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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (23/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES 4XHPHGLDQWH5HVROXFLyQGH$OFDOGtD1ž 0'33GHIHFKDHO&RPLWp(VSHFLDOGH3UR - cesos Administrativos Disciplinarios impuso la sanción de Destitución al Auxiliar Coactivo señor Santiago Vásquez Chuquipiondo, por las razones y considerando a que alu- de la referida Resolución; 4XHPHGLDQWH5HVROXFLyQGH$OFDOGtD1ž 0'33GHIHFKDVHUHVXHOYHFRQIRUPDUHO&RPLWp Especial de la Municipalidad de Puente Piedra, encargado de llevar acabo el Concurso Público para la designación de un Auxiliar Coactivo; así mismo, mediante el Acuerdo GH&RQFHMR1ž0'33GHIHFKDVHAprobó las Bases del Concurso Publico para Auxiliar Co- activo en la Municipalidad Distrital de Puente Piedra; 4XHPHGLDQWHHO,QIRUPH1ž0'33&(GHO Comité Especial de la Municipalidad de Puente Piedra; éste pone en conocimiento la conclusión del proceso del Concurso Público para la designación de un Auxiliar Coac- tivo, señalando que el mismo se ha llevado adelante y se ha cumplido con todas las etapas del mismo, por lo que el Comité Especial dio por concluido dicho Concurso Público, precisando que el postulante Jorge Luis Machaca Rodríguez KDDOFDQ]DGRHOPi[LPRSXQWDMHDFXPXODQGR RFKHQWD\ nueve) puntos, siendo el ganador del mencionado Concur- so Público, por lo que corresponde emitir la correspondiente Resolución de Alcaldía designándolo como Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra; Que, estando a los hechos antes expuestos, corres- ponde precisar que don Jorge Luis Machaca Rodríguez en su condición de ganador del concurso ante mencio-nado, al reunir también la versación y experiencia a que VHUH¿HUHOD/H\GH%DVHVGHOD&DUUHUD$GPLQLVWUDWLYD\GH5HPXQHUDFLRQHVGHO6HFWRU3~EOLFR'/1ž\VX5HJODPHQWR'61ž3&0SDUDHOFDUJRGH$X[LOLDUCoactivo, conforme al Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad, aprobado por el Acuerdo de &RQFHMR1ž0'33 Que, estando a las facultades conferidas por los incisos \GHODUWtFXORžFRPRORVHxDODGRSRUHODUWtFXORžGHOD/H\1ž /H\2UJiQLFDGH0XQLFLSDOLGDGHV  SE RESUELVE:Artículo Primero.- '(6,*1$5HQHOFDUJRGH$8;, - LIAR COACTIVO de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, al señor JORGE LUIS MACHACA RODRÍGUEZ quien asumirá sus funciones a partir de la fecha de emi-sión de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía a la Gerencia Munici-pal, a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Ge-rencia de Administración, a la Ejecutoría Coactiva y a la Subgerencia de Personal. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RENNAN S. ESPINOZA ROSALES Alcalde 1303-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA Exoneran de proceso de selección la contratación de agente de aduanas que se encargue de brindar servicio de importación de autobuses ACUERDO MUNICIPAL Nº 078-2006 $UHTXLSDGHMXOLRGH 9,672(O,QIRUPH1ž03$*$)6*/GHOD6XE - gerencia de Logística en Sesión Ordinaria de Concejo Muni-FLSDOGHIHFKDGH MXQLRGHOH[SXHVWR SRUHO*HUHQWH de Administración Financiera quien en forma detallada pro- cedió a realizar la explicación de la situación de desabasteci-miento inminente del servicio del transporte público. CONSIDERANDO: 4XHGHDFXHUGRFRQORGLVSXHVWRHQHO$UWtFXORž GHOD&RQVWLWXFLyQ3ROtWLFDGHO3HU~PRGL¿FDGRSRUOD/H\  1žGH5HIRUPD&RQVWLWXFLRQDOODV0XQLFLSDOLGDGHV son Órganos de Gobierno Local con autonomía política, eco- nómica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el objetivo