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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (16/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 7

PÆg. 294753 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de junio de 2005 En Lima, a los veintisiete días del mes de mayo de dos mil cinco. ÁNTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la República NATALE AMPRIMO PLÁ Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de junio del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 11058 LEY N” 28547 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DEROGA LA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA ÚNICA DE LA LEY N” 28528 - LEY QUE REGULA EL TRASLADO DE MERCANC˝AS CON DESTINO A LA ZOFRATACNA, LOS CETICOS Y TERCEROS PA˝SES Artículo único.- Deroga Disposición Complementa- ria Única de la Ley Nº 28528 Derógase la Disposición Complementaria Única de la Ley Nº 28528, que regula el traslado de mercancías condestino a la Zofratacna, los Ceticos y terceros países. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los quince días del mes de junio de dos mil cinco. ÁNTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la República NATALE AMPRIMO PLÁ Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de junio del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 11059Decreto de Ampliación de la Convocatoria de la Segunda Legislatu-ra Ordinaria del Período Anual de Se-siones 2004-2005 El Presidente del Congreso de la República; CONSIDERANDO: Que, el artículo 49º del Reglamento del Congreso de la República establece que el período anual de sesiones comprende dos legislaturas ordinarias; Que, según el inciso b) de la norma reglamentaria cita- da, la segunda legislatura ordinaria del período anual de sesiones 2004 - 2005 debe culminar el 15 de junio de2005; Que, durante el receso parlamentario funciona la Comi- sión Permanente, cuyas funciones son establecidas por losartículos 99º, 100º y 101º de la Constitución Política del Perú; Que, sin perjuicio de las funciones ordinarias que debe desarrollar la Comisión Permanente durante el receso parla-mentario, hay importantes proyectos de ley y otros asuntos que deben ser tratados por el Pleno del Congreso de la República, algunos de los cuales no pueden ser objeto dedelegación de facultades legislativas a la Comisión Perma- nente, según lo establecido por el segundo párrafo del inciso 4 del artículo 101º de la Constitución Política del Perú; Que, asimismo, se debe tener en cuenta la norma con- tenida en el artículo 105º de la Constitución Política del Perú, sobre la naturaleza preferencial de los proyectos deley remitidos con carácter de urgencia por el Poder Ejecu- tivo, así como aquellos a que se refiere el inciso c) del artículo 54º del Reglamento del Congreso de la República; EJERCIENDO la facultad de ampliación de la convoca- toria de cualquiera de las legislaturas ordinarias, prevista en el último párrafo del artículo 49º del Reglamento delCongreso; DECRETA:Amplíase la convocatoria de la segunda legislatura or- dinaria del período anual de sesiones 2004 - 2005, desdeel 16 de junio hasta el 30 de junio de 2005, con la finalidad de que el Pleno se reúna para tratar los siguientes asuntos materia de la agenda fija: 1. Los proyectos de ley y de resolución legislativa cuya materia se encuentre comprendida en la Agenda Legislati-va 2004 - 2005, aprobada mediante Resolución Legislati- va del Congreso Núm. 005-2004-CR. 2. Los dictámenes, los informes, las reconsideraciones, los allanamientos y las insistencias y los proyectos de leyes de reforma constitucional que se encuentren en la agenda del Pleno del 15 de junio de 2005, cuyas materias no estáncomprendidas en la Agenda Legislativa 2004 - 2005, apro- bada mediante Resolución Legislativa del Congreso Núm. 005-2004-CR. 3. Los proyectos de ley enviados por el Poder Ejecuti- vo, con carácter de urgencia. 4. Los asuntos previstos por el inciso c) del artículo 54º del Reglamento del Congreso de la República. 5. Las mociones de orden del día, a las que se refiere el artículo 68º del Reglamento del Congreso de la Repúbli-ca. 6. La elección de un Magistrado del Tribunal Consti- tucional y la reconsideración presentada sobre la votaciónpara la elección del Defensor del Pueblo. 7. La delegación de facultades legislativas a la Comi- sión Permanente durante el receso parlamentario. 8. Los demás asuntos que determine la Junta de Por- tavoces mediante el procedimiento de ampliación de agen- da, según lo establecido por el inciso 3) del artículo 31-Adel Reglamento del Congreso de la República. Dado en Lima, en el Palacio del Congreso, a los quince días del mes de junio de dos mil cinco. Publíquese y cúmplase. ÁNTERO FLORES - ARÁOZ E. Presidente del Congreso de la República 11048