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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (23/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES VISTA: /DFRPXQLFDFLyQ'5&&0UHFLELGDHO GHDJRVWRGHPHGLDQWHODFXDO7HOHIyQLFDGHO3HU~S.A.A. (en adelante “Telefónica”) solicita se disponga la ampliación del plazo para que los interesados remitan por escrito sus comentarios, respecto del Proyecto de Resolución que establece las Tarifas Tope por Alquiler de Circuitos de Larga Distancia Nacional, provisto por dicha empresa, cuya publicación fue dispuesta mediante Reso-OXFLyQGH&RQVHMR'LUHFWLYR1ž&'26,37(/aplicable al procedimiento tramitado en el Expediente Nº 00001-2004-CD-GPR/RT; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Consejo Directivo 1ž&'26,37(/SXEOLFDGRHOGH'LFLHPEUHde 2003, se estableció el Procedimiento para la Fijación y/o Revisión de Tarifas Tope (en adelante “Procedimiento”), HQFX\R$UWtFXORžVHGHWDOODQODVHWDSDV\SOD]RVDTXHVHVXMHWDHOSURFHGLPLHQWRGHR¿FLRTXHLQLFLH26,37(/ Que de conformidad con el Procedimiento, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 102-2004-CD/OSIP-7(/SXEOLFDGDHQHO'LDULR2¿FLDO(O3HUXDQRHOGHDiciembre de 2004, OSIPTEL inició el procedimiento de R¿FLRSDUDODUHYLVLyQGHWDULIDVWRSHSRUHODOTXLOHUGHFLU - cuitos de larga distancia nacional; Que mediante Resolución de Consejo Directivo 1ž&'26,37(/SXEOLFDGRHOGHMXOLRGHVHGLVSXVRODSXEOLFDFLyQHQHO'LDULR2¿FLDO(O  Peruano, del Proyecto de Resolución mediante el cual se establecerán las tarifas tope del servicio de alquiler de cir-cuitos de larga distancia nacional, provisto por Telefónica, conjuntamente con su Exposición de Motivos; Que asimismo, en la referida Resolución se dispuso un plazo de cuarenta (40) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la referida Resolución, para que los interesados remitan por es-crito sus comentarios, adjuntando copia de los mismos en formato electrónico, respecto del Proyecto normativo publicado; Que de acuerdo a lo establecido en la Resolución de &RQVHMR 'LUHFWLYR 1ž &'26,37(/ HO SOD]Rpara que los interesados puedan remitir por escrito sus FRPHQWDULRVFXOPLQDHOGHDJRVWRGH 4XH PHGLDQWH FRPXQLFDFLyQ '5&&0 UHFLELGDHOGHDJRVWRGH7HOHIyQLFDUHDOL]yDOJX - nas consultas respecto del modelo de costos elaborado por OSIPTEL y que sustenta la propuesta de tarifas tope para el alquiler de circuitos de larga distancia nacional provisto por dicha empresa; solicitando adicionalmente se gestione una prórroga del plazo concedido en la Resolu-FLyQGH&RQVHMR'LUHFWLYR1ž&'26,37(/ Que la Cuarta Disposición Complementaria del Pro- cedimiento establece que: (i) los plazos señalados en los DUWtFXORVž\žGHO3URFHGLPLHQWRDVtFRPRORVSOD]RVque sean establecidos por OSIPTEL en aplicación de di-FKDVGLVSRVLFLRQHVSRGUiQVHUDPSOLDGRVGHR¿FLRRDsolicitud de parte, hasta por el doble de tiempo adicional a los plazos máximos señalados en los referidos artículos; (ii) las ampliaciones de plazos que resulten necesarias en cada procedimiento, serán establecidas por la Presiden-cia del Consejo Directivo de OSIPTEL; y (iii) dicha reso-lución deberá ser debidamente motivada y será publicada HQ(O3HUXDQR\QRWL¿FDGDDODRODVHPSUHVDVRSHUDGRUDVinvolucradas; Que atendiendo a la complejidad del tema, se consi- dera necesario que los operadores cuenten con un plazo adicional para analizar detalladamente el Proyecto de Re-solución tarifaria así como toda la información sustentato-ria de la propuesta realizada por OSIPTEL; Que considerando