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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (09/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 60

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G39/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 9 de setiembre de 2005 1) Construcción canal Principal Irrigación Sora Umasi, 2) Construcción Canal Lateral CL-4, CL-4.1, CL-4.2 Irrigación Sora Umasi; Mejoramiento y Construcción Canal Principal Irrigación Cabanilla y 4) Construcción CanalPrincipal Irrigación Yanarico. Que, del Informe Técnico Nº 02-2005/GR-PUNO/ PRORRIDRE-PRASTER se evidencia que, tras la realización de un Concurso Público Nacional para la Contratación de Servicio de Alquiler de Maquinaria previamente convocadoen el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE) resultó ganador del concurso el CONSORCIO AL DIMMA conformado por Dimmacos S.A.C.y Algísa Representaciones S.A.C.) otorgándosele así la buena pro en fecha 19 de mayo del 2005, proceso llevado a cabo en presencia de Notario Público la Dra. Eva MarinaCenteno Zavala. Que, pese ha haberse requerido al CONSORCIO AL DIMMA el cumplimiento de los plazos para la suscripcióndel Contrato, ésta no ha cumplido con presentarse a la suscripción del mismo, procediendo ha declararse desierto el proceso de selección por Resolución DirectoralNº 048-GR PUNO PRORRIDRE PRASTER de fecha 16 de junio del 2005, por no haber un segundo lugar y/o postor, hecho que ha conllevado a un retrazo excesivode tres meses esto es junio, julio y agosto del 2005. Que, a si mismo; del Informe Técnico No 02-2005/ GR-PUNO/PRORRIDRE-PRASTER; se tiene del Ítem 1.9(De Los Antecedentes) que; "se localiza la disponibilidad de maquinaria de Entidades Públicas (Gobiernos Locales y otros) a UN COSTO MENOR, EN CONDICIONESÓPTIMAS Y APROPIADAS PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS". Que, la Ley Nº 26850 y su respectiva modificatoria (Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado), en su Art. 19º Inc. a) establece que: "Están exonerados de Licitación Pública y Concurso Público las adquisicionesy contrataciones que se realicen: entre entidades del Sector Público, de acuerdo a los criterios de economía que establezca el reglamento". Que, la precitada norma legal en su Art. 20º Inc. c) establece que, "todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del Art. 19º, se aprobaránmediante: Acuerdo del Consejo Regional o del Consejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Regionales o Locales. La Facultad de Aprobar exoneraciones esindelegable. Las Resoluciones o Acuerdos señalados en los incisos precedentes requieren obligatoriamente de un informe técnico legal previo y serán publicados en el DiarioOficial El Peruano"; Que, del expediente se ha verificado; la existencia del Informe Legal Nº 707-2005-GR PUNO/ORAJ, Informe Legalampliatorio Nº 722-2005-GR PUNO/ORAJ, que opinan declarar procedente la exoneración del requisito de Concurso Público, la contratación de los servicios de Alquiler deMaquinaria, por la suma total de S/. 876,570.00 (OCHO CIENTOS SETENTISÉIS MIL QUINIENTOS SETENTA NUEVOS SOLES), para la ejecución de las obras: 1) Construcción Canal Principal Irrigación Sora Umasi; 2) Construcción Canal Lateral CL-4; CL-4.1; CL-4.2, Construcción de Drenes Irrigación Sora Umasi; 3) Mejoramiento y Construcción Canal Principal Irrigación Cabanilla; y, 4) Construcción Canal Principal Irrigación Yanarico. Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Puno, en Sesión Extraordinaria celebrada a los Un días del mes de Septiembre del 2005, con el voto mayoritario de los miembros del Consejo Regional y en uso de lasfacultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias, y el Reglamento Interno del Consejo Regional; ACORDÓ: Artículo Primero.- Aprobar la Exoneración del Proceso de Selección para la contratación de Los servicios de Alquiler de Maquinaria, y autorizar al Proyecto EspecialIntegrado PRORRIDRE-PRASTER contratar los servicios de alquiler de maquinaria con entidades del Estado; por la suma total de S/. 876,570.00 (OCHO CIENTOSSETENTISÉIS MIL QUINIENTOS SETENTA NUEVOS SOLES) para la Ejecución de Obras: 1) Construcción Canal Principal Irrigación Sora Umasi; 2) Construcción CanalLateral CL-4; CL-4.1; CL-4.2, Construcción de Drenes Irrigación Sora Umasi; 3) Mejoramiento y Construcción Canal Principal Irrigación Cabanilla y 4) Construcción Canal Principal Irrigación Yanarico. Artículo Segundo.- Disponer, la Publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano; además, la remisión de copias del presente Acuerdo a laContraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. POR TANTO: Mando se registre y publique. DAVID ANÍBAL JIMÉNEZ SARDÓN Presidente del Consejo Regional de Puno 15542 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G2D/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 041-05-MDLV La Victoria, 20 de julio del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe conjunto de las Direcciones de Asesoría Jurídica, Planificación, Presupuesto y Estadística y Rentas, de fecha 7 de julio de 2005, que sepronuncian en la necesidad de que nuestra corporación gestione la aprobación y publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, asimismo informa sobre lasmodificaciones que se tienen que efectuar con la finalidad de poder atender las recomendaciones técnicas de la Oficina de Defensoría del Pueblo y Comisión de Acceso al Mercado. Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27444, que en el caso de los Gobiernos Locales el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por OrdenanzaMunicipal íntegramente cada dos años y que el mismo artículo en su numeral 5, establece que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación denuevos procedimientos, incrementos de derecho de tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía, atendiendo que mediante la Ordenanza Nº 55-05-MDLV, de fecha de 20 julio del 2005, se aprobó la ratificación de nuestro Texto Único de Procedimientos Administrativos. Por los fundamentos expuestos y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y con la visación conforme de las Direcciones de Planificación,Presupuesto y Estadística, Rentas y Asesoría Jurídica. DECRETA: Artículo Único.- Modifíquese los Procedimientos Administrativos contemplados en el nuevo Texto Únicode Procedimientos Administrativos, aprobado por la Ordenanza Nº 055-05-MDLV, de fecha 20 de julio del 2005, según cuadro anexo al presente, que consta de Cientoochenta y ocho (188) procedimientos administrativos comprendiendo Cuarenta y tres (43) folios. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ALEJANDRO BAZÁN GONZÁLES Alcalde