Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (26/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 46

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G35/G34/G39/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 26 de junio de 2005 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G72/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G64/G65 /G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/GF3/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G69/G2D/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G41/G6C/G69/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G79/G20/G42/G65/G62/G69/G64/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/GC1/G72/G65/G61/G73/G64/G65/G20/G55/G73/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000014-2005/MDSJM San Juan de Miraflores, 9 de junio del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Visto: El Informe Nº 035-05-MDSJM-GM-GDE de la Gerencia de Desarrollo Económico; Memorándum Nº 611-2005-MDSJM/GM de la Gerencia Municipal; In- forme Nº 127-05-MDSJM/GM/OAJ de la Oficina de Ase-soría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000016-2004/ MDSJM de fecha 9.8.2004, publicado el 19.9.2004 en elDiario Oficial El Peruano, se aprobó la Ordenanza que regula la Comercialización de Alimentos y Bebidas en Áreas de Uso Público en la jurisdicción del distrito deSan Juan de Miraflores; Que, siendo necesario establecer las disposiciones específicas a fin de reglamentar el proceso de autoriza-ción de las actividades comprendidas en la Ordenanza acotada y de acuerdo a las facultades conferidas en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - LeyNº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR las normas reglamen- tarias a la Ordenanza Municipal Nº 000016-2004/MDSJM,normas reglamentarias establecidas en el “Reglamento a la Comercialización de Alimentos y Bebidas en Áreas de Uso Público”, que consta de 24 artículos, documentoque en anexo forma parte constitutiva del presente De- creto. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de De- sarrollo Económico, Gerencia de Rentas, Gerencia de Informática y Estadística, Subgerencia de Comerciali- zación y Defensa al Consumidor el cumplimiento de lapresente norma. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PAULO HINOSTROZA GUZMAN Alcalde REGLAMENTO A LA COMERCIALIZACIÓN DE ALIMENTOS Y BEBIDAS EN ÁREAS DE USO PÚBLICO BASE LEGAL: - Art. 194º de la Constitución Política del Perú. - Art. III, y 83º de la Ley Orgánica de Municipalida- des - Ley Nº 27972. - Ordenanza Municipal Nº 000016-2004/MDSJM.- Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444. DISPOSICIONES GENERALES Artículo Primero.- El presente Reglamento nor- ma la naturaleza finalidad funciones y requisitos yprocedimiento tendiente a la obtención de autoriza-ción para la comercialización de alimentos y bebidas en áreas de uso público del distrito de San Juan deMiraflores. OBJETIVO Artículo Segundo.- Garantizar el respeto a los de- rechos de los vecinos del distrito y a la preservación dela limpieza, ornato, seguridad, orden y tranquilidad de la comunidad Sanjuanina. FINALIDAD Artículo Tercero.- Establecer las normas específi- cas y procedimientos para el otorgamiento de la autori- zación a los particulares, que los habilite para el ejercicio de sus actividades en áreas de uso público, de acuerdoa la Ordenanza Municipal Nº 000016-2004/MDSJM, en concordancia con el uso adecuado de los espacios pú- blicos y el respeto a las normas imperativas de ornatosalubridad y seguridad pública. DE LA AUTORIZACIÓN MUNICIPAL Artículo Cuarto.- Que, de conformidad a lo esta- blecido en el artículo tercero de la Ordenanza Muni-cipal Nº 000016-2004/MDSJM queda sujeto a Autori- zación Municipal la comercialización de los siguien- tes rubros: 1.- Emolientes, quinua, maca, café, mates y produc- tos complementarios; 2.- Anticuchos, pancitas, mollejas, chunchuli, rachi, sus derivados y complementos; 3.- Picarones, salchipapas;4.- Mazamorras, crema volteada, leche asada, arroz con leche, sanguito y afines; 5.- Comidas, jugos y frutas preparadas6.- Sandwiches, empanadas, pasteles y otros afi- nes. Artículo Quinto.- La Autorización Municipal se acre- ditará mediante LA CREDENCIAL que otorgará la muni- cipalidad para la comercialización de alimentos y bebi-das en áreas de uso público, la misma que es personal e intransferible en la que se consignarán los siguientes datos: 1.- Nombre y apellidos; 2.- Ubicación, rubro que se autoriza comercializar y horario autorizado; 3.- Fecha de vigencia; 4.- Numero de D.N.I. Artículo Sexto.- La Autorización Municipal ten- drá vigencia de un año desde la fecha de su otorga-miento, debiendo el interesado tramitar su renova- ción con treinta (30) días de anticipación a su venci- miento, vencido el plazo de vigencia de la Autoriza-ción Municipal la ubicación y horario autorizados po- drán ser solicitados por otra persona. Si el titular por motivos particulares no pudiera seguir trabajandodeberá poner tal hecho en conocimiento de la muni- cipalidad a efectos de dar de baja la Autorización Municipal respectiva. Artículo Séptimo.- Si realizados los procedimientos de control se verifica en tres oportunidades continuas que el comerciante autorizado no se encuentra en elespacio asignado se procederá a revocar la Autoriza- ción Municipal respectiva. Artículo Octavo.- La vigencia de la Autorización Mu- nicipal es de carácter temporal, estando condicionada a modificaciones de carácter urbano, de ornato, vial y/o de tránsito. DE LA TRAMITACIÓN Artículo Noveno.- El trámite para la obtención y/o renovación de la Autorización Municipal es de carácter