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NORMAS LEGALES su vinculación con el trabajo diario y las funciones de la SUNARP; 'HFRQIRUPLGDGFRQHOOLWHUDOYGHODUWtFXORGHO(V - tatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema 1-86 SE RESUELVE:Artículo 1º.- Felicitar a los autores de los dos (2) me- MRUHVWUDEDMRVVHOHFFLRQDGRVSRUHO-XUDGR&DOL¿FDGRU\declarar como ganadores de la décima convocatoria del “Premio a los Valores SUNARP”, respecto al Valor Idonei-dad, a las siguientes personas: - Primer Puesto: Manuel Laguna Ponte, de la Zona Registral Nº VII, Sede Huaraz, quien presentó su trabajo bajo el seudónimo de GRACO. - Segundo Puesto: Wilmer Molina Vásquez, de la =RQD5HJLVWUDO1,;6HGH/LPDTXLHQSUHVHQWyVXWUDED - jo bajo el seudónimo de ILLAPA. Artículo 2º.- Conforme al punto sexto de las Bases de la presente Convocatoria, aprobadas mediante Reso-OXFLyQ1681$5361ODV=RQDV5HJLVWUDOHV19,,6HGH+XDUD]\1,;6HGH/LPDGHEHUiQVRUWHDUentre los trabajadores, compañeros de los ganadores del presente concurso, un premio de estímulo. Artículo 3º.- Disponer que la Escuela de Capacitación Registral se encargue de conservar los trabajos mencio-nados en el artículo 1º, para su inclusión en la publicación TXHFRPSLODUiORVWUDEDMRVJDQDGRUHVDO¿QDOL]DUHO&RQ - curso, conforme a lo señalado en las bases de la Convo-catoria. Regístrese, comuníquese y publíquese.PILAR FREITAS A. Superintendente Nacionalde los Registros Públicos 1267-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Constituyen la Autoridad Portuaria Regional ORDENANZA REGIONAL N° 016-2006-GRA/CR-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa;Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:CONSIDERANDO;4XHHO$UWGHOD/H\2UJiQLFDGH*RELHUQRV5H - JLRQDOHV/H\1\VX0RGL¿FDWRULD/H\1señalan en sus incisos e) y d), que: los Gobiernos Re-gionales tienen como función desarrollar, administrar la Infraestructura Portuaria Regional, así como otorgar las autorizaciones portuarias, licencias y permisos de los ser-vicios portuarios marítimos en el ámbito regional; 4XHHODUWGHOD/H\2UJiQLFDGH*RELHUQRV5H - gionales en su inciso 13 señala que: el Gobierno Regional tiene como objetivo la gestión estratégica de la competi-WLYLGDG5HJLRQDOHOORFRQFRUGDQWHFRQHODUWtFXORGHOcuerpo de leyes citado; 4XHHO$UWGHOD/H\1/H\GHO6LVWH - ma Portuario Regional, señala que: las Autoridades Por-tuarias Regionales, son órganos integrantes del sistema portuario nacional, que serán establecidos en un puerto RFRQMXQWRGHSXHUWRVPDUtWLPRVÀXYLDOHVRODFXVWUHGHOrespectivo ámbito jurisdiccional regional, bajo la depen-Pág. 326751El Peruano Lima, Miércoles 23 de Agosto de 2006 dencia de el Gobierno Regional correspondiente, dichas Autoridades Portuarias Regionales tienen personería ju-rídica de derecho público interno, patrimonio propio y con DXWRQRPtDWpFQLFDHFRQyPLFD\¿QDQFLHUD 4XH OD /H\ 1 /H\ GHO 6LVWHPD 3RUWXDULR Nacional y su Reglamento, aprobado mediante el D.S. Nº 003-2004-MTC, regula las actividades y servicios en los terminales, infraestructura e instalaciones ubicadas HQORVSXHUWRVPDUtWLPRVÀXYLDOHV\ODFXVWUHVWDQWRODVde iniciativa, gestión y prestación pública, como privados; Que, en la última parte del, apartado b, numeral II del Art. 21° del Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC que re-glamenta la Ley del sistema portuario nacional, señala que las autoridades portuarias regionales, serán establecidas prioritariamente, donde se tenga por lo menos un punto o 7HUPLQDO0DUtWLPR3RUWXDULRGHXVRS~EOLFR\FDOL¿FDURQnacional como el Terminal Portuario de Matarani; Que, conforme a lo dictaminado por unanimidad por la Comisión de Planeamiento y Presupuesto del Consejo Re-gional de Gobierno Regional de Arequipa y estando a las opiniones técnicas de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones y de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico así como la opinión legal favorable de la Geren-cia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Arequipa; es procedente constituir dentro del ámbito del Go-bierno Regional de Arequipa, la AUTORIDAD PORTUARIA REGIONAL y conformar su directorio, el cual estará integra-do por los representantes de las instituciones señaladas en HO$UWGHOD/H\GHO6LVWHPD3RUWXDULR1DFLRQDO (VWDQGRDO'LFWDPHQ1&33&5$GHOD&R - misión de Planeamiento y Presupuesto, en uso de las atribu-ciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa; y a lo acordado en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional llevada a cabo el doce de agosto del año dos mil seis; HA APROBADO: Artículo Primero.- Constituir dentro del ámbito del Gobierno Regional de Arequipa, LA AUTORIDAD POR-TUARIA REGIONAL. Artículo Segundo.- Conformar el Directorio de la Au- WRULGDG3RUWXDULD5HJLRQDOFRQIRUPHORVHxDODHO$UWGHOD/H\1/H\GHO6LVWHPD3RUWXDULR1DFLRQDOsiendo los integrantes los siguientes: - Un representante de la Autoridad Portuaria Nacional, - Un representante del Gobierno Regional Arequipa.- Un representante de la Municipalidad Provincial de Islay. - Un representante del Sector Privado de los Usuarios Portuarios de la Región. - Un representante de los trabajadores del Administra- dor del Puerto. Artículo Tercero.- Encárguese a la Gerencia General del Gobierno Regional de Arequipa, la implementación de la Autoridad Portuaria Regional constituida en el artículo primero. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Re- gional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los doce días del mes de agosto del dos mil seis. DANIEL ERNESTO VERA BALLON Presidente del Consejo RegionalArequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los doce días del mes de agosto del dos mil seis. DANIEL ERNESTO VERA BALLON Presidente del Gobierno RegionalArequipa 01268-1