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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2006 (14/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 43

PÆg. 310213 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de enero de 2006 local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines; Que los gobiernos locales gozan de autonomía política, economía y administrativa en los asuntos de su competencia; La autonomía que la Constitución Política del Perú, establece para las municipalidades radica en la facultad deejercer actos de gobierno administrativos y deadministración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de La Perla aprobada mediante Ordenanza Nº 015-2004-MDLP corresponde a laSubgerencia de Contabilidad determinar el cumplimientode: (Las leyes, las normas y demás disposiciones delSistema Nacional de Contabilidad, Planificar, organizar,coordinar, dirigir, controlar y evaluar las actividades de su propia Subgerencia, Revisar y analizar los estados Financieros y Presupuestales, Revisar los asientos contablesmensuales y Brindar información contable o financiera alas áreas competentes); Es necesario establecer un nivel de provisión para cuenta de Cobranza Dudosa, que a criterio de la administración es importante contar con un instrumento que analice, provisione y castigue de las cuentasmencionadas; Es necesario efectuar el saneamiento de las cuentas por cobrar analizadas y determinadas por la Gerencia deAdministración Tributaria, la misma que deberá emitir su información de forma específica determinándose para este hecho la respectiva Resolución Gerencial la nulidad deCobranza Dudosa por contribuyente; Que del Instructivo Nº 03 de la provisión y castigo de las cuentas incobrables dispone dictar las normasreglamentarias para la provisión y castigo de las cuentas incobrables para las entidades del Sector Público; Que, mediante INFORME Nº 174-2005-GM/MDLP la Gerencia Municipal, remite al Despacho de Alcaldía, ladocumentación concerniente, aprobación de la DIRECTIVANº 02-2005-SGC-MDLP. PROCEDIMIENTO DEAPLICACIÓN DEL INSTRUCTIVO Nº 03 SOBRE PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES; Que, mediante OFICIO Nº 730-2005-ALC-MDLP, se remite la documentación antes señalada a la Comisión deAdministración, Economía y Presupuesto, para la emisióndel Dictamen correspondiente; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica deMunicipalidades, con el voto MAYORITARIO de los señores(as) Regidores (as), con la dispensa de lectura y aprobacióndel acta; SE ACORDÓ: Artículo Primero.- Aprobar la DIRECTIVA Nº 02-2005- SGC/MDLP Procedimiento de Aplicación del InstructivoNº 3, sobre Provisión y Castigo de las CuentasIncobrables. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en elDiario Oficial El Peruano. ORDENANZA DIRECTIVA Nº 02-2005-SGC/MDLP PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DEL INSTRUCTIVO Nº 3, SOBRE PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES 1. INTRODUCCIÓN La Municipalidad Distrital de La Perla, es una Entidad Básica en la Estructura Organizativa del Estado y comoGobierno Local tiene Personería Judicial de Derecho Público y gozan de la autonomía Económica, Administrativa y Política en los asuntos de su competencia le son aplicableslas Leyes y disposiciones, de manera y de conformidadcon la Constitución Política, regulan las actividades yfuncionamiento del Sector Público de la Nación. 2. BASE LEGAL Ley Nº 27972.- Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 24680.- Ley del Sistema Nacional de ContabilidadResolución CNC Nº 010-97-EF/9301.- Nuevo Plan Contable Gubernamental Resolución CNC Nº 067-97-EF/9301.- Normatividad Contable e Instructivos 3. OBJETIVO Establecer un nivel de provisión para Cuenta de Cobranza Dudosa, que a criterio de la administración, seasuficiente para cubrir el riesgo de incobrabilidad y establecer una razonable situación a la fecha del Balance General en el Periodo Fiscal. 4. ALCANCELa Provisión y Castigo de las Cuentas de Cobranza Dudosa de procedimiento Tributario y No Tributario, se aplicará a las Cuentas Contables por Naturaleza y respectivareclasificación detallada en los siguientes códigos deacuerdo al Sistema de Contabilidad Gubernamental. CÓDIGO CUENTAS 12 Cuentas por Cobrar 121. Impuestos por Cobrar 121.02 Al Patrimonio 121.02.01 PREDIAL 122. Tasas por Cobrar 122.04 De Salud 122.04.01 LIMPIEZA PÚBLICA 112.05. De Vivienda y Construcción 122.05.01 PARQ UES Y JARDINES 122.09. Otras T asas 122.09.01 SERENAZGO 129. Cobranza Dudosa17. Cuentas por Cobrar Diversas177. Multas y Sanciones178. Otras Cuentas por Cobrar diversas 179. Cobranza Dudosa 19. Provisión para Cta. de Cobranza Dudosa y Reclamaciones 191. Provisión para Cta. Cobranza Dudosa191.01. Pr ovisión por Cta. por Cobrar 191.03. Provisión por Cta. por Cobrar diversas 68. Provisión del Ejercicio 681. Cuentas de Cobranza Dudosa681.01 Cuentas de Cobranza Dudosa 5. ANTECEDENTES La determinación de la Provisión de Cobranza Dudosa ya sea de procedimiento Tributario y No Tributario es unaaplicación importante para establecer un estado a medidaque transcurre el tiempo, las posibilidades de cobro esincierta sobre un monto ya reconocido como ingresos porlo cual es importante calcular las provisiones para las estadísticas de recuperación de cobranzas. 6. RECONOCIMIENTO DE INGRESOSSegún está establecido, el principio contable de REALIZACION se reconocen los ingresos sólo al devengarlo, y cuando la transacción ha quedado perfeccionada legalmente. 7. CÁLCULO Y DETERMINACIÓN DE LA PROVISIÓNEn el caso de las Cuentas por Cobrar generadas por la prestación de servicios en forma masiva, materializando a través de la emisión y chequeras. La provisión se calcularátomando en consideración una antigüedad razonable y deacuerdo al cuadro siguiente para las deudas tributarias: Escala Clasificación % Por Vencer A 0 Vencimiento a 180 días B 20Vencimiento a 360 días C 30Vencimiento a 720 días D 50Vencimiento a1080 días E 75 Vencimiento a más de 1080 días F 100 Para las dudas no tributarias que no correspondan a servicios proporcionados por la municipalidad, sino por otrasacreencias.