Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2006 (23/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
b) y d) del ar

MORDAZA, Miercoles 23 de Agosto de 2006

El Peruano

-

Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administracion, con sujecion al ordenamiento Juridico; - Ley Organica de Municipalidades senala que son obligaciones del MORDAZA Ejecutar los Acuerdos del Concejo Municipal, bajo responsabilidad; Que, el documento de vistos da informe que se hace necesario la adquisicion de un terreno ubicado en el seca cabo la ejecucion del Proyecto de Construccion de Losa Deportiva MORDAZA, obra que fuera priorizada en el Presuel director de Desarrollo MORDAZA y Rural de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, comunica la necesidad de tramitar la adquisicion de un terreno con el objeto de llevar a cabo la ejecucion del proyecto "Construccion de losa deportiva MORDAZA, cuyas caracteristicas de detallan en el referido informe; que senala que Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha ofrecido en venta el inmueble de su propiedad denominado MORDAZA 02 con una trito, el que se encuentra debidamente inscrito en la Partida

siguientes a su emision o adopcion, segun corresponda, y adicionalmente, deberan de publicarse a traves del SEACE; Que, el articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece

invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico; Estando a lo expuesto, en atencion a las facultades de Municipalidades, contando con la aprobacion en mayoria del pleno del Concejo Municipal en su Sesion OrdinaSE RESUELVE: Articulo 1°.- Exonerese a la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa selectiva por causal de existir Proveedor Unico, y autoricese la Adquisicion de un terreno Ubicado en el barrio de MORDAZA, sector La Campina, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Huaura, departamento de MORDAZA, hasta por la suma de S/. 13,000.00 (Trece Mil con 00/100 Nuevos Soles). Articulo 2°.- La Adquisicion que se efectuen virtud a la presente Resolucion, se realizara a traves de la Unidad de Logistica y Servicios Auxiliares de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, y de conformidad con las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Articulo 3°.- El egreso que ocasione la presente Resolucion se aplicara con Cargo al Presupuesto Institucional Articulo 4°.- La presente resolucion debe de ser pu(10) dias habiles, siguientes a su emision, y adicionalmente, debera de publicarse a traves del SEACE. Articulo 5°.- MORDAZA de la presente resolucion y sus antecedentes seran remitidos a la Contraloria General de la Republica, y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo la responsabilidad del titular del pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. ESTUPINAN DEMUTTI MORDAZA 01259-1

Rural, asi como la MORDAZA informativa. De otro lado se hace necesario tener presente para la adquisicion del terreno lo por tratarse de un inmueble exclusivo para la realizacion y ejecucion de un proyecto en dicha zona. ra presupuestaria correspondiente a la suma de S/.13,000.00 (Trece Mil con 00/100 Nuevos Soles), teniendo como fuente

el director de Desarrollo MORDAZA y Rural sustenta tecnicamente la exoneracion en la necesidad inmediata de contar con un terreno para la ejecucion del proyecto "Construccion de Losa Deportiva Sevilla", proyecto que fuera priorizado en el MORDAZA del presupuesto participativo del ano inmueble, en tanto es indispensable para la ejecucion del referido proyecto. Dicho informe a la vez da cuenta de las coordinaciones realizadas por la comision tripartita conformada por miembros de la sociedad civil de las Organizaciones Sociales de Base, reconocida mediante Resoluencargado de la ubicacion del referido terreno. Que, en base a las consideraciones expuestas, el Informe MORDAZA legal externa, concluye que, en el presente caso, se ha cion por existir un unico proveedor, ya que dicho inmueble es el adecuado y cumple con las caracteristicas para la ejecucion del proyecto y ademas se encuentra dentro del sector que fuera priorizado para la ejecucion del referido proyecto. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproestan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen: "cuando los bienes o servicios no admitan sustitutos y exista proveedor unico. Que, el articulo 20° del TUO de la Ley de Contrataciones PCM, prescriben que la Resolucion o acuerdo que apruebe la Exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la la exoneracion, debiendose publicar dicho instrumento aproQue los acuerdos que aprueben las exoneraciones de los procesos de seleccion, salvo las previstas en los incisos

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del "Programa Ejecutivo del Acuerdo de Cooperacion Cultural entre el Gobierno de la Republica Peruana y el Gobierno de la Republica Argelina Democratica Popular para los Anos 2004-2006"
ma Ejecutivo del Acuerdo de Cooperacion Cultural entre el Gobierno de la Republica Peruana y el Gobierno de la Republica Argelina Democratica Popular para los Anos 2004Argel, Republica Argelina Democratica y Popular, aprobado por el Congreso de la Republica, mediante Resolucion Le-

01333-1

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