Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2006 (21/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano lunes 21 de agosto de 2006

constitucion y el establecimiento de empresas y representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros; Que, en el articulo 17º de citado Reglamento se establece que el representante que una institucion extranjera no establecida en el MORDAZA designe, debera ser autorizado previamente por esta Superintendencia. Para este efecto, se presentara una solicitud acompanando la informacion a que se refiere el Anexo V de dicha MORDAZA, entendiendose toda referencia a oficinas en dicho Anexo, como referida al representante; Que, verificada la solvencia, idoneidad y trayectoria de la empresa extranjera a representar y del representante designado, asi como lo dispuesto en el articulo 44º de la Ley General, la Superintendencia otorga la autorizacion correspondiente; Que, en sesion del Consejo de Administracion del NBP realizada el 17 de enero de 2006, se acordo la implementacion de una Oficina de Representacion en el Peru, siendo asi que para ello, el referido Consejo otorgo poderes generales, al Gerente General, Gerente del Departamento de Gran Clientela, Financiamientos y Mercados, Gerente de Actividades Internacionales y Secretario General; Que, en virtud de los poderes otorgados mediante acta de sesion del Consejo de Administracion del 17 de junio de 2006, el senor MORDAZA MORDAZA, Gerente Internacional del BNP nombro al senor MORDAZA MORDAZA Patarin como representante de NBP en el Peru, y en consecuencia le delego los poderes para rea lizar todos los tramites ante las autoridades gubernamentales, administrativas y bancarias peruanas; Que, el poder otorgado a favor del senor Patarin se encuentra debidamente inscrito en los Registros Publicos como consta en el asiento A0001 de la Partida Nº 11871532 del Libro de Poderes Otorgados por Sociedades Constituidas o Sucursales Establecidas en

el Extranjero del Registro de Personas Juridicas de MORDAZA, de fecha 20 de MORDAZA de 2006; Que, se ha presentado MORDAZA certificada notarialmente de la traduccion al espanol de fecha 22.2.06, de la Subdelegacion de Poderes de NBP que otorgo el senor MORDAZA MORDAZA, Gerente Internacional de NBP a favor del senor MORDAZA MORDAZA Patarin el 2.2.06, con firmas legalizadas ante el Consulado General del Peru en Paris; y ante el Ministerio de Relaciones Exteriores; Estando a lo opinado por el Departamento de Evaluacion Bancaria "C" mediante el Informe Nº 99-2006 DEB "C" y por el Departamento Legal mediante Informes Nºs. 395-2006-LEG, 488-2006-LEG y 563-2006-LEG; De acuerdo a los requisitos establecidos en el articulo 43º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al senor MORDAZA MORDAZA PATARIN a actuar como representante en el Peru del Natexis Banques Populaires (NBP), un banco constituido y existente bajo la legislacion francesa, con sede principal en la MORDAZA de MORDAZA, Republica Francesa. Articulo Segundo.- En el ejercicio de sus actividades, el representante debera sujetarse a lo establecido en el Capitulo V del Titulo II de la Seccion Primera de la Ley General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 01194-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente:
1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicacion correspondiente deberan estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Si la entidad no remitiese la MORDAZA o sentencia en disquete, debera enviar el documento al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe 5.- Si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan estar trabajadas en EXCEL, con una linea por celda sin justificar y, si se agregasen graficos, su MORDAZA sera en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

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