamo de la operacion de endeudamiento externo que se aprueba en el articulo 1º de esta MORDAZA legal; asi como al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar la citada operacion. Articulo 4º.- Servicio de la deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasiones la operacion de endeudamiento externo que se aprueba mediante el articulo 1º de la presente MORDAZA legal, seran atendidos por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a las previsiones presupuestales para el servicio de la deuda publica. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, y entrara en vigencia el dia de su publicacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de noviembre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 20429

Aprueban Operacion de Endeudamiento Externo con el BID
DECRETO SUPREMO Nº 161-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 20.1º de la Ley Nº 28423, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar o garantizar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 2 650 000 000,00 (DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara una operacion de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo -BID-, hasta por un monto de US$ 15 000 000,00 (QUINCE MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinada a financiar el Proyecto "Control y Erradicacion de la Mosca de la Fruta (Ceratitis capitata) en la Costa Peruana", a ser ejecutado por el Ministerio de Agricultura, a traves del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, que cuenta con la viabilidad otorgada por la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, tal endeudamiento se efectuara con cargo al Subprograma "Sectores Economicos y Sociales" a que hace referencia el literal a) del articulo 20.1º de la Ley Nº 28423; Que, la indicada operacion de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en las Leyes Nºs. 28423 y 28563; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, en lo que respecta a la disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional requerida por la presente operacion de endeudamiento externo, se cuenta con la opinion favorable de la Oficina General de Planificacion del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA del Ministerio de Agricultura; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento externo, en aplicacion del literal l) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28423, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, y por la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion y condiciones de la operacion Apruebase la operacion de endeudamiento externo a ser acordada entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo -BID- hasta por la suma de US$ 15 000 000,00 (QUINCE MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinada a financiar el Proyecto "Control y Erradicacion de la Mosca de la Fruta (Ceratitis capitata) en la Costa Peruana". La cancelacion de dicha operacion de endeudamiento externo se efectuara mediante treinta y dos (32) cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales, venciendo la primera cuota luego de transcurridos cincuenta y cuatro (54) meses contados a partir de la fecha de firma del contrato de prestamo. La operacion de endeudamiento externo devengara una tasa de interes basada en la LIBOR a tres meses mas un margen a ser establecido por el BID de acuerdo con su politica sobre tasa de interes. El endeudamiento externo estara sujeto a una comision de credito de 0,25% anual sobre los saldos del prestamo no desembolsado, pudiendo ser modificada semestralmente por el BID sin que exceda el 0,75% anual. Durante el periodo de desembolsos no habra comision de inspeccion y vigilancia, salvo que el BID la restituya, en cuyo caso no podra cobrarse en un semestre determinado mas de 1% del monto del financiamiento, dividido por el numero de semestres comprendidos en el plazo original de desembolsos.

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