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PÆg. 295788 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de julio de 2005 SUNAT Aprueban formatos de "Declaración Jurada de Equipaje - Ingreso" y "De- claración Jurada de Equipaje - Salida" RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 318-2005/SUNAT/A Callao, 30 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Intendencia Nacio- nal Nº 001614 publicada el 4.7.1998 se aprobó elformato denominado “Declaración Jurada de Equipa- je” al amparo de lo dispuesto en el artículo 7º del Reglamento de Equipaje y Menaje de Casa, aproba-do por Decreto Supremo Nº 059-95-EF; Que, la Sexta Disposición Complementaria, Tran- sitoria y Final de la Ley Nº 28306, establece la obliga-ción para toda persona que ingrese y/o salga del país, nacional o extranjera, de declarar bajo jura- mento el dinero en efectivo y/o instrumentos finan-cieros que porte consigo por más de US $ 10,000,00 (Diez mil y 00/100 dólares americanos), encargando a la Superintendencia Nacional de Administración Tri-butaria la implementación, control y fiscalización de lo dispuesto; Que, en tal sentido, se estima conveniente actua- lizar el formato “Declaración Jurada de Equipaje - Ingreso”, a fin de adecuarlo a las necesidades exigi-das por la legislación vigente; y aprobar el nuevo formato “Declaración Jurada de Equipaje - Salida”necesario para ejercer los controles encargados; En uso de las facultades conferidas en la Resolu- ción de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y a lodispuesto en el inciso g) del Reglamento de Organi- zación y Funciones de la SUNAT, aprobado por De- creto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los nuevos formatos de “Declaración Jurada de Equipaje- Ingreso” y “Decla- ración Jurada de Equipaje - Salida”, que en anexoadjunto forman parte integrante de la presente reso- lución. Artículo 2º.- Autorícese a las compañías de trans- porte internacional la impresión de los formatos “Decla- ración Jurada de Equipaje - Ingreso” y “Declaración Jurada de Equipaje - Salida”, las que serán entregadasa las personas que ingresen y/o salgan del país. Artículo 3º.- Déjese sin efecto la Resolución de Intendencia Nacional Nº 001614 publicada en el Dia-rio Oficial El Peruano el 4.7.1998. Artículo 4º.- La presente resolución entrará en vigencia a los diez (10) días hábiles contados a par-tir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ARMANDO ARTEAGA QUIÑE Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas Superintendencia Nacional de Administración Tributaria REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete y deberán venirelaboradas en WORD. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU