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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (14/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 2

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G34/G31/G36/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 14 de noviembre de 2005 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F MINCETUR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C /G4D/G49/G4E/G43/G45/G54/G55/G52/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G33/G32/GBA/G4D/G75/G65/G73/G74/G72/G61/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G74/G65/G73/G61/G6E/GED/G61/G54/G72/G61/G64/G69/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/GE1/G20/G65/G6E/G20/G43/G68/G69/G6C/G65 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 356-2005-MINCETUR/DM Lima, 10 de noviembre de 2005 Visto, la solicitud de Autorización de Viaje Nº 35, de fecha 3 de noviembre de 2005, del Viceministerio deTurismo; CONSIDERANDO:Que, del 17 de noviembre al 4 de diciembre de 2005, se llevará a cabo en la ciudad de Santiago, República deChile, la "32º Muestra Internacional de ArtesaníaTradicional", organizada por el Programa de Artesaníade la Pontificia Universidad Católica de Chile, con el finde promover auténticas expresiones de carácter culturaly gastronómico de calidad, incentivar la creación denuevos emprendimientos artesanales y propiciar elcontacto y venta al detalle de artesanías; Que, cada año la Muestra Internacional se dedica a un tema o expresión artesanal determinado, habiendoelegido este año al Perú como país anfitrión, con el tema"Perú: Maestros de la Tradición"; en tal sentido, elMINCETUR, a través de la Dirección Nacional deArtesanía, presentará una Exposición de obrasartesanales, para lo cual ha seleccionado a los artesanosde diversos rubros de la artesanía peruana; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo formula, propone, dirige, ejecuta y evalúa la política dedesarrollo de la actividad turística y artesanal y a travésde la Dirección Nacional de Artesanía propicia eldesarrollo de las inversiones y la competitividad en laactividad artesanal en el mercado local e internacional; Que, por lo expuesto, el Viceministro de Turismo solicita que se autorice el viaje del Sr. Raúl Solón CastañedaIeva, profesional que presta servicios en la DirecciónNacional de Artesanía, para que en representación delMINCETUR, participe en el mencionado eventoefectuando el montaje de la Exposición y actuando comosoporte técnico de los artesanos expositores; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27790 y 27619, el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y elDecreto de Urgencia Nº 015-2004, modificado por elDecreto de Urgencia Nº 025-2005; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Santiago, República de Chile, del señor Raúl Solón Castañeda Ieva,profesional que presta servicios en el Viceministerio deTurismo, para que, en representación del MINCETUR,participe en la "32º Muestra Internacional de ArtesaníaTradicional" que se realizará en dicha ciudad, del 14 al24 de noviembre de 2005. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el PliegoPresupuestal del Ministerio de Comercio Exterior yTurismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 660,00 Viáticos (US$ 200,00 x 11 días) : US$ 2 200,00Tarifa Corpac : US$ 28,24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el profesional cuyo viajese autoriza, deberá presentar al Titular del Sector uninforme detallado sobre las acciones realizadas y losresultados obtenidos en el evento al que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o derechosaduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 19182 ECONOMÍA Y FINANZAS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C /G53/G41/G54/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61 /G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 577-2005-EF/10 Lima, 10 de noviembre de 2005 Visto el Oficio N° 1717-2005-PP-EF/16 del Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministeriode Economía y Finanzas; CONSIDERANDO:Que, el Consorcio T y T S.A.C. Jackson & Sons interpuso Recurso de Apelación contra la Resolución deDeterminación Nº 486-2002-MDSCC-H/L emitida por laMunicipalidad Distrital de Santa Cruz de Cocachacra -Huarochirí, por omisión al pago del Derecho de ObrasPúblicas y contra la Resolución de Multa Nº 025-2002-MDSCC-A/L, por iniciar obras de rehabilitación sinautorización municipal; Que, mediante Proveído Nº 757-1-2002 del 14 de mayo de 2002, se requirió a la mencionada Municipalidad si larecurrente había interpuesto recurso de reclamación contralos valores materia de la apelación de puro derecho yasimismo, que enviara copia autenticada de las OrdenanzasNºs 01-MDSCC, 03-MPM y 017-MDSCC, indicando sufecha de publicación en el diario encargado de la publicaciónde anuncios judiciales, así como su correspondienteratificación por la Municipalidad Provincial respectiva; Que, mediante Resolución del Tribunal Fiscal Nº 03842- 1-2002 del 16 de julio de 2002, se señala que laAdministración remitió el escrito de 10 de julio de 2002,sin haber cumplido con acompañar al mismo losdocumentos solicitados en el Proveído señalado en elConsiderando precedente, razón por la cual se remitiólos actuados a la Administración, a fin que procedaconforme al requerimiento efectuado; Que, mediante Resolución del Tribunal Fiscal Nº 06629- 1-2002 de fecha 15 de noviembre de 2002, se señalaque mediante escrito ingresado a dicho Tribunal el 2 deoctubre de 2002, dicha Administración sólo remite copiasimple de las Ordenanzas Nºs. 01-MDSCC y 017-MDSCC y la Resolución de Alcaldía Nº 125-2002/ALC-MPH-M emitida por la Municipalidad Provincial deHuarochirí, que ratifica el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos de la Municipalidad Distrital de Santa Cruzde Cocachacra de 1999, omitiendo enviar la totalidad dela documentación solicitada, así como el original delrecurso de apelación, los valores recurridos y elExpediente Nº 2056-2002 remitido mediante OficioNº 4346-2002-EF/41.01 del 19 de agosto de 2002, por loque resuelve remitir los actuados a la citada MunicipalidadDistrital, a fin que cumpla con el requerimiento efectuado; Que, mediante Resolución del Tribunal Fiscal Nº 00164- 1-2005 de fecha 11 de enero de 2005, se requiere a laAdministración que cumpla con remitir la totalidad de lainformación y/o documentación solicitada, en el plazo decinco días hábiles contados a partir del día siguiente denotificada dicha resolución, así como se dispone remitir éstaal Procurador Público del Ministerio de Economía y Finanzas;