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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 326674El Peruano lunes 21 de agosto de 2006 constitución y el establecimiento de empresas y representantes de los Sistemas Financiero y deSeguros; Que, en el artículo 17º de citado Reglamento se establece que el representante que una institución extranjera no establecida en el país designe, deberá ser autorizado previamente por esta Superintendencia. Para este efecto, se presentará una solicitud acompañando la información a que se refiere el Anexo V de dicha norma, entendiéndose toda referencia a oficinas en dicho Anexo, como referida al represen- tante; Que, verificada la solvencia, idoneidad y trayectoria de la empresa extranjera a representar y del representante designado, así como lo dispuesto en el artículo 44º de la Ley General, la Superintendencia otorga la autorización correspondiente; Que, en sesión del Consejo de Administración del NBP realizada el 17 de enero de 2006, se acordó la implementación de una Oficina de Representación en el Perú, siendo así que para ello, el referido Consejo otorgó poderes generales, al Gerente General, Gerente del Departamento de Gran Clientela, Financiamientos yMercados, Gerente de Actividades Internacionales y Secretario General; Que, en virtud de los poderes otorgados mediante acta de sesión del Consejo de Administración del 17 de junio de 2006, el señor Bruno Martin, Gerente Internacional del BNP nombró al señor Jean FrancoisPatarin como representante de NBP en el Perú, y en consecuencia le delegó los poderes para rea- lizar todos los trámites ante las autoridades gubernamentales, administrativas y bancarias peruanas; Que, el poder otorgado a favor del señor Patarin se encuentra debidamente inscrito en los Registros Públicos como consta en el asiento A0001 de la Partida Nº 11871532 del Libro de Poderes Otorgados por Sociedades Constituidas o Sucursales Establecidas enel Extranjero del Registro de Personas Jurídicas de Lima, de fecha 20 de abril de 2006; Que, se ha presentado copia certificada notarialmente de la traducción al español de fecha 22.2.06, de la Subdelegación de Poderes de NBP que otorgó el señorBruno Martin, Gerente Internacional de NBP a favor del señor Jean Francois Patarin el 2.2.06, con firmas legalizadas ante el Consulado General del Perú en París;y ante el Ministerio de Relaciones Exteriores; Estando a lo opinado por el Departamento de Evaluación Bancaria "C" mediante el Informe Nº 99-2006DEB "C" y por el Departamento Legal mediante Informes Nºs. 395-2006-LEG, 488-2006-LEG y 563-2006-LEG; De acuerdo a los requisitos establecidos en el artículo 43º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al señor JEAN FRANCOIS PATARIN a actuar como representante en elPerú del Natexis Banques Populaires (NBP), un banco constituido y existente bajo la legislación francesa, con sede principal en la ciudad de París, República Francesa. Artículo Segundo.- En el ejercicio de sus actividades, el representante deberá sujetarse a lo establecido en el Capítulo V del Título II de la SecciónPrimera de la Ley General. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 01194-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe 5.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justificar y, si se agregasen gráficos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL