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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MARZO DEL AÑO 2005 (10/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G37/G31/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 10 de marzo de 2005 - Doctor JUAN RICARDO VICTOR SOTOMAYOR GARCÍA, representante de los Gobiernos Locales Dis-tritales; - Señor ROBERTO ANGEL FARRO JARA y señor CARLOS ALBERTO LABO REVOREDO, representan- tes titular y alterno, respectivamente del Círculo de Perio-distas Deportivos del Perú; - Señorita CARMEN INÉS VEGAS GUERRERO y señor NICOLÁS ANTONIO ZEVALLOS TRIGOSO, re-presentantes titular y alterno, respectivamente, del Con- sejo Nacional de la Juventud - CONAJU." 05207 AGRICULTURA /G46/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G53/G45/G4E/G41/G53/G41/G20/G61/G20/G65/G78/G70/G65/G64/G69/G72/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G69/G6D/G70/G6F/G72/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G6C/G61/G67/G75/G69/G63/G69/G64/G61/G73/G66/G6F/G72/G6D/G75/G6C/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G62/G61/G73/G65/G20/G61/G20/G42/G72/G6F/G6D/G75/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/G65/G2D/G74/G69/G6C/G6F/G20/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73/G20/G66/G75/G6D/G69/G67/G61/G64/G6F/G72/G61/G73 DECRETO SUPREMO Nº 014-2005-AG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, se creó el Servicio Nacionalde Sanidad Agraria -SENASA- como ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, la Ley Nº 27322, Ley Marco de Sanidad Agra- ria, señala que el SENASA es la Autoridad Nacional enSanidad Agraria, la que tiene entre sus objetivos el desa-rrollo de las actividades y servicios fito y zoosanitarias,orientados al incremento de la producción y productividad agropecuaria; así como promover las condiciones sani- tarias favorables para el desarrollo sostenible de la agro-exportación; Que, mediante Decreto Supremo Nº 048-2001-AG, se aprueba el Reglamento General de la Ley Marco deSanidad Agraria, el cual en su Artículo 41º señala que la certificación de fitosanitaria de plantas, productos vege- tales y otros artículos reglamentados destinados a laexportación, se regirá por las normas que dicte el SE-NASA y por disposiciones contenidas en los Tratadosy/o Convenios Internacionales suscritos por el país parael intercambio comercial; Que, considerando la existencia de plagas cuarentenarias de importancia económica que afectan alas especies forestales, la Convención Internacional deProtección Fitosanitaria - CIPF emitió la Norma Interna-cional de Medida Fitosanitaria - NIMF Nº 15, referida alas Directrices para reglamentar el embalaje de madera utilizado en el comercio internacional; Que, en las actividades del comercio internacional, el uso de embalajes de madera ocupa un lugar preponde-rante; por lo que la aplicación de la NIMF Nº 15 tiene ungran impacto no sólo en el comercio de productos agrope-cuarios, sino en el comercio internacional en general; Que, a la fecha, los países miembros de la CIPF han adoptado la norma, entre ellos países importadores deproductos peruanos, motivo por el cual se hace necesa-rio adoptar las medidas correspondientes a fin de podercumplir con los compromisos de exportación asumidospor el país, entre ellos la implementación de servicios de tratamientos cuarentenarios aceptados en la NIMF Nº 15; Que, uno de los dos tratamientos cuarentenarios aceptados implica el uso de productos formulados basede bromuro de metilo, no existiendo actualmente plagui-cida con dicho ingrediente activo que tenga registro vi- gente en el país que posibilite su importación; por lo que resulta necesario que se dicten normas temporales deemergencia que posibiliten su importación sin poner enriesgo la salud pública; Que, el Bromuro de metilo está comprendido dentro de los alcances del protocolo de Montreal, firmado en 1987 y ratificado por el Perú en marzo de 1993, mediante el cual se establece el compromiso de su eliminacióngradual en determinados plazos; no obstante ello, el Pro-tocolo menciona que mientras no se encuentre una al-En el Artículo 1º: DICE: "Designar a las siguientes personas como miembros del Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte -IPD: - Señor JOSÉ CARLOS QUIÑONES GONZALEZ y señor EDMUNDO JARAMILLO ORBEGOSO, representantes de las Federaciones Deportivas Na- cionales; - Señor JOSÉ ELGAR MARREROS SAUCEDO, re- presentante de los Gobiernos Locales Provinciales; - Doctor JUAN RICARDO VICTOR SOTOMAYOR GARCÍA, representante de los Gobiernos Locales Dis- tritales; - Señorita CARMEN INÉS VEGAS GUERRERO y señor NICOLÁS ANTONIO ZEVALLOS TRIGOSO, re-presentantes titular y alterno, respectivamente, del Con-sejo Nacional de la Juventud - CONAJU. De esta manera, el Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte, queda conformado a la fecha de lasiguiente manera: - Señor IVÁN CÉSAR DIBÓS MIER, Presidente del Consejo Directivo; - Señor SANTIAGO ORLANDO MELLO FERREYRA y señor RAFAEL GUIDO ESPINOZA CÁCERES, repre-sentantes del Ministerio de Educación; - Señor JOSÉ CARLOS QUIÑONES GONZALEZ y señor EDMUNDO JARAMILLO ORBEGOSO,representantes de las Federaciones Deportivas Na- cionales; - Señor JOSÉ ELGAR MARREROS SAUCEDO, re- presentante de los Gobiernos Locales Provinciales; - Doctor JUAN RICARDO VICTOR SOTOMAYOR GARCÍA, representante de los Gobiernos Locales Dis-tritales; - Señorita CARMEN INÉS VEGAS GUERRERO y señor NICOLÁS ANTONIO ZEVALLOS TRIGOSO, re-presentantes titular y alterno, respectivamente, del Con-sejo Nacional de la Juventud - CONAJU." DEBE DECIR: "Designar a las siguientes personas como miembros del Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte -IPD: - Señor JOSÉ CARLOS QUIÑONES GONZALEZ y señor EDMUNDO JARAMILLO ORBEGOSO, representantes de las Federaciones Deportivas Na-cionales; - Señor JOSÉ ELGAR MARREROS SAUCEDO, re- presentante de los Gobiernos Locales Provinciales; - Doctor JUAN RICARDO VICTOR SOTOMAYOR GARCÍA, representante de los Gobiernos Locales Dis- tritales; - Señor ROBERTO ANGEL FARRO JARA y señor CARLOS ALBERTO LABO REVOREDO, representan-tes titular y alterno, respectivamente del Círculo de Perio-distas Deportivos del Perú; - Señorita CARMEN INÉS VEGAS GUERRERO y señor NICOLÁS ANTONIO ZEVALLOS TRIGOSO, re-presentantes titular y alterno, respectivamente, del Con-sejo Nacional de la Juventud - CONAJU. De esta manera, el Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte, queda conformado a la fecha de lasiguiente manera: - Señor IVÁN CÉSAR DIBÓS MIER, Presidente del Consejo Directivo; - Señor SANTIAGO ORLANDO MELLO FERREYRA y señor RAFAEL GUIDO ESPINOZA CÁCERES, repre-sentantes titular y alterno, respectivamente, del Ministe-rio de Educación; - Señor GUILLERMO ISAAC ALARCÓN MENÉNDEZ como representante del Ministerio del Interior; - Señor JOSÉ CARLOS QUIÑONES GONZALEZ y señor EDMUNDO JARAMILLO ORBEGOSO, represen-tantes de las Federaciones Deportivas Nacionales; - Señor JOSÉ ELGAR MARREROS SAUCEDO, re- presentante de los Gobiernos Locales Provinciales;