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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G38/G32/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 15 de abril de 2006 DEFENSA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G61/G6C/G20/G74/G65/G72/G72/G69/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72 /G6C/G61/G62/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G73/G6D/G69/G6E/G61/G64/G6F/G20/G68/G75/G6D/G61/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 129-2006-DE/SG Lima, 12 de abril de 2006CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 240, de fecha 14 de marzo de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de RelacionesExteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República del Ecuador, sin armas de guerra; Que en el marco de lo establecido en la Convención de Ottawa y en el entendimiento sexto de la VIII Ronda de Conversaciones de Altos Mandos Militares de Ecuadory Perú, se ha programado la realización de labores de desminado conjunto en ambos lados de la frontera de Ecuador y Perú; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de laRepública, establece que la autorización de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero, sin armas de guerra por razones protocolares, de asistencia cívica,actividades académicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificación delpersonal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República del Ecuador,cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 17 de abril al 30 de mayo de 2006, para realizar labores de desminado humanitarioconjunto con el Ejército del Perú en ambos lados de la frontera común en las inmediaciones del Río Chira (Pampa Larga, Perú y Zapotillo, Ecuador). Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno,Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a la que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total dedías autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, elMinistro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica de DAVID WAISMAN RJAVINSTHI Segundo Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de laPresidencia de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 06660ENERGÍA Y MINAS /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G74/G65/G72/G6E/G61/G20/G64/G65/G6C /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G6F /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61/G20 /G50/G72/G65/G76/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G79 /G45/G72/G72/G61/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G20/G49/G6E/G66/G61/G6E/G74/G69/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 180-2006-MEM/DM Lima, 6 de abril de 2006CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 364-2003- MEM/ DM, de fecha 2 de setiembre del 2003, se designó al señor Eco. Luis Alberto Reyes Valencia Director de laOficina de Personal y a la señora Carmen Luz Quiroz Solano, profesional de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto, Estadística e Informática, comorepresentantes titular y alterno respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas, ante el Comité Directivo Nacional para la Prevención y Erradicación del TrabajoInfantil; Que, por convenir al servicio es necesario, reemplazar a la representante alterna antes aludida,designando en su lugar a la señora Lic. Adm. María Perla Cabrejos Cabanillas, profesional perteneciente al Cuadro para Asignación de Personal - CAP, de la Oficina dePersonal, como representante alterna, del Ministerio de Energía y Minas, ante el Comité Directivo Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil; De conformidad con lo dispuesto por la Resolución Suprema Nº 018-2003-TR y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía yMinas, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2003- EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Lic. Adm. María Perla Cabrejos Cabanillas, profesional perteneciente al Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Oficina de Personal, como representante alterna, del Ministeriode Energía y Minas, ante el Comité Directivo Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 06613 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 298-2006-MTC/02 Lima, 7 de abril de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentariasaprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otrasentidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano conanterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado;