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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2006 (01/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 18

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G39/G30/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 1 de enero de 2006 coordinación, administración, ejecución, evaluación, control y otros, se asignarán a los órganos competentes según la naturaleza de sus funciones; Que, por Decreto Supremo N° 014-2002-SA de fecha 19 de noviembre de 2002, se aprobó el Reglamento deOrganización y Funciones del Ministerio de Salud; Que, la Primera Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2002-SA, dispone que mediante Decreto Supremo se aprobará el Reglamento deOrganización y Funciones del Ministerio de Salud; Que, es necesario aprobar el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, el mismoque recoge las recomendaciones técnicas efectuadas por la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, de conformidad con el numeral 13.1 del artículo13º de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de laGestión del Estado, que le permita cumplir sus funciones coneficiencia y eficacia en beneficio de la sociedad; así comotambién derogar algunas disposiciones del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y, estando a lo acordado; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, que consta de siete (7) Títulos,cinco (5) Capítulos, ochenta y cinco (85) Artículos, tres (3)Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales y un (1) Organigrama Estructural, el mismo que forma parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2°.- Cuadro para Asignación de Personal En un plazo no mayor a sesenta (60) días posteriores a la aprobación del presente Reglamento, el Ministerio deSalud deberá adecuar y presentar el Cuadro para Asignaciónde Personal para su aprobación conforme a Ley. Posteriormente a la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal, mediante Resolución Ministerial se aprobarán el Presupuesto Analítico de Personal, elManual de Organización y Funciones y el Manual deProcedimientos. Artículo 3º.- Normas Derogadas Deróguense los siguientes dispositivos legales: Decreto Supremo N° 014-2002-SA, Decreto Supremo Nº 011-2005-SA, el Capítulo I y el Capítulo II del Título III, el Título IV y el Título V del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2002-SA y todas lasdisposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 22224 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G20/G64/G65/G6C /G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20 /G64/G65/G20 /G45/G6D/G65/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20 /G53/G6F/G63/G69/G61/G6C /G50/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G55/G72/G62/G61/G6E/G6F/G20/G22/G41/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G61/G72/G20/G55/G72/G62/G61/G6E/G6F/G22/G61/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G65/G6E/G74/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 406-2005-TR Lima, 29 de diciembre de 2005 VISTOS: El Oficio Nº 923-2005-MTPE/3/14.120, del 16 de diciembre de 2005, y el Informe Nº 074-2005-DVMPEMPE-ATU/PP, emitido por el Área de Planificación y Presupuesto del Programa "A Trabajar Urbano", del 16 de diciembre de 2005; y, CONSIDERANDO:Que, el Decreto de Urgencia Nº 130-2001 creó el Programa de Emergencia Social Productivo Urbano "A Trabajar Urbano" como Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, que será financiado conrecursos del Sector, donaciones u otras fuentes definanciamiento, que tiene como objetivo la generación deempleo temporal para la población desempleada de lasáreas urbanas favoreciendo prioritariamente a aquellos con menores niveles de ingreso económico, con niveles de pobreza y extrema pobreza; Que, de conformidad con el artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 130-2001 los objetivos del Programa “A TrabajarUrbano” se lograrán a través del financiamiento de proyectosde obras y servicios intensivos en mano de obra, presentados por los pobladores a quienes se dirige esta Unidad Ejecutora, así como también por las entidadesprivadas organizadas de éstos, autoridades locales,provinciales y regionales; Que, según lo antes indicado, el Programa "A Trabajar Urbano" efectúa transferencias financieras a los diversos organismos ejecutores del Sector Público que tienen proyectos de obras y servicios intensivos de mano de obraaprobados; Que, la Ley Nº 28500, que modificó el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional dePresupuesto, señala en el numeral 75.4 que se consideran transferencias financieras las efectuadas por el Programa A Trabajar Urbano a otras entidades del Sector Público,aprobando las referidas transferencias mediante resolucióndel Titular del Pliego, con cargo a dar cuenta al Congresode la República. La Ley Nº 28500 deroga también el Decretode Urgencia Nº 006-2005; Que, se consigna en el Informe Nº 074-2005- DVMPEMPE-ATU/PP que se requiere atendercompromisos por S/. 832 314,35, según el siguientedetalle: (i) Proyectos Especiales: Aporte del Programa destinado a Bonificaciones y al rubro Otros, para laadquisición de materiales, herramientas y otros gastos distintos al pago de la mano de obra no calificada de 36 Proyectos Especiales cuyos Organismos Ejecutorespertenecen al Sector Público, y que fueronseleccionados en el Segundo Comité 2005, ascendentea S/. 817 964,94, (ii) Proyectos Regulares ; Transferencia de recursos para el pago del rubro Otros del Proyecto Controlado 19-0017-04-C y el pago de la bonificación por la formulación de los Proyectos 18-0148-04-C y 25-0018-07; Que, las transferencias financieras indicadas en el considerando precedente cuentan con la respectivadisponibilidad presupuestal, conforme se señala en el Informe Nº 074-2005-DVMPEMPE-ATU/PP; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12º inciso d) del Reglamento de Organización y Funciones delMinisterio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobadopor Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y el artículo 75ºde la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28500; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la transferencia financiera del Programa de Emergencia Social Productivo Urbano "A Trabajar Urbano", ascendente a S/. 832 314,35 (Ochocientos Treinta y Dos Mil Trescientos Catorce y35/100), a las entidades del Sector Público indicadasen el anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Encargar al funcionario a cargo de la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo el trámite de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y proceda a darcuenta al Congreso de la República, a efecto de darcumplimiento a lo dispuesto en el numeral 75.4 del artículo75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacionalde Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28500 y el Decreto de Urgencia Nº 015-2005. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALMERÍ VERAMENDI Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 22326