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PÆg. 304602 NORMAS LEGALES Lima, domingo 20 de noviembre de 2005 POR CUANTO EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO Vistos, en Sesión Extraordinaria de fecha 17 de noviembre de 2005, los Dictámenes Nº 27-2005-ADM-FIN/MSI y Nº 049-2005-CAJ/MSI, de las Comisiones de Administración y Finanzasy Asuntos Jurídicos respectivamente, y; CONSIDERANDO: Que, el Memorando Nº 258-2005-11-GPP/MSI de fecha 10 de noviembre de 2005 emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto sobre el Proceso delPresupuesto Participativo Institucional 2006 solicita laaprobación de la Ordenanza correspondiente. Que, los artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modificada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización, establecen que las municipalidadespromuevan, apoyan y reglamentan la participación vecinalen el desarrollo local, formulen sus presupuestos con laparticipación de la población y rindan cuenta de su ejecuciónanualmente bajo responsabilidad, conforme a ley. Que, el artículo 53º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que las municipalidades se rigen porpresupuestos participativos anuales como instrumentos deadministración y gestión, los cuales se formulan, aprueban yejecutan conforme a la ley de la materia y en concordanciacon los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. Que, la Decimosexta Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, dispone que lasmunicipalidades regularán mediante Ordenanza losmecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos. Que, el Concejo Municipal tiene la atribución de aprobar las normas que garanticen, una efectiva participación vecinal, conforme a lo señalado en el artículo 9º inciso 14) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Que, habiéndose considerado para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo Institucional 2006, el“Plan de Gobierno San Isidro 2003 - 2006” aprobado medianteAcuerdo de Concejo Nº 002-2003-MSI de fecha 3 de enero de 2003; el “Plan Maestro”, aprobado por Resolución de Alcaldía Nº 175-2003-ALC/MSI, de fecha 13 de junio de 2003y el “Plan Estratégico 2003-2006” aprobado por Acuerdo deConcejo Nº 049-2003-MSI de fecha 11 de junio de 2003,siendo este último un componente del Plan Maestro; y, De conformidad con lo establecido en los artículos 9º numerales 8) y 14) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por Unanimidad y con dispensa del trámite deaprobación del Acta, por unanimidad aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE REGLAMENTAN EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO INSTITUCIONAL 2006 Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Institucional 2006; que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Alcaldía a dictar las medidas y normativas complementarias para el correctodesarrollo de las acciones del Proceso Participativo delPresupuesto Institucional 2006. Artículo Tercero.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en elDiario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- DERÓGUESE la Ordenanza Nº 081- MSI “Reglamenta el Proceso Participativo del PresupuestoInstitucional 2005” y el Decreto de Alcaldía Nº 013-2004- ALC/MSI “Aprueban el Reglamento Interno del Proceso Participativo del Presupuesto Institucional 2005”. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. En San Isidro a los dieciocho días del mes de noviembre de 2005. JORGE SALMON JORDAN Alcalde REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO INSTITUCIONAL 2006 TÍTULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1º.- BASE LEGAL La presente ordenanza está basada en el siguiente Marco Legal:- Constitución Política del Perú. - Ley Nº 27783 “Ley de Bases de la Descentralización”.- Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”.- Ley Nº 27293 “Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública” y disposiciones complementarias y modificatorias. - Ley Nº 28056 “Ley Marco del Presupuesto Participativo”. - Decreto Supremo Nº 171-2003-EF que aprueba el “Reglamento de la Ley Nº 28056 - Ley Marco delPresupuesto Participativo”. - Instructivo Nº 001-2005-EF/76.01 “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2006”. Artículo 2º .- OBJETO La presente Ordenanza tiene por objeto Reglamentar el Proceso del Presupuesto Participativo Institucional 2006, estableciendo y regulando los mecanismos y procedimientospara el desarrollo del mencionado Proceso, con la finalidad degarantizar la mayor participación de los representantes de laSociedad Civil Organizada y Entidades de Gobierno Nacional. Artículo 3º.- ÁMBITO El ámbito de aplicación de la presente ordenanza es el distrito de San Isidro. TÍTULO II DE LAS ACTIVIDADES DE DIFUSIÓN Y SENSIBILIZACIÓN Artículo 4º.- DE LA ACTIVIDADES DE DIFUSIÓN La Gerencia de Comunicaciones y Participación Vecinal en coordinación con el Consejo de Coordinación Local, esla encargada de llevar a cabo las actividades de difusión ysensibilización sobre la importancia de la participación ciudadana en los procesos participativos, así como de las normas que señalen su cumplimiento. El Consejo de Coordinación Local es el encargado de promover la participación y el respeto a los acuerdosadoptados en el Proceso del Presupuesto ParticipativoInstitucional 2006. TÍTULO III DE LOS AGENTES PARTICIPANTES Artículo 5º.- DE LOS AGENTES PARTICIPANTES Los Agentes Participantes son quienes participan con voz y voto, en la discusión y/o toma de decisiones en el Proceso del Presupuesto Participativo, están facultados a proponer, opinar y aprobar los proyectos a ser consideradoscomo parte del Presupuesto Participativo. Está integrado por los miembros del Consejo de Coordinación Local, un representante por cada Entidad deGobierno Nacional que participe, y los representantes de la Sociedad Civil Organizada debidamente inscritos en el Libro de Registros de Participantes, situación necesariapara participar en el proceso Asimismo, integran también los Agentes Participantes, el Equipo Técnico de soporte del Proceso que participacon voz pero sin voto. Artículo 6º.- DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL El Consejo de Coordinación Local es un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidad del distritode San Isidro. Está integrado por el Alcalde, quien lo preside,los regidores distritales y por cuatro (4) miembros querepresentan a las organizaciones sociales de base,asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel distrital, con las funciones y atribucionesque le señala la Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo 7º.- DE LA SOCIEDAD CIVIL ORGANIZADA Comprende a las Organizaciones Sociales de base territorial o temática, así como a Organismos e InstitucionesPrivadas dentro del ámbito del distrito de San Isidro. Son Organizaciones Sociales de base territorial o temática, aquellos cuyos miembros residen en el distrito de San Isidro, tales como juntas y comités vecinales, clubes de madres,comités de vaso de leche y cualquier otra agrupación socialrepresentativa del distrito, debidamente registrada en elProceso del Presupuesto Participativo Institucional 2005. Los Organismos e Instituciones privadas son todas las organizaciones, instituciones y demás entidades privadas promotoras del desarrollo, tales como universidades, colegiosprofesionales, organizaciones no gubernamentales, cámaras decomercio, asociaciones o gremios empresariales, laborales,