Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2006 (01/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, MORDAZA 1 de enero de 2006 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 665-2005-EF/10
MORDAZA, 28 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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Visto el Oficio Nº 1897-2005-PP-EF/16 del Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Atalaya interpuso queja contra el ejecutor coactivo del SAT de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por iniciar la cobranza de los arbitrios municipales de los anos 1997 a 2002, incumpliendo lo dispuesto por el Poder Judicial mediante sentencia expedida por el 31º Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA, que declaro fundada la accion de MORDAZA interpuesta por la recurrente; Que, mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 067712004 de 10 de setiembre de 2004, se dispuso que la Administracion cumpla con proporcionar determinada informacion, dentro de los diez (10) dias habiles de notificada dicha resolucion, debiendo suspenderse temporalmente el procedimiento de cobranza coactiva, hasta que se le comunique la decision definitiva del Tribunal Fiscal; Que, mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 001481-2005 de 10 de setiembre de 2004, se declara fundada la queja interpuesta respecto al embargo en forma de retencion ordenado, se dispone el levantamiento de la referida medida cautelar, en tanto esta este referida a la deuda tributaria por arbitrios municipales de los anos 1997 a 202, bajo apercibimiento de formularse denuncia penal y requerir a la Administracion que remita la informacion y/o documentacion solicitada mediante Resolucion Nº 6771-12004 del 10 de setiembre de 2004, en el plazo de 7 dias habiles contados a partir del dia siguiente de notificada dicha resolucion, bajo apercibimiento de formularse denuncia penal; Que, mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 021511-2005 del 8 de MORDAZA de 2005, se declaro fundada la queja interpuesta en el extremo referido a la cobranza coactiva de los arbitrios municipales de 1997 a 2002, debiendo suspenderse definitivamente la cobranza coactiva iniciada, declarar improcedente la queja interpuesta en el extremo referido a la solicitud de imputacion de los pagos realizados mediante depositos de consignacion judicial administrativa y remitir MORDAZA de dicha resolucion al Procurador Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, para sus efectos, dado el reiterado incumplimiento de la Administracion Tributaria a lo requerido por el Tribunal Fiscal; Que, el articulo 156º del Codigo Tributario dispone que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal deben ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcionarios de la Administracion; Que, el incumplimiento por parte del Servicios de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a dar cumplimiento al mandato del Tribunal Fiscal, evidencia la existencia de indicios razonables de la comision de los delitos contra la Administracion Publica Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados en los articulos 368º y 377º del Codigo Penal aprobado por Decreto Legislativo Nº 635 y normas modificatorias; Que, ademas, el Tribunal Fiscal mediante Resolucion Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que constituye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispuesto que si bien carece de competencia para aplicar sanciones a los funcionarios de la Administracion Tributaria que incumplieran sus resoluciones, aquellos incurren en responsabilidad penal, la que debera hacer efectiva el Poder Judicial a traves del MORDAZA penal correspondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procurador Publico del Sector, sin perjuicio de la responsabilidad civil; Que, por lo expuesto, resulta procedente autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales pertinentes contra quienes resulten responsables de la comision de estos delitos; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representacion y defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias;

Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los presuntos responsables del Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por la comision de los delitos contra la Administracion Publica Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase MORDAZA de la presente resolucion al mencionado Procurador Publico, para su cumplimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 22132

Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondiente al mes de noviembre de 2005
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 667-2005-EF/15 MORDAZA, 29 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, modificada por la Ley Nº 28323, se establece la Regalia Minera, su constitucion, determinacion, administracion, distribucion y utilizacion; Que, el articulo 2º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, establece que la Regalia Minera es la contraprestacion economica que los titulares de las concesiones mineras MORDAZA al Estado por la explotacion de los recursos minerales metalicos y no metalicos; Que, los articulos 3º, 4º y 5º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, los Articulos 4º y 6º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera, sus normas modificatorias y complementarias, y los articulos 1º y 2º de la Resolucion Ministerial Nº 063-2005-EF/15, establecen la base de referencia y la determinacion de la Regalia Minera; Que, en base a la informacion proporcionada por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI, mediante los Oficios Nº 006-2005-INEI/DTDIS, Nº 090-2005INEI/DTDIS, Nº 147-2005-INEI/DTDIS y Nº 152-2005-INEI/ DTDIS, la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, segun el Oficio Nº 588-2005-SUNAT/ 200000 y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, mediante el Oficio Nº 577-2005-SE-DGPU/DEEI; el Ministerio de Economia y Finanzas procedio a efectuar los calculos correspondientes para la determinacion de los Indices de distribucion de la Regalia Minera; Que, el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, senala que el Ministerio de Economia y Finanzas distribuira mensualmente los recursos recaudados por concepto de Regalia Minera en el plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario despues del ultimo dia de pago de la Regalia Minera; Que, el numeral 16.5 del articulo 16º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera, establece que por Resolucion Ministerial se aprobaran los Indices de Distribucion de la Regalia Minera; Que, es conveniente aprobar los Indices de Distribucion de la Regalia Minera pagado en el mes de noviembre de 2005 asi como los montos a que se refiere el numeral 16.6 del articulo 16º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF Reglamento de la Ley de Regalia Minera; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 157-2004EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebense los Indices de Distribucion de la Regalia Minera, correspondientes al mes de noviembre de 2005, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales del MORDAZA

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