el plazo previo de cuarenta (40) días calendario otorgado mediante la Resolución de Consejo Di-UHFWLYR1ž&'26,37(/SDUDODUHPLVLyQGHFRPHQ - tarios, esta Presidencia considera que un plazo adicional de treinta (30) días calendario permitirá a los interesados contar FRQHOWLHPSRVX¿FLHQWHSDUDODHYDOXDFLyQGHO3UR\HFWRSXEOL - cado y la información sustentatoria correspondiente; Que en ese sentido, se debe disponer la ampliación del plazo en treinta (30) días calendario adicionales, para la remisión de comentarios por escrito, los mismos que deberán computarse a partir del vencimiento del plazo an-Pág. 326750El Peruano Lima, Miércoles 23 de Agosto de 2006 terior dispuesto por la Resolución de Consejo Directivo 1ž&'26,37(/ En aplicación de la facultad prevista en la Cuarta Dis- posición Complementaria del Procedimiento para la Fija-ción y/o Revisión de Tarifas Tope; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Ampliar en treinta (30) días calendario, el plazo para que los interesados remitan por escrito sus comentarios, respecto del Proyecto de Resolución que establece las Tarifas Tope por Alquiler de Circuitos de Larga Distancia Nacional, provisto por Telefónica del Perú S.A.A., cuya publicación fue dispuesta mediante Reso-OXFLyQGH&RQVHMR'LUHFWLYR1ž&'26,37(/aplicable al procedimiento tramitado en el Expediente Nº 00001-2004-CD-GPR/RT. Artículo 2º.- Contabilizar el plazo dispuesto en el artí- FXORSUHFHGHQWHDSDUWLUGHOGHDJRVWRGH Artículo 3º.- Disponer que la presente Resolución VHDQRWL¿FDGDDODVHPSUHVDVFRQFHVLRQDULDVGHOVHUYLFLRportador de larga distancia, involucradas en el presente procedimiento. Artículo 4º.- Disponer que la presente Resolución sea publicada en la página web institucional de OSIPTEL, y en HO'LDULR2¿FLDO(O3HUXDQR Regístrese, comuníquese y publíquese.EDWIN SAN ROMÁN ZUBIZARRETA Presidente del Consejo Directivo 1275-1 SUNARP Declaran ganadores de la décima convocatoria del “Premio a los Valores SUNARP”, respecto al Valor Idoneidad RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 236-2006-SUNARP/SN /LPDGHDJRVWRGH  9,672(O2¿FLR1ž681$53(&5*5GH IHFKDGHMXOLRGHPHGLDQWHHOFXDOHO3UHVLGHQWHGHO-XUDGR&DOL¿FDGRUGHO3UHPLRDORV9DORUHV681$53pone en conocimiento de la Superintendencia Nacional de la SUNARP los resultados de la Décima Convocatoria al mencionado premio; CONSIDERANDO:4XHPHGLDQWH5HVROXFLyQ1ž681$5361 de fecha 11 de octubre de 2002, se instituyó el “Premio al Desarrollo de los Valores Registrales”; Que, es política de la SUNARP la promoción del de- sarrollo de una cultura de valores entre el personal de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos a nivel nacional; 4XHDWUDYpVGHOD5HVROXFLyQ1ž681$53 61GHIHFKDGHHQHUR GHVHHVWDEOHFHHQWUHODV funciones del Comité de Ética, Transparencia y Antico-rrupción de la SUNARP, la de constituirse en Jurado Ca-OL¿FDGRUGHO3UHPLRDORV9DORUHV681$53DHIHFWRVGHevaluar los trabajos presentados en cada convocatoria; 4XH PHGLDQWH 5HVROXFLyQ 1ž 681$53 SN, se convocó, en el marco del “Premio a los Valores SUNARP”, al Décimo Concurso para desarrollar el valor “Idoneidad” y se aprobaron las bases respectivas; 4XHHO-XUDGR&DOL¿FDGRUDQDOL]yODVFLQFR  SUR - puestas presentadas por diversos trabajadores de la SUNARP, informando a este Despacho la relación de los dos (2) trabajos seleccionados como los mejores del con-curso; 4XHHQVXHYDOXDFLyQHO-XUDGR&DOL¿FDGRUWRPyHQ consideración el grado de comprensión y desarrollo del valor Idoneidad por parte de los concursantes, así como