Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2005 (12/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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GOBIERNOS REGIONALES

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 12 de diciembre de 2005

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA Ordenanza Nº 032-2005-E-CR-GRH.- Modifican los Arts. 5º y 8º del Reglamento de Administracion de Transportes de la Region MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 034-2005-CR-GRH 306081 Ordenanza Nº 034-2005-E-CR-GRH.- Amplian alcances de la Ordenanza Regional Nº 012-2005-E-CR-GRH que dispone la obligatoriedad de mantener y cultivar la lengua materna en las Comunidades Bilingues en el ambito del Gobierno Regional 306082 Ordenanza Nº 035-2005-E-CR-GRH.- Modifican la Ordenanza Regional Nº 010-2004-CR-GRH que crea el Consejo Regional de la Micro y Pequena Empresa COREMYPE - Gobierno Regional MORDAZA 306083 Ordenanza Nº 036-2005-E-CR-GRH.- Aprueban Cuadro de Asignacion de Personal de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional 306085

Ordenanzas Nºs. 879, 880, 881 y 882.- Aprueban Reajustes del Sistema Vial Metropolitano correspondiente a los distritos de MORDAZA MORDAZA del Triunfo y San MORDAZA de Porres 306086 MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA D.A. Nº 015-2005-ALC/MSI.- Modifican disposiciones sobre retiros municipales establecidas en el Anexo del D.A. Nº 011-96-ALC/MSI 306093 D.A. Nº 016-2005-ALC/MSI.- Establecen dias no laborables compensables para el personal de la Municipalidad en el mes de diciembre de 2005 306094 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA R.A. Nº 757-2005-MPJ/A.- Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de bienes y contratacion de servicios para atender situacion de emergencia producida los dias 23 de octubre y 11 de noviembre de 2005 306094

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA Ordenanza Nº 877.- Modifican la Ordenanza Nº 798, Disposiciones para la Gradualidad de Multas Tributarias 306086

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA
Delegan atribuciones a personal de las Areas Naturales Protegidas para desarrollar procedimiento administrativo sancionador ante infracciones en materia forestal y de fauna MORDAZA
(Se publica la presente resolucion a solicitud del INRENA, mediante Carta Nº 591-2005-INRENA-OAULOG, recepcionada el 9 de diciembre de 2005)

RESOLUCION JEFATURAL Nº 272-2004-INRENA
MORDAZA, 21 de diciembre de 2004 VISTO: El Informe Nº 041-2004-INRENA-OAJ por el cual la Oficina de Asesoria Juridica recomienda gestionar ante la Jefatura del INRENA la tramitacion de una resolucion jefatural que autorice a las Jefaturas de las Areas Naturales Protegidas y, en caso el area natural protegida no cuente con personal, a las Administraciones Tecnicas Forestal y de Fauna MORDAZA ­ ATFFS, a sancionar las infracciones descritas en los articulos 363º y 364º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, cometidas al interior de las areas naturales protegidas, y desarrollar el procedimiento sancionador respectivo; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por la Ley de Areas Naturales Protegidas, dada por Ley Nº 26834, su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 0382001-AG, el Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado con Decreto Supremo Nº 0022003-AG, modificado con Decreto Supremo Nº 0182003-AG, el INRENA es el ente rector del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado SINANPE; Que, el inciso 4 del articulo 8º de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, dada por Ley Nº 27308, senala que el

ordenamiento de la superficie forestal del MORDAZA, dentro del patrimonio forestal nacional comprende las areas naturales protegidas; Que, el articulo 33º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA senala que la Intendencia de Areas Naturales Protegidas es el organo encargado de proponer politicas, planes, programas, proyectos y normas para la adecuada gestion de las areas naturales protegidas que conforman el Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SINANPE y la supervision de aquellas que no forman parte de este Sistema, incluyendo las zonas de amortiguamiento; Que, el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas senala que la Direccion General de Areas Naturales Protegidas, actual Intendencia de Areas Naturales Protegidas, es el ente competente para la administracion del Patrimonio Forestal Nacional ubicado en el ambito de las Areas Naturales Protegidas; Que, el inciso 1º del articulo 24º del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas senala que el Jefe del Area Natural Protegida es la MORDAZA autoridad en el ambito de su jurisdiccion y dentro de sus competencias, siendo como tal el responsable de dirigir y supervisar la gestion del Area Natural Protegida; y que depende jerarquicamente de la Direccion General de Areas Naturales Protegidas, actual Intendencia; Que, el inciso 1º del articulo 184º del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas senala que el Jefe del Area Natural Protegida o en su defecto la Direccion General de Areas Naturales Protegidas, actual Intendencia, es la competente para imponer las sanciones de amonestacion, comiso y/o multa en el ambito de las areas naturales protegidas; Que, si bien las Jefaturas de las Areas Naturales Protegidas tienen la potestad para sancionar las infracciones ocurridas al interior de las areas naturales protegidas, no pueden desplegar el procedimiento sancionador en razon a que no existe una tipificacion de las infracciones en la legislacion de areas naturales protegidas; Que, respecto del desarrollo del procedimiento sancionador en materia forestal y de fauna MORDAZA al interior de las areas naturales protegidas existe un conflicto negativo de competencias entre las Jefaturas de las Areas Naturales Protegidas y las Administraciones Tecnicas Forestales y de Fauna MORDAZA - ATFFS, ya que las primeras no desarrollan dicho procedimiento sancionador por no existir en la legislacion de areas naturales protegidas una tipificacion

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