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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G35/G38/G38/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 31 de enero de 2005 Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - (Marina de Guerra del Perú), efectuará los pagos que correspon-dan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Londres (REINO UNIDO) US$ 1,654.90 x 4 personas Compensación Extraordinaria por Servicio en el ExtranjeroUS$ 6,240.00 x 12 meses Gastos de Traslado: (Ida) US$ 6,240.00 x 2 Compensaciones Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 28.24 x 4 personas Artículo 3º.- El citado Técnico revistará en la Direc- ción General del Personal de la Marina de Guerra delPerú, por el período que dure la Misión Diplomática. Artículo 4º.- Facultar al Ministro de Defensa a variar la fecha de inicio y término de la misión diplomática, sin exceder el período total establecido. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 02192 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos,éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERURESOLUCIÓN SUPREMA Nº 054-2005-DE/MGP Lima, 18 de enero de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2004 DE/ SG de fecha 4 de octubre del 2004, se aprobaron loscargos que desempeñará el Personal Militar en las Agregadurías y Organismos Internacionales del Perú en el extranjero; Que, se ha determinado la necesidad de nombrar en Misión Diplomática a órdenes del Ministerio de Relacio-nes Exteriores, al Técnico 1ro. Int. Melchor REYNA Quis-pe, para que preste servicios en la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en Bolivia y concurrente en Para- guay, por el período de UN (1) año, a partir del 15 deenero del 2005; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior deservidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presu- puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, De-creto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de ene-ro del 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio del 2004 y Decreto deUrgencia Nº 015-2004 de fecha 23 de diciembre del 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar en Misión Diplomática a órde- nes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Técnico1ro. Int. Melchor REYNA Quispe, CIP 03736969, paraque preste servicios como Auxiliar en la AgregaduríaNaval a la Embajada del Perú en Bolivia y concurrente enParaguay, por el período de UN (1) año, a partir del 15 de enero del 2005.