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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (03/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 105

PÆg. 293915 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de junio de 2005 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Autorizan la realización de matrimo- nio civil comunitario en el distrito ORDENANZA Nº 143-MDS Surquillo, 27 de mayo de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO POR CUANTO:El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesión Ordina- ria de la fecha, de conformidad con lo dispuesto en elartículo 195º numerales 4) y 10) de la Constitución Polí- tica del Perú modificada por la Ley de Reforma Constitu- cional, Ley Nº 27680, el artículo 60º del Texto ÚnicoOrdenado del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tribu- tación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156- 2004-EF y los artículos 248º y siguientes del CódigoCivil, en uso de las atribuciones previstas en el numeral 3) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; y, con el voto unánime de sus miembrosy dispensa del trámite de aprobación de actas, aprobó la siguiente: ORDENANZA APRUEBA REALIZACIÓN DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO POR ANIVERSARIO DEL DISTRITO DE SURQUILLO Artículo 1º.- Objeto de la disposición: Autorícese la realización de un matrimonio civil comunitario para el día 23 de julio del año 2005, con ocasión de las celebra-ciones por el Quincuagésimo Sexto Aniversario de Crea- ción Política del distrito de Surquillo. Artículo 2º.- Reducción y Exoneración de dere- chos: Establecer en S/. 35.00 (Treinta y cinco y 00/100 nuevos soles) el pago por todo concepto que deberánabonar las parejas contrayentes que cumplan con los requisitos para participar en la ceremonia autorizada, dejándose en suspenso la tasa contenida en el TextoÚnico de Procedimientos Administrativos - Tupa, para el presente caso. Asimismo, se encuentran exonerados del pago de las tarifas respectivas por el otorgamiento de certificado médico prenupcial y consejería preventiva los contra- yentes que se inscriban para el matrimonio civil comuni-tario, encontrándose exonerados del pago del derecho por expedición de partida de nacimiento aquellos naci- dos en el distrito de Surquillo. Artículo 3º.- Dispensa de publicación: De confor- midad con lo dispuesto en el artículo 252º del CódigoCivil, autorizar al Alcalde para que dispense a los contra- yentes de la publicación del aviso por periódico del ma- trimonio civil a que alude el artículo 250º del CódigoCivil, siempre que se presenten todos los requisitos que exige el artículo 248º del Código Civil así como los requi- sitos que el TUPA exige para dicho fin, correspondiendo,en todo caso, a la Subgerencia de Registro Civil y Ce- menterio disponer la publicación del aviso respectivo en las vitrinas municipales y en el portal electrónico de laMunicipalidad de Surquillo. Artículo 4º.- Órganos ejecutantes : Encargar al se- ñor Alcalde la adopción de las acciones administrativas que correspondan a efectos de la realización del matrimo- nio civil comunitario señalado en el artículo 1º, correspon-diendo a la Gerencia Municipal y la Subgerencia de Regis- tro Civil y Cementerio su ejecución conforme a Ley. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 10189PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Modifican Ordenanza que reglamenta la participación de la sociedad civil enel Proceso de Programación del Presu-puesto Participativo 2005 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 039-2005/MDV Ventanilla, 27 de abril del 2005 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA. POR CUANTO:El Concejo Municipal del distrito de Ventanilla, visto en Sesión Ordinaria celebrada el 27 de abril del año2005, proyecto de Modificación de la Ordenanza Munici- pal Nº 014-2004/MDV-ALC, que Reglamenta la Partici- pación de la Sociedad Civil en el Proceso de Programa-ción del Presupuesto Participativo 2005; CONSIDERANDO:Que, el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma ConstitucionalNº 27680, consagra la autonomía política, económica y administrativa de las Municipalidades Provinciales y Dis- tritales en los asuntos de su competencia; “Que el artículo 20º inciso 20.1 de la Ley de Base de la Descentralización Nº 27783 señala que los gobiernos regionales y locales se sustentan y rigen por Presu-puestos Participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley, en concordancia con los pla-nes de desarrollo concertado”, con la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública Nº 27293 con sus disposi- ciones complementarias y modificatorias; y en cumpli-miento de el Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Año Fiscal 2006 Nº 001-2005-EF/76.01”; Estando a lo expuesto, con la dispensa del trámite de aprobación de actas, el Concejo Municipal aprobó por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 014-2004/MDV QUE REGLAMENTA LA PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL EN EL PROCESO DE PROGRAMACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2005 Artículo 2º.- Organizaciones de la Sociedad Civil Para fines de la presente Ordenanza se considera Or- ganizaciones de la Sociedad Civil, a las organizaciones sociales de base territorial y/o temática, así como orga-nismos e Instituciones Privadas dentro del ámbito local. Son organizaciones sociales de base territorial y/o temática, aquellas cuyos miembros residen mayoritaria-mente dentro del ámbito local tales como Juntas Directi- vas Centrales y Comités Vecinales, Clubes de Madres, Comedores Populares, Comités de Vaso de Leche, Sin-dicatos, Asociaciones de Padres de Familia, Organiza- ciones de Mujeres, de Jóvenes, las Mesas de Concer- tación de Lucha Contra la Pobreza y cualquier otra agru-pación social representativa en la localidad. Los Organismos e Instituciones privadas son todas las organizaciones, instituciones y demás entidades pri-vadas promotoras del desarrollo, tales como universi- dades, colegios profesionales, asociaciones civiles, or- ganizaciones no gubernamentales de desarrollo, cáma-ras de comercio, asociaciones o gremios empresaria- les, laborales, de productores o comerciantes, organis- mos de cooperación técnica internacional, fundaciones,iglesias, entre otras con presencia en la jurisdicción.