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PÆg. 294751 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de junio de 2005 DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.- Las normas contenidas en la presente Ley rigen para los procesos judiciales que se inicien a partir desu vigencia. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veintisiete días del mes de mayo de dos mil cinco. ÁNTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la República NATALE AMPRIMO PLÁ Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de junio del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 11056 LEY N” 28545 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE REGULA LA ELECCIÓN DE LOS JUECES DE PAZ Artículo 1º.- Disposiciones generales Los Jueces de Paz acceden al cargo por elección directa y democrática, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 152º de la Constitución Política del Estado. La Sala Plena de cada Corte Superior de Justicia determinará, de conformidadcon la presente Ley, la modalidad de elección aplicable en los Juzgados de Paz de su jurisdicción. Los Jueces de Paz se rigen por la Ley Orgánica del Poder Judicial en lo que fuera pertinente. Los Magistrados, funcionarios y demás integrantes del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Policía Nacionaldel Perú, de los Gobiernos Locales y Regionales prestarán a los Jueces de Paz el apoyo que éstos requieran para el adecuado cumplimiento de sus funciones jurisdiccionales. Artículo 2º.- Procedimiento generalDos (2) meses antes de que expire el mandato del Juez de Paz, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia oficiará al alcalde distrital, al presidente de la comunidad o al agente municipal del centro poblado menor para que convoque a losvecinos de la localidad a una elección directa y democrática. En las comunidades campesinas y nativas que cuenten con Juzgados de Paz, las elecciones se llevarán conforme a sususos y costumbres. Posteriormente cada Corte Superior de Justicia revisará que las personas elegidas cumplan los requi- sitos establecidos en la presente Ley. Artículo 3º.- Intervención excepcional de organis- mos electorales En casos excepcionales, debido a la mayor población u otras razones que lo justifiquen, la Sala Plena de cadaCorte Superior señalará los Juzgados de Paz donde la elección deberá llevarse a cabo con la intervención de los organismos electorales. Esta elección será convocada por el Presidente del Poder Judicial y se llevará a cabo con la intervención de los organismos que conforman el sistema electoral, de confor- midad con las atribuciones establecidas en los artículos178º, 182º y 183º de la Constitución, en coordinación con cada Corte Superior de Justicia. Para tal efecto, deberá fijarse de común acuerdo el cronograma correspondiente. Artículo 4º.- Plazo del mandatoLos Jueces de Paz ejercen sus funciones por un perío- do de dos (2) años, pudiendo ser reelegidos. Artículo 5º. - Requisitos del candidato a Juez de PazLos candidatos a Juez de Paz deben reunir los siguien- tes requisitos: 1. Ser peruano de nacimiento y mayor de 25 años. 2. Acreditar que reside por más de tres (3) años conti- nuos en la circunscripción a la que postula. 3. Saber leer y escribir. 4. No estar incurso en ninguna incompatibilidad esta- blecida por ley. 5. Tener ocupación conocida. 6. Tener dominio, además del idioma castellano, del quechua, del aimara o la lengua que predomine en el lugar donde va a ejercer el cargo. 7. Tener conducta intachable y reconocimiento en su comunidad. Artículo 6º.- Jueces de Paz AccesitariosSerán proclamados Jueces de Paz Accesitarios los que alcancen la segunda y tercera votación más alta y serán los que reemplacen al Juez de Paz, en casos de vacanciadel cargo, ausencia, licencia o vacaciones. Artículo 7º.- Resolución de controversiasLa Sala Plena de la Corte Superior es la autoridad compe- tente para resolver en última instancia las controversias que se planteen durante el proceso electoral. En los casos enque el proceso electoral se lleva a cabo por la ONPE, resuel- ven en última instancia los órganos del sistema electoral. Artículo 8º. - Norma derogatoriaDeróganse las Leyes núms. 27539, 28035 y las demás que se opongan a la presente Ley. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS PRIMERA.- Normas reglamentarias Dentro de los treinta (30) días siguientes a la publica- ción de la presente Ley, el Poder Judicial dictará las nor-mas reglamentarias que se requieran para llevar a cabo las elecciones de Jueces de Paz. Para la reglamentación de las elecciones por los casos excepcionales a los que serefiere el artículo 3º de la presente Ley, el Poder Judicial deberá coordinar con los organismos electorales. Los organismos electorales dictarán las normas regla- mentarias necesarias para las elecciones por los casos excepcionales a los que se refiere el artículo 3º de la pre- sente Ley, en el marco de sus competencias. SEGUNDA.- Intervención supletoria del Poder Judi- cial En los Juzgados de Paz donde deba realizarse la elec- ción de Jueces con intervención de los organismos electora- les, en tanto no existan las condiciones materiales y económi-cas para llevar a cabo dicha elección, el Poder Judicial desig- nará a los Jueces de Paz, teniendo en cuenta la opinión de las autoridades locales y de la población usuaria. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veintisiete días del mes de mayo de dos mil cinco. ÁNTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la República NATALE AMPRIMO PLÁ Primer Vicepresidente del Congreso de la República