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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (22/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALESEl Peruano martes 22 de agosto de 2006 326695REPUBLICADELPERU CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 001-2006-TR de fecha 4 de enero de 2006, se designó al señor JulioWalter Noceda Martorollet como Director Ejecutivo del Centrode Promoción de la Pequeña y Micro Empresa -PROMPYME; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo señalado en el considerando precedente; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el numeral 3 del Artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; la LeyNº 27594, Ley que regula la participación del PoderEjecutivo en el nombramiento y designación de funcionariospúblicos; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar a partir de la fecha, la renuncia formulada por el señor JULIO WALTER NOCEDAMARTOROLLET al cargo de Director Ejecutivo del Centro dePromoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME,dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República SUSANA PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 01290-7 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 016-2006-TR Lima, 21 de agosto de 2006 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director Ejecutivo del Centro de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa -PROMPYME; Que, en consecuencia es necesario designar al funcionario que ocupará el indicado cargo; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el numeral 3 del Artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; elnumeral 9 del artículo 1º de la Ley Nº 27594, Ley queregula la participación del Poder Ejecutivo en elnombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a partir de la fecha, al señor AGUSTIN RICARDO ZUÑIGA GAMARRA, como DirectorEjecutivo del Centro de Promoción de la Pequeña y MicroEmpresa - PROMPYME. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República SUSANA PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 01290-8 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C /G61/G20/G45/G6C/G20/G53/G61/G6C/G76/G61/G64/G6F/G72/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 643-2006-MTC/02 Lima, 18 de agosto de 2006CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece quepara el caso de los servidores y funcionarios públicos delos Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivoSector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial ElPeruano con anterioridad al viaje, con excepción de lasautorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 006-2006, publicado el 7 de mayo de 2006, modifica el segundo párrafo del artículo1º de la Ley antes citada, señalando que "la autorizaciónde viajes al exterior de los ministros, de los servidores yfuncionarios de los ministerios, de los Organismos PúblicosDescentralizados, de los Agregados Militares, Aéreos,Navales y Policiales, así como de las empresas sujetas alámbito de FONAFE, que resulten indispensables paraasegurar el cumplimiento de los objetivos y metas fijadospara el Ejercicio del año 2006 se efectuará por ResoluciónSuprema, refrendada por el Presidente del Consejo deMinistros y por el Ministro del Sector correspondiente;exceptuándose aquellos viajes que realizan los sectoresRelaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, asícomo la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministeriode Transportes y Comunicaciones y la Oficina CentralNacional - INTERPOL de la Policía Nacional del Perú delMinisterio del Interior y los destinados al desarrollo defunciones en el marco de las negociaciones orientadas a la suscripción de los Tratados de Libre Comercio, a efectuar acciones de promoción y/o negociación económica comercialde importancia para el Perú; los que se autorizarán medianteResolución Ministerial del Sector correspondiente, la quedeberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, antesdel inicio de la comisión de servicios"; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materiade Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo de lasoperaciones aerocomerciales en un marco de lealcompetencia y con estricta observancia de las normastécnicas vigentes; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de mantener una estricta observancia sobre las normastécnicas vigentes y poder mantener la calificación otorgadaal Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional,debe efectuar la atención de las solicitudes de serviciosdescritas en el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos del Ministerio de Transportes yComunicaciones, en concordancia con sus facultades desupervisión e inspección de todas las actividadesaeronáuticas civiles; Que, según Informe Nº 0494-2006-MTC/12, de fecha 7 de agosto de 2006, de la Dirección General de AeronáuticaCivil, se señala que la empresa Taca Perú S.A., con CartaTP-207-07-06, presentada el 4 de agosto de 2006, en elmarco del Procedimiento Nº 11 de la seccióncorrespondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil(Inspección Técnica a Aeronaves), establecido en el TextoÚnico de Procedimientos Administrativos del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, aprobado por DecretoSupremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección Generalde Aeronáutica Civil, efectuar las inspecciones técnicaspara la renovación de las Constancias de Conformidad alas aeronaves Airbus de matrículas N-484TA, N-487TA, N-490TA y N-491TA, en las instalaciones deAEROMANTENIMIENTO en la ciudad de San Salvador,República de El Salvador, durante los días 22 al 30 deagosto de 2006; Que, conforme se desprende del Recibo de Acotación Nº 23551, la solicitante ha cumplido con el pago del derechode tramitación correspondiente al Procedimiento a que serefiere el considerando anterior, ante la Dirección deTesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresasolicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos yla Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido las Órdenes deInspección Nºs. 1493-2006-MTC/12.04-SDA y 1494-2006-