Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2006 (14/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, sabado 14 de enero de 2006

NORMAS LEGALES

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local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines; Que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economia y administrativa en los asuntos de su competencia; La autonomia que la Constitucion Politica del Peru, establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que de acuerdo al Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA aprobada mediante Ordenanza Nº 015-2004-MDLP corresponde a la Subgerencia de Contabilidad determinar el cumplimiento de: (Las leyes, las normas y demas disposiciones del Sistema Nacional de Contabilidad, Planificar, organizar, coordinar, dirigir, controlar y evaluar las actividades de su propia Subgerencia, Revisar y analizar los estados Financieros y Presupuestales, Revisar los asientos contables mensuales y Brindar informacion contable o financiera a las areas competentes); Es necesario establecer un nivel de provision para cuenta de Cobranza Dudosa, que a criterio de la administracion es importante contar con un instrumento que analice, provisione y castigue de las cuentas mencionadas; Es necesario efectuar el saneamiento de las cuentas por cobrar analizadas y determinadas por la Gerencia de Administracion Tributaria, la misma que debera emitir su informacion de forma especifica determinandose para este hecho la respectiva Resolucion Gerencial la nulidad de Cobranza Dudosa por contribuyente; Que del Instructivo Nº 03 de la provision y castigo de las cuentas incobrables dispone dictar las normas reglamentarias para la provision y castigo de las cuentas incobrables para las entidades del Sector Publico; Que, mediante INFORME Nº 174-2005-GM/MDLP la Gerencia Municipal, remite al Despacho de Alcaldia, la documentacion concerniente, aprobacion de la DIRECTIVA Nº 02-2005-SGC-MDLP. PROCEDIMIENTO DE APLICACION DEL INSTRUCTIVO Nº 03 SOBRE PROVISION Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES; Que, mediante OFICIO Nº 730-2005-ALC-MDLP, se remite la documentacion MORDAZA senalada a la Comision de Administracion, Economia y Presupuesto, para la emision del Dictamen correspondiente; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA MAYORITARIO de los senores (as) Regidores (as), con la dispensa de lectura y aprobacion del acta; SE ACORDO: Articulo Primero.- Aprobar la DIRECTIVA Nº 02-2005SGC/MDLP Procedimiento de Aplicacion del Instructivo Nº 3, sobre Provision y Castigo de las Cuentas Incobrables. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. ORDENANZA DIRECTIVA Nº 02-2005-SGC/MDLP PROCEDIMIENTO DE APLICACION DEL INSTRUCTIVO Nº 3, SOBRE PROVISION Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES 1. INTRODUCCION La Municipalidad Distrital de La MORDAZA, es una Entidad Basica en la Estructura Organizativa del Estado y como Gobierno Local tiene Personeria Judicial de Derecho Publico y gozan de la autonomia Economica, Administrativa y Politica en los asuntos de su competencia le son aplicables las Leyes y disposiciones, de manera y de conformidad con la Constitucion Politica, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico de la Nacion. 2. BASE LEGAL Ley Nº 27972.- Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 24680.- Ley del Sistema Nacional de Contabilidad

Resolucion CNC Nº 010-97-EF/9301.- MORDAZA Plan Contable Gubernamental Resolucion CNC Nº 067-97-EF/9301.- Normatividad Contable e Instructivos 3. OBJETIVO Establecer un nivel de provision para Cuenta de Cobranza Dudosa, que a criterio de la administracion, sea suficiente para cubrir el riesgo de incobrabilidad y establecer una razonable situacion a la fecha del Balance General en el Periodo Fiscal. 4. ALCANCE La Provision y Castigo de las Cuentas de Cobranza Dudosa de procedimiento Tributario y No Tributario, se aplicara a las Cuentas Contables por Naturaleza y respectiva reclasificacion detallada en los siguientes codigos de acuerdo al Sistema de Contabilidad Gubernamental. CODIGO 12 121. 121.02 121.02.01 122. 122.04 122.04.01 112.05. 122.05.01 122.09. 122.09.01 129. 17. 177. 178. 179. 19. 191. 191.01. 191.03. 68. 681. 681.01 CUENTAS Cuentas por Cobrar Impuestos por Cobrar Al Patrimonio PREDIAL Tasas por Cobrar De Salud LIMPIEZA PUBLICA De Vivienda y Construccion PARQUES Y JARDINES Otras Tasas SERENAZGO Cobranza Dudosa Cuentas por Cobrar Diversas Multas y Sanciones Otras Cuentas por Cobrar diversas Cobranza Dudosa Provision para Cta. de Cobranza Dudosa y Reclamaciones Provision para Cta. Cobranza Dudosa Provision por Cta. por Cobrar Provision por Cta. por Cobrar diversas Provision del Ejercicio Cuentas de Cobranza Dudosa Cuentas de Cobranza Dudosa

5. ANTECEDENTES La determinacion de la Provision de Cobranza Dudosa ya sea de procedimiento Tributario y No Tributario es una aplicacion importante para establecer un estado a medida que transcurre el tiempo, las posibilidades de cobro es incierta sobre un monto ya reconocido como ingresos por lo cual es importante calcular las provisiones para las estadisticas de recuperacion de cobranzas. 6. RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Segun esta establecido, el MORDAZA contable de REALIZACION se reconocen los ingresos solo al devengarlo, y cuando la transaccion ha quedado perfeccionada legalmente. 7. CALCULO Y DETERMINACION DE LA PROVISION En el caso de las Cuentas por Cobrar generadas por la prestacion de servicios en forma masiva, materializando a traves de la emision y chequeras. La provision se calculara tomando en consideracion una antiguedad razonable y de acuerdo al cuadro siguiente para las deudas tributarias: Escala Por Vencer Vencimiento a 180 dias Vencimiento a 360 dias Vencimiento a 720 dias Vencimiento a1080 dias Vencimiento a mas de 1080 dias Clasificacion A B C D E F % 0 20 30 50 75 100

Para las dudas no tributarias que no correspondan a servicios proporcionados por la municipalidad, sino por otras acreencias.

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