TEXTO PAGINA: 34
PÆg. 310204 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de enero de 2006 Designan miembros de los Directorios de las empresas en las que FONAFEparticipa como accionista ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 015-2005/ 024-FONAFE De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y normasmodificatorias, la designación de los Directores de lasempresas del Estado comprendidas bajo el ámbito deFONAFE es potestad del Directorio de dicha Empresa,asimismo la designación deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. Se comunica que, por Acuerdo de Directorio Nº 015- 2005/024-FONAFE, del 29 de diciembre de 2005, fechacorrespondiente a la continuación de la sesión instaladacon fecha 22 de diciembre de 2005, se designó comomiembros de los directorios de las empresas en las que FONAFE participa como accionista, a las personas que se señala a continuación: NOMBRE EMPRESA CARGO SALAZAR GAVELÁN, ROGER EDMUNDO SEDAPAL DIRECTOR RAMÍREZ TRUCÍOS, HUMBERTO BERNARDO ENACO S.A. DIRECTOR HILDA SANDOVAL CORNEJO Directora Ejecutiva 00758 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LORETO Aprueban Reglamento de la Feria Artesanal y Regional de Artesanía dela Dirección Regional de ComercioExterior, Turismo y Artesanía del Gobierno Regional RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 1476-2005-GRL-P Iquitos, 15 de diciembre de 2005 Visto, el Oficio Nº 1116-2005-GRL/GRDE, de fecha 14 de diciembre de 2005, remitido por la Gerencia Regionalde Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Loreto, referido al Reglamento de la Feria Artesanal Local y Regional presentado por la Dirección Regional de Comercio Exterior,Turismo y Artesanía; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, regula la conformación de las Regionesen el marco del proceso de descentralización del país,fijando sus competencias, determinando sus recursos ybienes y estableciendo las relaciones de gobierno en susdiferentes niveles; Que, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria aprobada mediante LeyNº 27902, establece y norma la Estructura, Organización,Competencias y Funciones de los Gobiernos Regionales; Que, el primer parágrafo del Artículo 41º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que, las Resoluciones Regionales norman asuntos de carácter administrativo, concordante con el incisoh) del Artículo 21º de la precitada Ley Nº 27867, que precisaque, el Presidente Regional tiene la atribución de aprobarlas normas reglamentarias de organización y funciones delas dependencias administrativas del Gobierno regional;Que, mediante el oficio del visto, el Gerente Regional de Desarrollo Económico, precisa que, este tipo deactividades persigue la promoción de productos artesanaleselaborados con insumos de la región contribuyendo a valorar e incentivar nuestro patrimonio cultural; Estando a lo expuesto; con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica; Oficina Regional deAdministración; Gerencia Regional de Desarrollo Económico;Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto yAcondicionamiento Territorial; Gerencia General Regional; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional deLoreto, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2003-CR/RL, de fecha 21 de enero del 2003 y su modificatoriaaprobada con Ordenanza Regional Nº 020-CR/GRL, de fecha 14 de diciembre del 2003; SE RESUELVE:Artículo 1º.- APROBAR, el Reglamento de la Feria Artesanal y Regional de Artesanía de la Dirección Regional de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía, del Gobierno Regional de Loreto, el mismo que consta de nueve (09)folios útiles, los que visados al margen forman parteintegrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Loreto, la publicación de la presente Resolución, en el Diario Oficial El Peruano, en el Diario de mayor circulación regional ydifundir su contenido en el Portal Electrónico, conforme lodispone el Artículo 42º de la Ley Orgánica de GobiernosRegionales. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ROBINSON RIVADENEYRA REÁTEGUI Presidente 00657 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Conforman Comisión Intersectorial de Evaluación de la Educación noUniversitaria en la Región Tacna ORDENANZA REGIONAL Nº 014-2005-CR/GOB.REG.TACNA Tacna, 4 de noviembre del 2005 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, con el voto unánime desus miembros, ha debatido y aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo 1º.- Conformar la "Comisión Intersectorial de Evaluación de la Educación no Universitaria en la Región de Tacna", cuya finalidad será, evaluar en un plazo de 90 días, el estado situacional (Oferta y Demanda) de laEducación no Universitaria en jurisdicción del GobiernoRegional de Tacna, a los efectos de alcanzar propuestaspara la instalación y funcionamiento del Instituto Regionalde Evaluación y Acreditación del Sistema Educativo de la Región Tacna. Artículo 2º.- Dicha comisión, estará conformada por los titulares o los representantes de las siguientes instituciones:Gobierno Regional quien la presidirá; Dirección Regionalde Educación; Dirección Regional de Trabajo; DirecciónRegional de Salud; Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo; Dirección Regional de Minería; ZOFRATACNA; representantes de los Institutos Superiores NoUniversitarios, sean éstos, públicos o privados; de lasMunicipalidades Provinciales y Distritales de la JurisdicciónRegional. Artículo 3º.- Que el Gobierno Regional de Tacna, a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, en