TEXTO PAGINA: 9
NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 21 de agosto de 2006 326671REPUBLICADELPERU El Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Único.- Dejar sin efecto las credenciales otorgadas a don Jilmer Pablo Santiago y a Simión Estalin Caballero Laguna, Próspera Serna Caqui y Severiano Martel Tocto para que asuman provisionalmente el cargo de Alcalde y Regidores respectivamente, del Concejo Distrital de Puños, provincia de Huamalíes, departamento de Huánuco, conforme fuera dispuesto por la Resolución Nº 1197-2006-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MENDOZA RAMÍREZ PEÑARANDA PORTUGAL SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓVELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ Secretario General (e) 01238-8 /G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G63/G61/G6E/G64/G69/G64/G61/G74/G61/G20/G6E/G6F/G20/G70/G72/G6F/G63/G6C/G61/G6D/G61/G64/G61 /G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G73/G75/G6D/G61/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G65/G72/G61/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G73/G63/G6F RESOLUCIÓN Nº 1317-2006-JNE Exp. Nº 12463-2006-ADM Lima, 16 de agosto de 2006 VISTA, la solicitud sobre convocatoria a Consejero accesitario del Consejo Regional de Pasco, remitida por la ciudadana Ana María Curiñahui Bernachea; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191º, reformado por Ley Nº 28607, y el artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, reconocen a los gobiernos regionales autonomía política, económicay administrativa en los asuntos de su competencia; Que, teniendo en cuenta que de conformidad con el artículo 114º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859,están impedidos de ser candidatos a Congresistas de la República los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos si no solicitan licencia sin goce de haber, la cualdebe serles concedida sesenta días antes de la fecha de las elecciones, la Consejera por la provincia de Pasco, departamento del mismo nombre, Gloria Deniz RamosPrudencio, solicitó la licencia respectiva para postular a dicho cargo en el proceso de Elecciones Generales llevado a cabo el 9 de abril de 2006, siendo ella concedidamediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 081-2006- GRP/CR de fecha 6 de febrero de 2006; Que, proclamados los resultados del proceso electoral antes citado mediante Resolución Nº 1163- 2006-JNE se tiene que la Consejera Gloria Deniz Ramos Prudencio obtuvo una curul parlamentaria por eldepartamento de Pasco por la agrupación política Unión por el Perú, correspondiendo en consecuencia convocar al ciudadano que por la provincia de Pasco postuló comoConsejero accesitario en la lista en que la electa Congresista hizo lo propio durante las Elecciones Regionales del 17 de noviembre de 2002, es decir, por"Concertación en la Región para la Descentralización"; ello a fin de completar el número de integrantes del Consejo Regional de Pasco atendiendo a que la falta desu definición contribuye a la inestabilidad, debiéndose por tanto otorgar la respectiva credencial a doña Ana María Curiñahui Bernachea;Que, el Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a doña Ana María Curiñahui Bernachea, candidata no proclamada de "Concertación en la Región para la Descentralización", para que asuma el cargo de Consejera Regional del Consejo Regional de Pasco, en representación de la provincia del mismo nombre, para completar el período de gobierno regional 2003 - 2006, debiendo otorgársele la respectiva credencial. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la credencial otorgada a doña Gloria Deniz Ramos Prudencio. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MENDOZA RAMÍREZ PEÑARANDA PORTUGAL SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ VELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ, Secretario General (e) 01238-9 /G41/G63/G72/G65/G64/G69/G74/G61/G6E/G20/G61/G20/G41/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G73/G61/G20/G79/G20/G52/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G61 /G70/G72/G6F/G76/G69/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C /G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G59/G75/G72/GFA/G61 RESOLUCIÓN Nº 1319-2006-JNE Exp. Nº 1123-2006 Lima, 16 de agosto de 2006 VISTA la solicitud de otorgamiento de credenciales provisionales presentada por doña Sonia SaldañaBalarezo, Teniente Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Yurúa, provincia de Atalaya, departamento de Ucayali, por suspensión en el cargo de Alcalde de don Segundo Tello Canales; CONSIDERANDO: Que, en sesión extraordinaria de fecha 3 de agosto de 2006 el Concejo Distrital de Yurúa acordó declarar la suspensión en el ejercicio del cargo de Alcalde de don Segundo Tello Canales por haberse dispuesto mandato de detención en su contra mediante Resolución de fecha 26 de julio emitida por el Tercer Juzgado Penal de Coronel Portillo y por Resolución de fecha 2 de agosto de 2006 expedida por el Juzgado Mixto de Atalaya; Que, el ejercicio del cargo de Alcalde se suspende por acuerdo de concejo por el tiempo que dure el mandato de detención, conforme lo dispone el inciso 3) del artículo 25º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972; Que, con arreglo a lo previsto en el artículo 24º de la Ley acotada, el Alcalde suspendido es reemplazado por el Teniente Alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, en este caso, doña Sonia Saldaña Balarezo; y para completar elnúmero legal de miembros del concejo municipal, se debe convocar provisionalmente a doña Juanita Rengifo Pacaya, candidata no proclamada también de la listaelectoral "Partido Aprista Peruano"; siendo procedente otorgar las credenciales solicitadas; Que verificado el cumplimiento de los presupuestos legales, es procedente otorgar las credenciales solicitadas, según lo dispuesto en la Resolución Nº 034- 2004-JNE; El Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones;