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PÆg. 295796 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de julio de 2005 2.1.4. Descuento del 50% del monto insoluto de los Arbitrios Municipales y Tasa de Licencia de Funciona-miento de las deudas al 31 de diciembre de 2000. 2.2. OBLIGACIONES NO TRIBUTARIAS:2.2.1. Condónese el 90% del importe por concepto de Sanciones de Multas Administrativas, impuestas hastael 30 de junio del 2005, excepto aquellas Sanciones de Multas Administrativas referidas a infracciones de obras públicas y privadas. 2.2.2. Condónese el 95%, del importe por concepto de Sanciones de Multas Administrativas, impuestas hasta el 30 de junio del 2005, respeto de aquellas infracciones que hayansido subsanadas dentro del mes siguiente de constatada la infracción e impuesta la Papeleta de Infracción Municipal, para lo cual el administrado deberá presentar el documento (encopia autenticada) que acredite la subsanación de la infrac- ción. Se exceptúan las Sanciones Administrativas referidas a infracciones de obras públicas y privadas. El pago de la Sanción de Multa, no implica la interrup- ción del procedimiento que importe sanciones no pecu- niarias, o la ejecución de éstas, según sea el caso. 2.3. OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y NO TRIBU- TARIAS MATERIA DE FRACCIONAMIENTO Condónese el 100% de los reajustes e intereses moratorios que se hayan generado respecto a las cuo- tas impagas de los Contratos de Fraccionamiento sus- critos por obligaciones Tributarias y No Tributarias al 30de junio del presente año. Aquellos contribuyentes y/o administrados que ha- yan suscrito Contrato de Fraccionamiento entre el1.4.2005 y el 30.6.2005, podrán desistirse del mismo, y suscribir uno nuevo por el saldo pendiente conforme a los beneficios establecidos en los numerales preceden-tes, incluyendo, de ser el caso, obligaciones que no ha- yan sido consideradas en el contrato previo. En caso que el monto pagado por el contribuyente a la fecha de solicitud del presente beneficio, cancele en exceso la obligación, no dará derecho a devolución al- guna por parte de la municipalidad. 2.4. GASTOS Y COSTAS PROCESALES Condónese el 100% de los Gastos y Costas Procesales derivado de la tramitación de los procedimientos de Cobranza Coactiva correspondientes a obligaciones tributarias y no tri-butarias siempre que el deudor pague al contado o en forma fraccionada el total de la deuda materia de cobranza. Artículo Tercero.- VIGENCIA El presente Beneficio estará vigente del 1 de julio hasta el 27 de julio de 2005; vencido el plazo establecido, la Administración procederá a cobrar el íntegro de ladeuda tributaria y no tributaria reajustada a la fecha de pago, además de las sanciones que se deriven por el incumplimiento de la obligación formal del contribuyente,en el caso de obligaciones tributarias. Artículo Cuarto.- DESISTIMIENTO Y RECONOCI- MIENTO DE LA DEUDA El pago al contado o en forma fraccionada de las deudas señaladas en la presente Ordenanza, implica el desistimiento automático de la reclamación, reconside- ración o apelación, según sea el tipo de obligación, quepudiera existir respecto de ellas. De la misma manera, el pago de aquellas deudas implica el reconocimiento expreso de la obligación; por lo cual, el deudorno podrá presentar reclamos futuros, respecto de ellas. Artículo Quinto.- SISTEMA DE PAGO Los contribuyentes que se acojan al presente bene- ficio, podrán ser pagados de la siguiente forma: 1. Al contado; o, 2. En forma fraccionada, de acuerdo a las condicio- nes establecidas en el Decreto de Alcaldía Nº 03-99-AL/MDSM, dando una cuota inicial del 10% del monto total de la deuda. La deuda a fraccionar no deberá ser menor al 5% de la UIT vigente. El Impuesto de Alcabala sólo podrá ser cancelado al contado. Artículo Octavo.- PAGO EFECTUADO Los pagos que hubieran realizado los contribuyentes, sean al contado o en forma fraccionada, de las obligaciones con losintereses, moras o sanciones correspondientes, con anterio- ridad a la vigencia de la presente ordenanza; no podrán ser porningún motivo ser materia de devolución. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Secretaría de Imagen Insti- tucional, Gerencia de Rentas y Administración Tributa-ria, Oficina de Ejecutoria Coactiva, Subgerencia de In- formática y Subgerencia de Tesorería, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- Facúltese al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complemen- tarias necesarias para la adecuada aplicación de la pre-sente Ordenanza, así como también para establecer la prórroga de la misma. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 11880 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Condecoran con Medallas al MØrito, Vecinal y Cívica de la "Orden SantiagoApóstol " a diversas personalidades ACUERDO DE CONCEJO Nº 62-2005-ACSS Santiago de Surco, 22 de junio de 2005 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOPOR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Se- sión Extraordinaria de la fecha, en atención a la pro- puesta presentada por la Comisión Especial de la “OR-DEN SANTIAGO APÓSTOL” mediante Dictamen Nº 001- 2005, para designar a las personalidades a ser conde- coradas con la Medalla al Mérito de la referida Orden,con ocasión del 184º Aniversario Patrio; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único del Reglamento de la Condecoración “Orden Santiago Apóstol”aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 07-2000-MSS publica- do el 17DIC2000; luego de evaluada la propuesta y sometida a votación, adoptó por Unanimidad el siguiente: ACUERDO Condecorar con la Medalla al Mérito de la “ORDEN SANTIAGO APÓSTOL” con motivo del 184º AniversarioPatrio a la: Dra. DORA MARGOT ROJAS MEDINA En reconocimiento a su dedicación y celo puesto en el desempeño de sus funciones. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 11776 ACUERDO DE CONCEJO Nº 63-2005-ACSS Santiago de Surco, 22 de junio de 2005 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOPOR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Se- sión Extraordinaria de la fecha, en atención a la pro-