TEXTO PAGINA: 7
PÆg. 306037 NORMAS LEGALES Lima, lunes 12 de diciembre de 2005 mediante la Resolución Gerencial Nº 002-2005-INRENA- OSINFOR; Que, ante la existencia de indicios razonables de la comisión de delitos, en los hechos evaluados en el presente expediente, y conforme al literal b) del artículo 16º del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, corresponde a la Oficina de Asesoría Jurídica analizar los mismos y coordinar con la Procuraduría encargada de los Asuntos del Ministerio de Agricultura el ejercicio de las acciones legales que correspondan; De conformidad con lo establecido en la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley Nº 27308 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG; con la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; con el Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2005-AG; y con el Reglamento para la determinación de infracciones, imposición de sanciones y declaración de caducidad del derecho de aprovechamiento en los contratos de concesión forestal con fines maderables, aprobado por Resolución Jefatural Nº 147-2005- INRENA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar la caducidad del derecho de aprovechamiento forestal otorgado a la Empresa Industrial Maderera El Inca E.I.R.L., mediante el Contrato de Concesión Forestal con Fines Maderables Nº 17- TAM/C-J-049-02, en virtud de lo dispuesto por el literal e) del artículo 91-A del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG y modificatorias. Artículo 2º.- Dejar sin efecto todos los Planes de Manejo Forestal, presentados y aprobados hasta la fecha por la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre, en el extremo que autorizaron el aprovechamiento de losrecursos forestales maderables ubicados dentro del área del Contrato de Concesión Forestal con Fines Maderables Nº 17-TAM/C-J-049-02. Artículo 3º.- Caducar de pleno derecho las medidas cautelares contenidas en la Resolución Gerencial Nº 002-2005-INRENA-OSINFOR, de fecha 5 de agosto de 2005. Artículo 4º.- Cancelar de manera definitiva la utilización de las Guías de Transporte Forestal de productos al estado natural, registradas ante el INRENA, para la movilización de los volúmenes autorizados en los planes de manejo forestal aprobados por la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre, hasta la fecha. Artículo 5º.- Inhabilitar de manera definitiva el uso de Guías de Transporte Forestal de productos forestales transformados, por los volúmenes aprobados en los Planes de Manejo aprobados por la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre, hasta la fecha. Artículo 6º.- Notificar la Resolución Gerencial que genere el presente Informe, a la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre quien deberá aplicar un Plan de Cierre de la concesión, revirtiendo el área concesionada a favor del Estado y procediendo a ejecutar las garantías entregadas por el concesionario conforme establece la Resolución Jefatural Nº 147-2005-INRENA. Artículo 7º.- Notificar la presente Resolución al Centro de Información Estratégica Forestal - CIEF, para que tome conocimiento de la misma y adopte las medidas necesarias. Artículo 8º.- Encargar a la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre para que a través de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre, ejecute lo dispuesto en la presente Resolución, procediendo a comisar cualquier producto forestal proveniente de la referida concesión, amparado con Guías de Transporte Forestal de productos al estado natural o de productos forestales transformados, de acuerdo a lo dispuesto en el literal b) del artículo 369º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, quedando a salvo el derecho de terceros, quienes podrán acreditar sus derechos obtenidos de buena fe ante dichos órganos.Artículo 9º.- Remitir copia de la Resolución, a la Oficina de Asesoría Jurídica del INRENA con la finalidad que realice las evaluaciones necesarias y de ser el caso, realice las acciones necesarias a fin de que la Procuraduría encargada de los Asuntos del Ministerio de Agricultura, inicie las acciones legales que correspondan contra los presuntos responsables de la posible comisión de conductas que puedan configurar ilícitos penales, de acuerdo a los recaudos que obran en el presente expediente administrativo. Regístrese, comuníquese y publíquese. EMILIO LUCAS ÁLVAREZ ROMERO Gerente (e) de la Oficina de Supervisión de las Concesiones Forestales Maderables OSINFOR 20908 EDUCACIÓN Aceptan donaciones efectuadas a favor de la Campaæa "LÆpiz y Papel" delMinisterio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0722-2005-ED Lima, 5 de diciembre de 2005 Visto, los Memorándum Nº 2344-2005-ME/SG-OA- UA, Nº 3002-2005-ME/SG-OA-UA, Nº 2724-2005-ME/SG-OA-UA, Nº 3304-2005-ME/SG-OA-UA, emitidos por la Unidad de Abastecimiento del Ministerio de Educación; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0093-2005- ED, se aprobó la Directiva Nº 034-2005-ME-DM:“Normas para la Ejecución de la Campaña Nacional deRecolección de Materiales Educativos denominada Lápizy Papel”; disponiéndose además que la ComisiónEspecial para la Ejecución del Programa de Emergencia Educativa 2004-2006, se encargue de planificar, organizar, monitorear, reajustar y evaluar el desarrollode dicha campaña; Que, en virtud a lo anterior, diversas instituciones y entidades públicas y privadas realizaron donaciones de Materiales Educativos, en las cantidades, unidades de medida y montos detallados en el Anexo Nº 1 que formaparte de la presente Resolución; Que, resulta necesario expedir el acto administrativo correspondiente a fin de aceptar las donaciones referidas en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los DecretosSupremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar las donaciones efectuadas por las instituciones y entidades públicas y privadas segúnen el detalle adjunto en el Anexo Nº 1 (que consta deveintisiete páginas) de la presente Resolución, a favorde la Campaña “Lápiz y Papel” del Ministerio deEducación, por un valor total de S/. 364,696.69 (Trescientos Sesenta y Cuatro Mil Seiscientos Noventa y Seis y 69/100 nuevos soles). Artículo 2º.- Agradecer a las instituciones y entidades públicas y privadas por las donaciones efectuadas. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución al Ministerio de Economía y Finanzas y a la Contraloría General de la República, para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación