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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2006 (01/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 19

/G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 1 de enero de 2006 /G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G39/G30/G35/G37 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 JNE /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/G69/G6F /G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G4A/G75/G72/G61/G64/G6F/G20 /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20 /G64/G65/G45/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 RESOLUCIÓN Nº 424-2005-JNE Lima, 28 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 416-2005-JNE se aceptó la renuncia del doctor Alberto Fernando Ballón-LandaCórdova al cargo de Secretario General del Jurado Nacionalde Elecciones. Que, el artículo 27º de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486 establece que el Jurado Nacional de Elecciones contará con un Secretario Generalquien deberá ser abogado, el mismo que coadyuva en laslabores jurisdiccionales del Pleno del Jurado Nacional deElecciones, actúa como fedatario de los acuerdosadoptados y tiene a su cargo la agenda del referido Pleno. Que es necesario encargar las funciones de Secretario General del Jurado Nacional de Elecciones, en tanto sedesigna al nuevo titular. Que, el inciso f) del artículo 14º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Nº 134-2005-JNE fechado el 31 de mayo de 2005, establece que son funciones del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, el designar y cesar al Secretario General del Jurado Nacionalde Elecciones, a propuesta del Presidente de la institución. De conformidad con la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486, y Reglamento de Organización yFunciones aprobado por Resolución Nº 134-2005-JNE ; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar interinamente a partir del 1º de enero del 2006, las funciones de Secretario General del Jurado Nacional de Elecciones, al señor doctor JuanTeodoro Falconí Gálvez. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MENDOZA RAMÍREZ.PEÑARANDA PORTUGALSOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ VELARDE URDANIVIA. 22256 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G61/G64/G65/G63/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72 /G6C/G61/G20/G45/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G49/G4D/G41/G20/G45/G73/G74/G75/G64/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G72/G6B/G65/G74/G69/G6E/G67/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E/G20/G61/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G45/G6C/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G45/G6E/G63/G75/G65/G73/G74/G61/G64/G6F/G72/G61/G73 RESOLUCIÓN Nº 425-2005-JNE Lima, 28 de diciembre de 2005 VISTOS: La solicitud de adecuación presentada por la Empresa IMA Estudios de Marketing S. A. C., en el Registro Electoralde Encuestadoras del Jurado Nacional de Elecciones, porsu Gerente General señor Aquiles Fausto Pérez Ríos, con fecha 20 de diciembre de 2005. CONSIDERANDO: Que la Resolución Nº 390-2005-JNE, publicada en el Diario Oficial el 14 de diciembre de 2005, establece que de acuerdo a lo normado en el artículo 191º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859 y el artículo 18 de la Ley Nº 27369,corresponde al Jurado Nacional de Elecciones elaborar elreglamento que permita regular la publicación y difusión deencuestas electorales, sondeos de opinión o proyeccionesde cualquier naturaleza sobre la intención de voto en períodos electorales y no electorales, así como organizar el Registro Electoral de Encuestadoras y establecer elprocedimiento de sanción por su incumplimiento. Que la disposición transitoria de la Resolución Nº 390- 2005-JNE, establece que todas las encuestadoras que seencuentren inscritas en el Registro Electoral de Encuestadoras, a la fecha de la expedición del presente Reglamento, deberán adecuarse en un plazo de 60 días, contados a partir del día siguiente de su publicación. Que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en los artículos 4º y 5º de la citada Resolución,para su adecuación, por lo que se deberá proceder a suinscripción en el asiento correspondiente de la partida Número 10 del Registro Electoral de Encuestadoras. El Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la adecuación presentada por la Empresa IMA Estudios de Marketing S. A. C., al Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras del Jurado Nacional de Elecciones; y disponer su inscripción correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. S.S. MENDOZA RAMÍREZPEÑARANDA PORTUGALSOTO VALLENASVELA MARQUILLÓ VELARDE URDANIVIA BALLÓN-LANDA CÓRDOVASecretario General. 22257 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G64/G6F /G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G6F/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G50/G61/GED/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G64/G65/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G64/G6F/G73/G20/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G6F/G73 RESOLUCIÓN Nº 126-2005-OROP/JNE Lima, 28 de diciembre del 2005 VISTA: La solicitud presentada por señor Marco Antonio Arrunátegui Cevallos, Presidente del Partido Político: PROYECTO PAÍS, así como la Resolución Nº 017-2005-JNE; CONSIDERANDO: Que, mediante solicitud presentada el 27 de julio del 2004, el señor Marco Antonio Arrunátegui Cevallos solicitó a la Oficinade Registro de Organizaciones Políticas, la inscripción del Partido Político: Proyecto País en el Registro de Partidos Políticos que conduce la Oficina de Registro de OrganizacionesPolíticas del Jurado Nacional de Elecciones; Que, revisada la solicitud presentada, se advierte que la misma cumple con todas las disposiciones de carácter formalseñaladas en el artículo 5º de la Ley Nº 28094, esto es, contiene: i) Acta de Fundación, ii) Actas de Constitución de Comités Partidarios ubicados en al menos el tercio de lasprovincias del país y que abarquen las dos terceras partes delos departamentos, estando suscritas cada una por no menosde cincuenta afiliados debidamente identificados, iii) Estatuto,iv) Designación de Personeros Legales titulares y alternos, v) Designación del Representante Legal del Partido; y, vi) Más del 1% de adherentes que sufragaron en las últimas eleccionesde carácter nacional, según reporte emitido por la OficinaNacional de Procesos Electorales ONPE, tal como se advierteen la Constancia de Verificación de Lista de AdherentesNº 029-2005, suscrita por el Gerente de Gestión Electoral de dicho órgano electoral, y remitida a esta Oficina mediante Oficio Nº 1215-2005-SG/ONPE, documentos mediante loscuales se certificó que la agrupación política bajo menciónpresentó un total de 129,031 firmas válidas, cantidad quesupera el mínimo necesario de 128,293; Que, con fecha 14 de diciembre se publicó en el Diario Oficial El Peruano, una síntesis de la solicitud de inscripción a efectos de que cualquier persona natural o jurídica ejerciera suderecho de formular tacha contra la inscripción de la organizaciónpolítica solicitante, habiendo quedado en esta Oficina de Registrotoda la documentaión correspondiente a la misma; Que, se ha vencido el plazo señalado en el artículo 10º de la Ley Nº 28094 sin que se haya presentado tacha alguna contra la solicitud de inscripción, conforme es deverse en el Memorando Nº 1465-2005-OOES/JNE de fecha28 de diciembre del 2005; Que, las organizaciones políticas se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores y luego de cumplido los requisitos establecidos en la ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley a la