del Estado es la realización del bien FRP~Q\OD¿QDOLGDGGHORV*RELHUQRV/RFDOHVHVSURPR - ver la adecuada prestación de los servicios públicos lo- cales y el desarrollo integral sostenible y armónico de su circunscripción de conformidad a lo previsto en el Artículo ,9GHO7tWXOR3UHOLPLQDUGHOD/H\1ž 4XHHVIXQFLyQHVSHFt¿FDH[FOXVLYDGHODV0XQLFLSDOL - dades Provinciales Normar y Regular el servicio público de transporte terrestre urbano e interurbano de conformidad FRQORHVWDEOHFLGRHQHO$UWtFXORžQXPHUDO$SDUWDGR GHOD/H\1ž/H\2UJiQLFDGH0XQLFLSDOLGDGHV 4XHPHGLDQWH$FXHUGR0XQLFLSDO1žGHIHFKD GHDEULOGHOVHDFRUGyDFHSWDUODGRQDFLyQGH DXWREXVHVHVWiQGDU0HUFHGHVSRUSDUWHGH7UDQV - portes Metropolitano de Barcelona a favor de la Municipa-lidad Provincial de Arequipa. 4XHSRU&DUWDGHIHFKDGHDEULOGH\TXHGLR origen al acuerdo anteriormente referido, el señor Eladio de Miguel Sainz, Director de Qualitat en les Condicions de Treball de las Empresas Ferrocarril Metropolitá de Barcelona S.A. y Transports de Barcelona S.A, informó que dentro de la pro- gramación de entregas de Autobuses de TB, en el ejercicio VHWHQtDSUHYLVWDODGRQDFLyQGHGRFHDXWREXVHVHVWiQ - dar Mercedes a esta Municipalidad, señalando expresamente TXH³/DIHFKDGRQDFLyQVHJ~QSODQL¿FDFLyQGHVDOLGDVGHÀR - WDHVDSDUWLUGHOGHMXOLRGHHVWHDxR´ 4XHFRQIHFKDGHMXQLRGHODxRHQFXUVRVHKDUHFL - bido una comunicación del señor de Miguel Sainz, en la que YDULDQGRLQWHPSHVWLYDPHQWHVXSULPLJHQLDQRWDHVSHFL¿FD TXHODHQWUHJDVHIRUPDOLFHHOGHMXOLR\TXHGHQRKD - cerse en esa fecha, se procedería a posponer la entrega de PDQHUDLQGH¿QLGDGLVSRQLHQGRGHHVRVYHKtFXORVSDUDRWUDV instituciones lo que evidentemente generaría la posibilidad de perder bienes de interés público para la Municipalidad. 4XHSRU,QIRUPH1ž03$*$)6*/OD6XEJH - rencia de Logística de la Municipalidad, ha sustentado la necesidad de adquirir de manera inmediata tales vehículos, pues se requieren como se señala en el indicado informe, para la ejecución del Proyecto “TRANSPORTE URBANO MASIVO EFICIENTE”, que forma parte del contenido de las funciones de interés público de Regulación de Trans- SRUWH8UEDQRHVSHFL¿FDQGRTXHVLQRVHFXHQWDFRQHOORV se afectaría en forma directa e inminente el cumplimiento de las funciones y objetivos de la Municipalidad. Dicho in- forme concluye porque es necesario se opte por realizar XQDFRQWUDWDFLyQGLUHFWD±YtDH[RQHUDFLyQGHSURFHVRVGH selección por causal de desabastecimiento inminente con el objeto de lograr que los vehículos donados puedan ser LPSRUWDGRVDQWHVGHOPHVGHDJRVWRGHODxR 4XHHO$UWtFXORžLQFLVRF GHOD/H\GH&RQWUDWD - ciones y Adquisiciones del Estado, establece que están exoneradas de proceso de selección las adquisiciones y contrataciones, cuando ellas se realizan en situación de desabastecimiento inminente conceptuando el Artículo 21º GHO'61ž3&0ODFDXVDOGH³GHVDEDVWHFLPLHQ - to inminente”, aquella situación extraordinaria e imprevisi- ble en que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes públicos u obras sólo por el tiempo o canti- dad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponde. 4XHHO$UWtFXORžGHO'61ž3&0HVWD - blece que no se encuentran comprometidas en el marco del “desabastecimiento inminente”, las adquisiciones y contra-taciones para cubrir necesidades complementarias y admi-nistrativas de la Entidad. La necesidad de los bienes debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inme-diatos, no así para supuestos en vías de regularización por Pág. 326755El Peruano Lima, Miércoles 23 de Agosto de 2006