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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G38/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 19 de enero de 2005 Que, mediante el Informe Nº 069-2004-SUNARP- Z.R.Nº IX/OL, de fecha 5 de noviembre de 2004, la Jefa-tura de la Oficina Legal de la Zona Registral Nº IX- SedeLima remitió a la Procuraduría Pública a cargo de losAsuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, los antece-dentes de la citada solicitud de inscripción de Título con indicios de comisión de delito, para que se expida la Resolución Ministerial que autorice iniciar las accionesjudiciales contra las personas que resulten responsa-bles por la presunta comisión del delito contra la Fe Pú-blica en la modalidad de falsificación de documentos,previsto y penado en el artículo 427º del Código Penal; Que, existen indicios razonables que hacen presu- mir la comisión del delito contra la Fe Pública, por lo quecorresponde autorizar al Procurador Público, para queen representación y defensa de los intereses del Estadointerponga las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justiciay el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 del Consejode Defensa Judicial del Estado, modificado por DecretoLey Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, paraque en representación y defensa de los intereses delEstado, interponga las acciones judiciales que correspon- dan contra los que resulten responsables conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público a cargode los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 01046 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 022-2005-JUS Lima, 17 de enero de 2005 Visto el Oficio Nº 3325-2004-JUS/PPMJ, de fecha 27 de diciembre del 2004, de la Procuraduría Pública a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 053-2004/ /Z.R.NºXIII-ORT-RPV, el Registrador Público de la Zona Registral Nº XIII-Sede Tacnada cuenta a la Gerencia Registral, de la presentación de undocumento supuestamente falsificado ante el Registro de Pro-piedad Vehicular, en la solicitud de inscripción del Título Nº T- 18605-2004, de fecha 4 de noviembre de 2004; Que, mediante Oficio Nº 872- 2004-Z.R.Nº XIII-JZ, la Zona Registral Nº XIII-Sede Tacna remitió a la Procu-raduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales delMinisterio de Justicia, los antecedentes de la citada so-licitud de inscripción de Título que contiene indicios de comisión de delito, entre ellos el Oficio Nº 195-2004- SUNAT/3M0000, a efectos de que se expida la Resolu-ción Ministerial que autorice iniciar las acciones penalescontra las personas que resulten responsables por lapresunta comisión del delito contra la Fe Pública en lamodalidad de Falsificación de documentos, previsto y penado en el artículo 427º del Código Penal; Que, existiendo indicios razonables que hacen presu- mir la comisión del delito, corresponde autorizar alProcurador Público, para que en representación y de-fensa de los intereses del Estado interponga las accio-nes judiciales pertinentes;De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en los artículos 2º y 8ºdel Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del SectorJusticia y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 delConsejo de Defensa Judicial del Estado, modificado porDecreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, paraque en representación y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondien- tes contra los que resulten responsables de la presuntacomisión de delitos conforme a los fundamentos expues-tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 01047 MIMDES /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G4E/GBA /G32/G38/G31/G39/G30/G2C/G20/G4C/G65/G79/G20/G71/G75/G65/G20/G50/G72/G6F/G74/G65/G67/G65/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G4D/G65/G6E/G6F/G72/G65/G73/G64/G65/G20/G45/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G65/G6E/G64/G69/G63/G69/G64/G61/G64 DECRETO SUPREMO Nº 001-2005-MIMDES EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 28190 se aprobó la Ley que protege a los Menores de Edad de la Mendicidad; Que, es necesario aprobar el reglamento de la nor- ma mencionada en el considerando precedente; Que, toda niña, niño o adolescente tiene derecho a que se respete su dignidad y su integridad física, psíqui-ca y moral, así como requieren de una protección espe- cial a cargo del Estado, la sociedad y la familia contra toda forma de maltrato, abuso físico o mental, trato negli-gente, explotación económica y cualquier actividad no-civa a su desarrollo integral, por lo cual el Estado debeadoptar medidas apropiadas en función al interés supe-rior del niño y su calidad de sujeto de derecho, de con- formidad a lo señalado en el Artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el numeral 1) del Artí-culo 5 de la Convención Americana sobre DerechosHumanos y los Artículos 3, 4, 19 y 32 de la Convenciónsobre los Derechos del Niño; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, el inci- so 2) del Artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Leydel Poder Ejecutivo, inciso 2) del Artículo 4º de la Ley Nº27793, Ley de Organización y Funciones del Ministeriode la Mujer y Desarrollo Social, así como en el inciso b)del Artículo 12º del Reglamento de Organización y Fun- ciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por D.S. Nº 011-2004-MIMDES; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de la Ley Nº 28190, Ley que Protege a los Menores de Edad de laMendicidad, el mismo que consta de dieciocho (18) artí-culos y dos (2) Disposiciones Finales, cuyo texto anexoforma parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Deróguense o modifíquense todas las normas que se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.