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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (22/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 326696El Peruano martes 22 de agosto de 2006 MTC/12.04-SDA designando a los Inspectores Luis Gustavo Satornicio Satornicio y Martin Germano Soares Y oplack,respectivamente, para realizar las inspecciones técnicaspara la renovación de las Constancias de Conformidad alas aeronaves Airbus de matrículas N-484TA, N-487TA, N-490TA y N-491TA de la empresa Taca Perú S.A., en lasinstalaciones de AEROMANTENIMIENTO, en la ciudad deSan Salvador, República de El Salvador, durante los días22 al 30 de agosto de 2006; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los referidos Inspectores de la Dirección Generalde Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de lasfunciones que les asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento,puedan realizar las inspecciones técnicas a que se contraenlas Órdenes de Inspección Nºs. 1493-2006-MTC/12.04-SDA y 1494-2006-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto deUrgencia Nº 006-2006; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Luis Gustavo Satornicio Satornicio y Martin Germano SoaresY oplack, Inspectores de la Dirección General de AeronáuticaCivil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a laciudad de San Salvador, República de El Salvador, durantelos días 22 al 30 de agosto de 2006, para los fines a quese contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por laempresa Taca Perú S.A. a través del Recibo de AcotaciónNº 23551, abonado a la Dirección de Tesorería del Ministeriode Transportes y Comunicaciones, incluyendo lasasignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso deaeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (por dos Inspectores) US$ 3,600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 60.50 (por dos Inspectores) Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectoresmencionados en el Artículo 1º de la presente ResoluciónMinisterial, dentro de los quince (15) días calendariosiguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes yComunicaciones, describiendo las acciones realizadas ylos resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase odenominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 01237-1 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C /G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 651-2006-MTC/02 Lima, 18 de agosto de 2006CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece quepara el caso de los servidores y funcionarios públicos delos Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivoSector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial ElPeruano con anterioridad al viaje, con excepción de lasautorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 006-2006, publicado el 7 de mayo de 2006, modifica el segundo párrafo del artículo1º de la Ley antes citada, señalando que “la autorización de viajes al exterior de los ministros, de los servidores yfuncionarios de los ministerios, de los Organismos PúblicosDescentralizados, de los Agregados Militares, Aéreos,Navales y Policiales, así como de las empresas sujetas alámbito de FONAFE, que resulten indispensables paraasegurar el cumplimiento de los objetivos y metas fijadospara el Ejercicio del año 2006 se efectuará por ResoluciónSuprema, refrendada por el Presidente del Consejo deMinistros y por el Ministro del Sector correspondiente;exceptuándose aquellos viajes que realizan los sectoresRelaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, asícomo la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministeriode Transportes y Comunicaciones y la Oficina CentralNacional - INTERPOL de la Policía Nacional del Perú delMinisterio del Interior y los destinados al desarrollo defunciones en el marco de las negociaciones orientadas a lasuscripción de los Tratados de Libre Comercio, a efectuaracciones de promoción y/o negociación económica comercialde importancia para el Perú; los que se autorizarán medianteResolución Ministerial del Sector correspondiente, la quedeberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, antesdel inicio de la comisión de servicios”; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materiade Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un marco de leal competencia y con estricta observancia de las normastécnicas vigentes; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de mantener una estricta observancia sobre las normastécnicas vigentes y poder mantener la calificación otorgadaal Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional,debe efectuar la atención de las solicitudes de serviciosdescritas en el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos del Ministerio de Transportes yComunicaciones, en concordancia con sus facultades desupervisión e inspección de todas las actividadesaeronáuticas civiles; Que, según Informe Nº 0482-2006-MTC/12, de fecha 1 de agosto de 2006, de la Dirección General de AeronáuticaCivil, se señala que la empresa Wayra Perú S.A., con CartaGOPS JINST 197.06.Ops, presentada el 25 de julio de2006, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la seccióncorrespondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil(Evaluación de Personal), establecido en el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio de Transportesy Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de AeronáuticaCivil, efectuar los chequeos técnicos en simulador de vuelodel equipo Fokker 100, en el Centro de Entrenamiento deAmerican Airlines de la ciudad de Fort Worth, Texas, EstadosUnidos de América, a su personal aeronáutico propuesto,durante el día 23 de agosto de 2006; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 22806 y 22807, la solicitante ha cumplidocon el pago del derecho de tramitación correspondiente alProcedimiento a que se refiere el considerando anterior,ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportesy Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresasolicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos yla Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden deInspección Nº 1440-2006-MTC/12.04-SDO designando alinspector Ricardo Rafael Pazos Raygada, para realizar loschequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo Fokker100, en el Centro de Entrenamiento de American Airlines, enla ciudad de Fort Worth, Texas, Estados Unidos de América,al personal aeronáutico propuesto por la empresa Wayra PerúS.A., durante los días 22 al 24 de agosto de 2006; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funcionesque le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedarealizar los chequeos técnicos a que se contrae la Ordende Inspección Nº 1440-2006-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto deUrgencia Nº 006-2006;